Declaran ilegal nombramiento de Tito Zelada al frente del CNJ

La Sala de lo Constitucional determinó que la Asamblea Legislativa no estableció ni ejecutó los mecanismos necesarios para determinar si el abogado no tenía filiación político partidaria

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Tito Zelada (segundo izquierda a derecha) fue nombrado por la Asamblea Legislativa presidente del CNJ en septiembre de 2010. Foto EDH / Archivo.

Por Jaime García sucesos@eldiariodehoy.com

2015-04-28 8:00:00

Tito Edmundo Zelada Mejía fue separado ayer de su cargo en la presidencia del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) por orden de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Los magistrados del máximo tribunal declararon inconstitucional su nombramiento debido a que la Asamblea Legislativa no verificó su vinculación partidaria con el partido oficial FMLN para dejarlo al frente de la entidad.

“Declárase inconstitucional de un modo general y obligatorio, el artículo único del Decreto Legislativo n° 475, de 23-IX-2010, publicado en el Diario Oficial n° 179, tomo 388, de 27-IX-2010, en cuanto se refiere a la elección del abogado Tito Edmundo Zelada Mejía, como miembro propietario del Consejo Nacional de la Judicatura, para el periodo 2010-2015”, dice el fallo.

En seguida, señala que en el procedimiento de elección del referido abogado, la Asamblea Legislativa no estableció ni documentó los mecanismos para determinar y acreditar la independencia político-partidaria del referido profesional, lo cual contraviene el principio de independencia del CNJ.

Los ciudadanos que interpusieron la demanda contra el nombramiento de Zelada explicaron que la Asamblea Legislativa no estableció ni ejecutó los mecanismos necesarios a efecto de determinar si el abogado Zelada Mejía cumplía con el requisito de independencia político-partidaria. Ante esto, los magistrados de la Sala explicaron que la Constitución, el Acuerdo de Reformas Constitucionales, los acuerdos de paz y la misma Ley del Consejo Nacional de la Judicatura, establecen que uno de los requisitos de los candidatos para ser miembros del CNJ es que deben ser independientes de los órganos de Estado y de los partidos.

Zelada fue elegido en septiembre de 2010, por los diputados de la Asamblea Legislativa, como presidente del CNJ. Un mes después Aliados por la Democracia presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto legislativo que avaló la elección de Tito Zelada al frente del CNJ. En esa ocasión Domingo Méndez, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, informó que en las 30 páginas de la demanda de inconstitucionalidad agregaron documentos, publicaciones periodísticas, videos y otras evidencias donde probaban la preferencia partidaria de Zelada. El abogado Javier Argueta afirmó “que en 2009 el FMLN promovió a Zelada y en 2010 aparecieron denuncias donde se dijo que era una cuota partidaria del partido de izquierda. A principios de octubre de 2014 la Sala de lo Constitucional descartó invalidar la elección de Zelada, por otra demanda. Sin embargo, lo amonestó por su denunciada participación en un acto de apoyo político con abogados del país a un partido político y le advirtió a los funcionarios que no deben hacer proselitismo partidista.

Razonamientos

En el fallo emitido por la Sala de lo Constitucional ayer, se indican que “se expulsa del ordenamiento jurídico salvadoreño el decreto legislativo en la parte en la que se realiza la elección del abogado Tito Edmundo Zelada Mejía como miembro propietario del Consejo Nacional de la Judicatura, por lo que ya no podrá desempeñarse en el mencionado cargo para lo que resta del período”, indica.

Agrega que la Asamblea Legislativa queda inhabilitada a elegir personas para conformar el pleno del CNJ, “sin antes verificar fehacientemente que carecen de vinculaciónpolítico–partidaria”, se indica. Los magistrados dejaron en claro que la resolución no afecta los actos y resoluciones emitidos durante la gestión de Zelada.

El magistrado de la Sala de lo Constitucional Óscar Armando Pineda se abstuvo de emitir su voto en la resolución. Explicó que en la elección de los consejeros del CNJ de 2010, brindó asistencia técnica desde el inicio del mismo a la Comisión Política del Parlamento y que por lo tanto es susceptible de haber emitido valoraciones respecto del cumplimiento de requisitos constitucionales de los candidatos o del procedimiento seguido.

La misma Sala falló la semana pasada que era ilegal el listado que el CNJ envió de sus candidatos a magistrados de la Corte Suprema, debido a que no justificó públicamente su elección.