Sala declara inconstitucional la prohibición de voto cruzado

Los demandantes argumentaron que con la prohibición del Código Electoral se violenta el artículo 78 de la Constitución de la República, porque limita la libertad electoral en el ejercicio del voto

descripción de la imagen
Sala declara inconstitucional la prohibición de voto cruzado

Por elsalvador.com

2014-11-05 6:00:00

Los demandantes argumentaron que con la prohibición del Código Electoral se violenta el artículo 78 de la Constitución de la República, porque limita la libertad electoral en el ejercicio del votoLa Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró hoy inconstitucional la prohibición del voto cruzado para las elecciones de diputados a realizarce en 2015.

En mayo, Iniciativa Social para la Democracia (ISD) presentó dicha demanda en la cual buscaban se declara inconstitucional el artículo 185 del Código Electoral, el cual sostiene: “En ningún caso se permitirá el voto cruzado, entendiéndose como tal aquel en que el elector hubiere marcado candidatos o candidatas de distintos partidos políticos, distintos candidatos o candidatas no partidarios, o candidatos o candidatas de partidos políticos y, al mismo tiempo, candidatos o candidatas no partidarias”.

El voto cruzado permitiría que los ciudadanos elijan, según su preferencia, tantos parlamentarios como escaños disponibles en su respectiva circunscripción, pudiendo, incluso, votar por propuestas de distintos partidos políticos o no partidarios.

Los demandantes argumentaron que con la prohibición del Código Electoral se violenta el artículo 78 de la Constitución de la República, porque limita la libertad electoral en el ejercicio del voto.