Sala de lo Constitucional aclara que fallo no ordena cierre de Dicom

La SSF actuó dentro de un procedimiento independiente al trámite de ejecución de la sentencia, dice el comunicado.

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Instalaciones del centro de atención de Dicom

Por elsalvador.com

2014-11-10 3:50:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aclaró a través de un comunicado que la sentencia emitida anteriormente respecto a Equifax (Dicom) no significaba una orden para que la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) denegara la autorización a dicha sociedad para operar como agencia de información de datos sobre historial crediticio.

A finales de octubre, la Sala de lo Constitucional ordenó a Equifax depurar su base de datos y abstenerse de compartir la información sin autorización de los clientes.

Unos días después, la Superintendencia ordenó el cierre de las operaciones de Dicom.

La SSF actuó dentro de un procedimiento independiente al trámite de ejecución de la sentencia…”La resolución deja a salvo a la Superintendencia del Sistema Financiero el uso de sus facultades legales”, dice el comunicado.

Además, la Sala recomienda a las autoridades que controlan las operaciones de las agencias de información, bancos, y entidades financieras que recopilen información sobre historial crediticio, velen por el cumplimiento de la Constitución que regule dicha actividad.

Recientemente, la SSF autorizó a 3 empresas para operar como agentes de servicio de información de historial crediticio: Infored, TransUnión El Salvador S.A de C.V y Asociación Protectora de créditos.

La resolución fue firmada por los magistrados Óscar Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime y Rodolfo González.

Sala aclara fallo sobre Dicom

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