Condenan a 12 años a cabecilla de banda de robafurgones

Sentencia corresponde al robo de un furgón con mercadería, pero los jueces lo exoneraron de otros dos robos

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Amílcar Castillo Mejía, alias "Cuche", procesado por tres robos de furgones y condenado por uno de ellos. Foto EDH / Cortesía Juzgados.

Por David Marroquín sucesos@eldiariodehoy.com

2014-11-19 7:00:00

El Tribunal Quinto de Sentencia condenó ayer a 12 años de prisión a Amílcar Castillo Mejía, alias “Cuche”, por su participación en el robo de un furgón que transportaba latas con sardinas en el sector de Cojutepeque, Cuscatlán.

“Este tribunal ha considerado imponerle 12 años de prisión por la naturaleza de los objetos sustraídos y la organización que se tuvo para cometer el ilícito”, dijo el juez de Sentencia durante el fallo.

Castillo Mejía es señalado por la Fiscalía como el cabecilla de una banda de robo de furgones con mercadería que operaba con la complicidad de cinco agentes de la Policía para instalar falsos retenes vehiculares, donde aprovechaban para robar los automotores.

Los policías y 14 personas más recibieron condenas entre los 12 y 24 años de prisión por su participación en nueve robos.

El asalto por el que fue condenado Castillo Mejía se registró la tarde del 18 de agosto de 2012 sobre la carretera Panamericana, a la altura de Cojutepeque, Cuscatlán.

Sin embargo, el referido tribunal lo exoneró de otros dos robos de furgones por considerar que hubo incongruencias en las declaraciones de los testigos en cuanto a las horas de los hechos.

Los robos por los que fue exonerado Castillo Mejía se registraron el 8 de diciembre de 2011 en el sector de San Bartolo, Ilopango; y otro el 17 de febrero de 2012 sobre el bulevar Arturo Castellanos (antiguo Venezuela), San Salvador.

Los jueces no le dieron credibilidad al testigo criteriado (con beneficios penales por colaborar en el proceso judicial), por considerar que hubo incongruencias en sus declaraciones con relación a las horas de los asaltos.

También señaló el tribunal que en el segundo caso se violentó el derecho de la defensa al no tener acceso a las pruebas documentales de cargo lo que a consideración del referido tribunal se quebrantó el debido proceso.

Los fiscales del caso expresaron su inconformidad por el fallo judicial al considerar que “es una resolución ilógica que no tiene mayor asidero legal, y definitivamente es contraria a derecho, porque prácticamente se ha dicho en pocas palabras que no le credibilidad al criteriado Austria en el caso uno y dos, pero sí le creemos en el caso tres”, dijo un fiscal del caso.

Aseguró que los jueces no tomaron en cuenta las declaraciones de las víctimas, quienes eran motoristas extranjeros, y reconocieron al ahora condenado.

“No ha explicado las razones por las cuales no tiene ninguna credibilidad los testigos particulares que vinieron a declarar en los casos uno y dos y por qué les creyó a los testigos del caso tres”, dijo la Fiscal.

Los fiscales dijeron que apelarán a la sentencia para que el Tribunal reconsidere su fallo y lo condene en los otros dos casos.