CNJ tiene 24 horas para decir cómo elige a sus candidatos

La Sala de lo Constitucional le ordenó ayer explicar el proceso de selección para garantizar que los aspirantes a magistrados de la CSJ que se presentan a la Asamblea Legislativa sean personas idóneas para ocupar el cargo

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Fachada del edificio del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), institución que se encuentra acéfala a raíz de que diez consejales cumplieron sus funciones el martes pasado. 

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2015-04-22 8:00:00

Un plazo de 24 horas (a partir de hoy) ha dado la Sala de lo Constitucional al Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) para que explique el proceso de elección de sus candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El 8 de abril pasado, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la votación secreta que realiza el CNJ para elegir a sus candidatos a magistrados del máximo tribunal de justicia.

En su resolución de ayer, la Sala manda al CNJ que deberá mostrar las acreditaciones de los atestados que justifican los méritos y aptitudes que tienen quienes aspiran al cargo, así como las deliberaciones públicas que se están haciendo de esas credenciales.

En su sentencia, los magistrados de la CSJ exponen que el CNJ está habilitado para incluir en el listado definitivo a “a aquellos optantes que por tener una cualificación técnica, profesional y personal sean idóneos para fungir como magistrados”.

Esto implica, según el tribunal superior, que el CNJ debe razonar por qué los aspirantes a integrar el listado definitivo que se remitirá a la Asamblea Legislativa son “las mejores alternativas en relación con el resto de candidatos”.

Los diputados deben elegir, antes del 30 de junio de este año, a los nuevos magistrados que se incorporarán a la CSJ.

El período de las funciones de cada consejeros electo es de cinco años, contados a partir de la fecha de la toma de posesión del cargo.

En el CNJ están representados el gremio de abogados particulares, docentes de la Universidad de El Salvador y universidades privadas; abogados del Ministerio Público, jueces y magistrados.

Ayer, tras conocerse la resolución de la Sala de lo Constitucional, el CNJ convocó a una conferencia de prensa, que se realizará hoy, para dar a conocer los resultados del proceso de elección de candidatos a magistrados.

Criterios que CNJ debe tomar para selección

Los magistrados de dicha Sala de señalaron en su resolución algunos aspectos que el pleno del CNJ debe considerar al momento de elaborar el listado definitivo de los candidatos que enviará a la Asamblea Legislativa.

Entre ellos están tener al menos 10 años de ejercicio profesional en una rama específica del Derecho; haberse dedicado a la docencia en instituciones de educación superior o haber hecho investigaciones jurídicas, durante al menos cinco años.

Además, contar con reportes positivos sobre evaluación de desempeño en los cargos que ostenten o hayan ejercido en el sistema de administración de justicia o cualquier otro cargo público o privado.

Asimismo, se requiere que los aspirantes cuenten con informes favorables de las instituciones y dependencias correspondientes, relacionados con la conducta profesional y privada de los candidatos, a fin de establecer moralidad notoria. Hasta ahora, los consejeros se limitaban a escoger a sus propuestos y enviar la lista al parlamento junto a la de los candidatos más votados en las elecciones de abogados.

En el pasado, se han producido hechos escandalosos como que algunos de los titulares del CNJ se hayan autoproclamado candidatos, es decir, han sido juez y parte.

La Sala declaró inconstitucional la votación secreta en el procedimiento del CNJ para la elaboración de lista de candidatos a magistrados, establecido en el reglamento de la Ley del Consejo.

A juicio de la Sala, esta disposición contraviene el deber que tiene el CNJ de justificar su decisión.

La Sala dio su fallo tras el recurso interpuesto por un ciudadano que alegó que la Ley del CNJ contiene una norma que le permite que oculte las razones que justifican su propuesta de 15 aspirantes al cargo de magistrado de la CSJ.

Por ello, considera que dicha disposición excluye el deber de motivación o justificación de sus decisiones que corresponde a los órganos que intervienen en los procesos de elección de funcionarios de segundo grado.

Para el demandante, la expresión “votación secreta” exime al pleno del CNJ de su deber constitucional de exponer de manera analítica, explícita, intersubjetiva, controlable e individualizada (respecto de cada candidato) los datos y las razones por las que se incluye en la lista definitiva a determinados candidatos a magistrados de la CSJ.

En su sentencia, la Sala estableció que la selección de candidatos para formar las listas “debe ser reflexiva, lo que requiere valorar la documentación recopilada”.

La sentencia de inconstitucionalidad sobre la votación secreta fue firmada por los magistrados Óscar Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.

Días atrás, Aliados por la Democracia acudieron a la sede del CNJ para exigirle a la entidad cumpla el fallo de la Sala de lo Constitucional y haga público el proceso de elección de candidatos a magistrados.

Por su parte, los candidatos más votados en las elecciones de la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (Fedaes) pidieron a los diputados que elijan a los nuevos magistrados de la CSJ con base en los méritos de los aspirantes, sin tomar en cuenta la afinidad político partidaria.