Piden desechar proyecto ley seguridad nutricional

Según Fusades, Consejo que ejecutaría ley tiene potestades que competen al Congreso

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El Salvador no tiene, actualmente, la capacidad de suficiencia alimentaria. foto edh / archivo.

Por Mirella Cáceres nacional@eldiariodehoy.com

2015-01-30 7:00:00

Tras analizar el proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional que tiene en estudio la Asamblea Legislativa, la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) considera que esta se debe desechar porque contiene una gran cantidad de normas que pueden ir contra la Constitución de la República.

Pone de ejemplo normas que implican una innecesaria restricción a la libertad individual, como cuando obliga a realizar ciertas labores productivas en terrenos particulares de manera obligatoria.

También rechaza que se establezca dejar de consumir cierto tipo de productos por la calidad nutricional que le atribuye el Estado, es decir, es el Estado el que decidiría lo que van a producir los particulares y lo que van a comer. Esto, dice, viola el derecho de libertad personal consagrado en la Constitución en el artículo 1.

También, dice, faculta al Consejo Nacional de Soberanía y Seguridad a Alimentaria y Nutricional (Conassan), “que ejecutaría la ley, a emitir reglamentos bajo el nombre de “normas técnicas”.

Fusades adversa que se le dé “sustantividad” de ley a la Política Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, porque confunde lo que es una política de Estado con el instrumento legal que debe ser emitido por el Congreso. Además, que parece haber sido concebida como “superley”.

En resumen, concluye Fusades: “es como que se estuviera creando un poder legislativo por encima del establecido en la Constitución”.

Otro aspecto que según Fusades va contra la Constitución, es que le da al Presidente de la República facultades para resolver emergencias alimentarias y podría “contratar empréstitos, realizar gastos, utilizar fondos de emergencia, etcétera; y “de conformidad a varios artículos de la Constitución, tales acciones deben ser realizadas con autorización legislativa”, y eso, añade, no está claro.

“El Art. 56 N° 4 y 5 autoriza irrestrictamente el control de precios de productos alimenticios y permite establecer bandas de precios sin limitación a situaciones de emergencia. En nuestra opinión, esto también es violatorio del Art. 102 Cn”, dice Fusades.

El análisis incluye otras observaciones de forma a la redacción del proyecto, como el crear una “doble regulación” en diversas materias como lactancia materna, aguas, emergencia nacional, prevención de riesgos, crédito público, ordenamiento territorial y sanidad agropecuaria, lo cual crea “confusión en cuanto a atribuciones y competencias legales”.

Considera que si bien alcanzar la seguridad alimentaria nutricional debe ser uno de los objetivos básicos del desarrollo económico y social del país, ese proyecto presenta un desbalance entre los temas productivos y comerciales, afectando otros pilares de la seguridad alimentaria.

En el tema del control de precios, el proyecto de ley habla de establecer bandas de precios máximos y mínimos, con el fin de prevenir una emergencia alimentaria y una regulación de precios “justos”. Pero “¿qué es un precio “justo”?, ¿quién los define?” cuestiona Fusades.

“El control de precios carece de un principio básico de una política social eficiente: la focalización”, señala Fusades, por lo que sugiere que para apoyar a las familias vulnerables es más eficiente apoyos focalizados por medio de una eficiente red de protección social que incluya subsidios para la compra de alimentos básicos, en lugar de tratar de influir en el precio de los productos básicos en el mercado nacional.

En el análisis, Fusades señala que no se ha analizado el costo para la ciudadanía que tendría esta ley, igual advierte el costo desde otro ángulo: la duplicación institucional, ya que se da potestades al Conassan que ya están otorgadas a Ministerios de Salud, de Agricultura, de Educación, de Economía, el ISTA y Defensoría del Consumidor.

“El proyecto presentado a consideración de la Asamblea Legislativa contiene demasiadas inconstitucionalidades de conjunto y de detalle para poder ser aprobado, por lo que debe ser desechado”, afirma.

Añade otro punto: la burocracia, ya que para aplicar a esta normativa serían necesarias 280 oficinas públicas.

Considera que antes de pensar en una nueva ley para garantizar la seguridad nutricional de la población se debería plantear estrategias para impulsar, por ejemplo, el desarrollo económico que permita asegurar salarios dignos o la reducción efectiva del desempleo a través de la promoción de la inversión.

Le añade a lo anterior, que una mayor proporción de habitantes acceda a los beneficios de la seguridad social.