SSF con autorización para iniciar procesos sancionatorios a Dicom

Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema eliminó la medida cautelar que había impuesto, meses atrás, en un proceso de sanción contra Dicom

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Equifax (Dicom) se negó recientemente a entregar la base de datos que le exigía la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) foto EDH / ARCHIVO. La unidad de comunicaciones de la CSJ emitió un comunicado para aclarar la decisión de la Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema de Justicia.

Por Karen Molina ??scar Iraheta nacional@eldiariodehoy.com

2014-11-05 10:00:00

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le dio, ayer, luz verde a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) para que reinicie los procesos sancionatorios que la entidad de gobierno empezó meses atrás contra la empresa Equifax Centroamérica S.A. de C.V. (Dicom).

Meses atrás, Equifax se amparó en la referida Sala y ésta resolvió, el 27 de agosto pasado, que mientras estudiaba el caso, la SSF detuviera estos procedimientos administrativos sancionatorios.

Sin embargo, la SSF interpuso una revocatoria sobre la decisión que fue avalada por la misma sala que emitió la prohibición contra la SSF.

“La medida cautelar emitida el 27 de agosto del presente año, ordenaba entre otros a la Superintendencia del Sistema Financiero, entidad demandada, la suspensión de los procesos administrativos sancionatorios en contra de esta empresa”, afirma el comunicado.

El fallo fue emitido por la Sala de lo Contencioso el lunes 3 de noviembre, sin embargo, fue hasta ayer, a las 6:00 de la tarde, que la Unidad de Comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia, envió un escueto comunicado.

La unidad de Comunicaciones aclaró que el fallo de ayer no avala la operatividad de Dicom y tampoco tiene relación con las recientes resoluciones de la Sala de lo Constitucional.

En un noticiero de televisión, la magistrada de la Sala de lo Contencioso, Elsy Dueñas, subrayó que la decisión de la Sala de lo Constitucional “fue que Equifax no estaba cumpliendo con las regulaciones que les imponía la SSF.

“Eso es otra cosa. Dicom sigue funcionando, no porque nosotros (magistrados de la Sala de lo Contencioso) lo digamos, no tenemos porqué decir que siga o no funcionando”, aclaró Dueñas.

La magistrada indicó que el reciente fallo se emitió “porque hemos visto que tiene mucha trascendencia y a afectado al conglomerado. La SSF puede hacer las reclamaciones que considere pertinente y la autorregulación que quiere que haga Dicom (Equifax) “.

En ese sentido, el experto jurídico, Francisco Bertrand Galindo, explicó que hay que tener muy claro que la resolución de la Sala de lo Constitucional es un proceso distinto al que hizo la Superintendencia del Sistema Financiero para ordenar el cierre del buró de crédito Dicom.

De acuerdo con las interpretaciones de ley que ha echo Bertrand Galindo, la SSF basó el cierre de la compañía en el incumplimiento de ley que regula la inscripción y operación de los burós de crédito en el país y no sobre la resolución de la Sala de lo Constitucional, por lo cual, la resolución de la Sala de lo Contencioso está enmarcada en esa versión y no en la que dio inicialmente la Sala de lo Constitucional (ver nota aparte).

En la resolución, la Sala de lo Contencioso le dio un plazo de 15 días hábiles a la Superintendencia “para que fundamente la legalidad del acto que se atribuye en la demanda”.

La Sala de lo Contencioso solicitó en el plazo de cinco días hábiles a la SSF , “que presente el expediente administrativo relacionado al caso y advierte, que en caso de no acatar el requerimiento, se remitirá oficio al fiscal General de la República para que proceda conforme a derecho corresponde por posible delito de desobediencia”.

Para la SSF, al confirmarse la decisión de detener los procesos sancionatorios contra Dicom (medida cautelar), se estaría dañando el interés social, al vedársele la facultad de ordenar las medidas correctivas para el cumplimiento, corrección o regularización de las situaciones irregulares.

“Al confirmar la medida cautelar se estaría dañando el interés social, la falta de control de las medidas correctivas y la limitación en cuanto a la exigencia de las facultades legales de supervisión, vigilancia, fiscalización, evaluación, inspección y control”, argumenta el fallo.

SSF aplaude fallo de la Sala de lo Contencioso

La resolución de los magistrados fue aplaudida por este ente regulador y argumentó que “es consecuente con el actuar de la Superintendencia del Sistema Financiero en su calidad de institución supervisora, respaldando así, las acciones que deriven de sus funciones de la ley”.

“Con fecha 5 de noviembre, la Sala de lo Contencioso notificó la revocatoria de la medida cautelar, aceptando los argumentos y recursos presentados por la Superintendencia. Esto significa un respaldo y apoyo a lo actuado por este ente fiscalizador”, razonó en un comunicado la SSF.

La SSF reafirmó que Equifax (Dicom), durante dos años y medio que transcurrieron desde el inicio del trámite para obtener la autorización, se negó a cumplir con los requisitos legales y normativos aplicables, utilizando mecanismos tendientes a burlar las actuaciones de la SSF, con el fin de no cumplir con las instrucciones giradas por el ente, por medio de demandas ante la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Según los registros, Dicom se ha amparado a la Sala de lo Contencioso en cuatro ocasiones, por incumplimientos a regulaciones que le ha realizado la Superintendencia. En ninguna de ellas han dado un fallo definitivo, según los registros.