IAIP guarda secreto en gastos de viajes de expresidente Funes

Abarca información sobre actividades protocolarias de funcionarios internacionales

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Los comisionados analizaron por más de tres días las pruebas y alegatos presentados en la audiencia pública. Tras el fallo, ambas partes tienen tres días para apelar si no están conformes con este. foto edh / archivo

Por Edmee Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2014-12-23 10:00:00

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) mantuvo la reserva a la información de los gastos y logística de los viajes realizados por el expresidente de la República, Mauricio Funes, y la ex primera dama Vanda Pignato en misiones oficiales.

También mantuvo los candados en los datos relacionados con las actividades protocolarias de funcionarios internacionales que visitaron El Salvador entre el 1 de junio de 2009 y el 31 de mayo de 2014.

Solamente desclasificó la información sobre los informes de auditoría interna, que realizó la Presidencia de la República de los años 2007 al 2011, y permitió que se conozcan solo los montos globales anuales de los servicios de publicidad adquiridos.

En su resolución, el Instituto da la razón a los representantes de la Presidencia que el develar datos concernientes a las actividades protocolarias, de alimentación, transporte y los gastos incurridos en hospedaje y boletos de los viajes que realizó el expresidente Funes y la ex primera dama, podrían comprometer la seguridad nacional y con ello existiría riesgo de hacer públicos los mecanismos de seguridad empleados para la protección del actual presidente Salvador Sánchez Cerén.

Pero por otro lado también aceptan que el artículo 10 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) en su numeral 11 establece que los viajes oficiales de los servidores públicos son de naturaleza pública y oficiosa y por lo tanto, “la información sobre los viajes oficiales del Presidente de la República, es información pública”.

“Sin embargo, el derecho de acceso a la información pública no es un derecho absoluto… la publicidad de la información puede restringirse para salvaguardar otros intereses o derechos igualmente relevantes”, justificaron los comisionados.

Roberto Burgos, coordinador del Centro de Asistencia Legal y Anticorrupción (ALAC) de la Funde, señaló que durante la audiencia del 17 de diciembre manifestaron claramente a los comisionados que no estaban requiriendo de la Presidencia el protocolo de seguridad, sino información relativa a los costos de boletos, proveedores, destinos y duración de las misiones oficiales ya realizados por Funes.

“El Instituto valora como aceptable el argumento de Casa Presidencial de que los protocolos de seguridad se mantienen con ligeros ajustes creo que es una amenaza real contra la seguridad del presidente que tengan los mismos planes. Esto nunca debió haberse dicho y en todo caso no puede mantenerse porque hacen predecible la seguridad presidencial”, afirmó.

El mismo argumento para mantener el bloqueo de información sobre los viajes tuvo el IAIP para la información sobre las actividades protocolarias de alimentación, transporte y estadía de funcionarios internacionales que visitaron El Salvador del período del 1 de junio de 2009 al 31 de mayo de 2014.

Burgos señaló que si bien respetan la decisión de los comisionados, no la comparten, por lo que esperarán a los tres días hábiles que da la LAIP para apelar el fallo (que comienza su conteo el 5 de enero de 2015), y de no resolver favorablemente interpondrán un recurso ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Reserva a medias en publicidad

Pero no toda la información solicitada por Funde-ALAC se mantuvo en reserva. La inversión en publicidad será revelada a medias.

El Instituto ordenó que solo se dé a conocer los montos globales anuales sobre los servicios de las agencias de publicidad para el diseño, producción e implementación de campañas para 2010 y sus prórrogas.

En este sentido, el IAIP compartió algunos argumentos rendidos por la Presidencia. Los representantes del Presidente señalaron que la revelación de información podría repercutir en una posible distorsión en los precios de los servicios de publicidad en su servicio, derivados del aumento de los precios ofrecidos (llamado colusión) con un impacto inversamente proporcional a la inversión por efectuarse.

También que esto podría tener repercusión en una medida desleal y desigualitaria ante potenciales oferentes de servicio nacionales e internacionales y un obstáculo para que la presidencia adquiera tales servicios sin intermediación de terceros. Además argumentó que esto se convertiría en una ventaja indebida en perjuicio de otros competidores en un procedimiento de contratación de bienes y servicios institucionales.

Finalmente, los comisionados señalaron que la información concerniente al diseño, producción e implementación de campañas de publicidad para 2010 así como la estrategia y planificación correspondientes podrían generar un perjuicio a las futuras empresas que concursen con el Estado, “generando un efecto adverso a las finanzas públicas”, al revelar a los competidores información propia de los agentes participantes y de sus estrategias de mercado.

“Atendiendo al principio de razonabilidad y de proporcionabilidad, en este caso es viable limitar temporalmente el derecho de acceso a la información pública, para minimizar los efectos de prácticas anticompetitivas de colusión, por lo que es dable modificar la resolución impugnada, en el sentido de brindar únicamente los montos globales anuales destinados para dicho servicio, ya que esa información no es información competitiva sensible”, apuntó el IAIP.

En este aspecto, Roberto Burgos afirmó que si bien lo avalado en este rubro no era lo que buscaban, lo califica como un avance importante.

La única información solicitada por la Funde-ALAC que fue desbloqueada en su totalidad son los informes de auditoría interna de la Presidencia de los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011.

Los argumentos de la Presidencia al respecto eran que son insumos de un procedimiento administrativo en curso, que ponía en peligro las deliberaciones de este y que con esto se atentaría con el principio de inocencia de los exfuncionarios que resultaran señalados con alguna anomalía.

Sin embargo, el IAIP expresó que los informes no determinan si existen responsabilidades de los servidores públicos, sino que solo indica las disconformidades encontradas en la auditoría.

Burgos aplaudió la desclasificación de esta información, que abarca parte de las administraciones de Funes y Antonio Saca.