En el interior del país quedaron 246 actas irregulares de Asamblea

Los departamentos de San Miguel, La Libertad y San Vicente con anomalías

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sadasdsadasdsdasdasdsaoz confeccionan el segundo uniforme de los niños del Centro Doroteo Vasconcelos. foto EDH / Lissette Monterrosa

Por Juan José Morales política@eldiariodehoy.com

2015-04-15 7:00:00

Aunque la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) solo ordenó realizar un nuevo conteo en el departamento de San Salvador, en las restantes 13 circunscripciones electorales existieron diversos casos de irregularidades que nadie dio cuentas sobre los resultados de la Asamblea Legislativa.

En total son 246 actas anómalas, con énfasis en los departamentos de San Miguel, La Libertad y San Vicente con 75, 45 y 36 documentos irregulares, respectivamente, según un informe elaborado con los datos del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Esto pone en duda varios aspectos del proceso y la voluntad del soberano, sobre todo porque en estas actas hay problemas de preferencias de diputados, número de marcas de voto cruzado y, a raíz de estas circunstancias, votos no consignados que van en contra la voluntad de miles de ciudadanos.

El ejemplo más representativo es el de San Miguel, ya que de las 75 actas con inconsistencias, 58 son con sufragios faltantes o incongruentes, cinco con inconsistencias de votos cruzados, cuatro con evidentes faltas de preferencias y ocho con otras anomalías.

Por ejemplo, la JRV 4443 del municipio de San Miguel registra un faltante de 92 papeletas (que no aparecen como escrutadas) y no se consignaron nueve votos cruzados. Incluso no aparece firmada por todos los miembros de la mesa. Eso sí, se dejó detalle de las dificultades al respecto, sobre todo las relacionadas con el conteo del voto cruzado, algo que habían expresado los partidos políticos en relación a la falta de capacitación al respecto.

Otra de las JRV irregular es la 3946, de donde no está detallada la cifra de votos válidos de ningún partido político, ni la cantidad de papeletas sobrantes o utilizadas. Acá se desconoce, incluso, cuántas personas votaron porque hay ausencia de datos.

Una que destaca es la JRV 4,322 de El Tránsito, San Miguel, en donde enviaron la totalidad de los votos de esa urna a la casilla de sobrantes, pero procesaron las marcas preferentes. Esto significa que reconocen que no llegaron votantes (pues sobran 500 papeletas) pero más adelante consignan sufragios y marcas por rostros.

Cabe recordar que ARENA fue el único partido que, en reiteradas ocasiones, solicitó revisión apoyado por PCN, PDC, CD y hasta Democracia Salvadoreña (DS). Mientras tanto el FMLN y GANA, en sintonía con el discurso del presidente del TSE, Julio Olivo, mantuvieron reserva ante esta posibilidad.

En el caso del departamento de La Libertad el acta correspondiente a la JRV 5,155 del municipio de San Juan Opico no se especificó la cifra de votos cruzado, el total de papeletas escrutadas y las faltantes. Igual situación se presentó el la JRV 5,285 de Colón donde incluso no se consignó ningún voto para los partidos en contienda.

La mayoría de estas actas fue “puesta a cero” por el TSE para su posterior revisión, algo que no se desarrolló debido a que el organismo electoral y sus magistrados no definieron un mecanismo administrativo para revisar actas durante el escrutinio, excepto los votos impugnados en la mesa seis de San Salvador y que definieron el diputado 24 de San Salvador a favor del partido ARENA.

En el departamento de Santa Ana se cita el caso de la JRV 3,530 del municipio de Metapán, donde no se consignaron los votos cruzados ni las preferencias. Además se presentó una errónea tabulación de los datos del escrutinio en mesa, según se constató.

Otro casos también se observan en Cabañas y La Paz, donde 23 actas también se cerraron entre inconsistencias al sumar los votos y la no coincidencia entre las marcas de los votos cruzados y las listas anexas a las actas.

Sobre todos estos casos, incluidos los de San Salvador, el partido ARENA expresó la importancia de garantizar la decisión de los ciudadanos. En el caso del TSE solo los magistrados Guadalupe Medina y Fernando Argüello Téllez propusieron un mecanismo pero no se obtuvo el voto favorable por parte de los miembros del organismo.

La gran pregunta sobre estas anomalías es cómo afectan el derecho constitucional de los aspirantes a alcanzar un cargo de elección popular, algo que ya advertía el abogado constitucionalista Francisco Bertrand Galindo en el contexto de la decisión que tomó la Sala de la CSJ.

“Más allá de ser un tema de los partidos políticos está en juego la legalidad de las actas y la votación por rostros de cada uno de los ciudadanos que optaron por un cargo de elección popular”, sintetizó el abogado.

La resolución de la Sala no es extensiva a estos departamentos. Sin embargo, permitirá dejar sentada una “línea jurisprudencial” para próximos eventos electorales.

Es de destacar que en el sitio web del TSE también hay inconsistencias entre los datos que ahí se publicaron y los que se reflejan en las actas, como el caso de la JRV 4,097 del municipio de San Miguel donde los partidos ARENA, FMLN y GANA aparecen con más votos que los que se consignan en las actas finales.

Casos de esta naturaleza también fueron denunciados mientras se realizaba el escrutinio final, igual que los de actas en blanco o con solo copia por parte de la Fiscalía General de la República.

La interrogante en estos casos se mantendrá, a menos que en los próximos días algún candidato a diputado del interior del país presente un recurso de amparo ante la CSJ y se resuelva en similar circunstancia a San Salvador.