CSJ da plazo a Asamblea Legislativa para que emita ley sobre indemnización por daños a la moral

En un año debe cumplir la resolución

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CSJ da plazo a Asamblea Legislativa para que emita ley sobre indemnización por daños a la moral

Por Jaime García

2015-01-28 4:00:00

Jaime GarcíaLa Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Asamblea Legisaltiva que antes que finalice este año emita una ley en la que se fijen las condiciones de Ha dado de plazo este año para que cumpla con la resolución del derecho a la indeminización por daño moral.

“Declárase de un modo general y obligatorio que existe la inconstitucionalidad por omisión alegada del demandante por haber diferido la Asamblea Legislativa el cumplimiento del mandato constitucional al no haber emitido la normativa que determine las condiciones por las cuales se deberá materializar el derecho a la indemnización por daños morales.

Los magistrados señalan que la Asamblea Legislativa ha retardado la creación de un ordenamiento jurídico en el que se establezca la regulación del referido derecho.

Recalcan que dicho derecho no puede estar supeditado a entidades estatales y que la Asamblea Legislativa está en la obligación de emitir una normativa.

“Se impone señalar que la Asamblea Legislativa, a más tardar el 31 de diciembre del presente año, deberá emitir la normativa en la que se regule de manera clara, precisa, organizada y sistemática, las condiciones con base a las cuales las personas que sufran un menoscabo a su esfera psíquica y moral puedan ejercer la ación indemnizatoria por daños de carácter moral”, indica la Sala.

El demandante, Tovar Peel, explica en siu demanda que la Constitución establece el derecho a la indemnización por daños morales en que incurrieren funcionarios y empleados públciso, pero debe de garantizarse conforme a ley.