Alcaldía de El Refugio sin cancelar deuda a exregidora que le ordenó la CSJ

Los impuestos que reciben no son suficientes para asumir el pago

descripción de la imagen
El alcalde Eliseo Marroquín no pudo conciliar con la exregidora el pago de 12 mil dólares. Foto EDH

Por Cristian Díaz nacional@eldiariodehoy.com

2014-10-19 7:00:00

AHUACHAPÁN. La alcaldía de El Refugio no ha cumplido una resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que, según el documento con fecha 11 de mayo de 2009, se le ordenó el pago en concepto de dietas por $12 mil a una exregidora que no era convocada a las sesiones del concejo municipal electo para el periodo 2006-2009, y presidido por el exalcalde Wilfredo Barrientos, del PCN.

Eliseo Marroquín, actual alcalde del partido ARENA, argumentó que no han cumplido la resolución por la falta de fondos que enfrenta la municipalidad. Explicó que a diario reciben entre $5 y $10 por pago de impuestos.

Marroquín se quejó de que la CSJ les ordenara honrar una deuda que fue contraída por otro concejo, la cual desconocía cuando fue electo por primera vez en el periodo 2009-2012. Actualmente cumple su segunda gestión.

La resolución de la CSJ se dio después de más de dos años que la exconcejala Lilian Lemus presentó un recurso ante la Sala de lo Constitucional el 16 de febrero de 2007, con el argumento de que el exalcalde se negaba a explicarle por qué no era convocada a las reuniones del concejo y del respectivo pago de las dietas.

El miércoles pasado, Marroquín y la exregidora llegaron al Juzgado de Paz de El Refugio para enfrentar una audiencia de conciliación; pero no hubo ningún acuerdo.

La propuesta de Lemus era que el concejo municipal le entregaría un adelanto de $2,000 y el resto en cuotas de $500 hasta cancelar la deuda.

Mientras que el alcalde planteó cancelar a través de cuotas mensuales lo que la exconcejala recibía en concepto de dietas.

Marroquín expresó, sin precisar fecha, que cuando llegó a la alcaldía encontró un acuerdo municipal donde se especificaba que la cuarta regidora propietaria había sido destituida de su cargo.

Pero el Código Municipal, en el artículo 28, dice que el cargo de alcalde, síndico y concejales únicamente podrá exonerarse del desempeño de sus funciones por justa causa calificada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Lemus expresó que buscarán, junto a sus abogados, los mecanismo necesarios para cancelar los $12 mil, aunque no especificó las acciones que emprenderá.