Sala Constitucional abre la puerta para demandar a la Sala de lo Contencioso

Además invalida fallo de lo Contencioso que evita que empresa pague multa de un millón de dólares

descripción de la imagen
Sala Constitucional abre la puerta para demandar a la Sala de lo Contencioso

Por ??scar Iraheta Twitter:@oscar_iraheta

2014-10-24 10:00:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una sentencia de la Sala de lo Contencioso y abrió la puerta para que los magistrados de esta última puedan ser demandados y que paguen una indemnización a los afectados por su resolución.

Los magistrados Armando Pineda Navas, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortiz, de la Sala de lo Constitucional, determinaron que sus colegas de lo contencioso-administrativo “vulneraron los derechos a la seguridad jurídica y a una resolución motivada, en perjuicio de la Superintendencia de Competencia”.

Según el expediente judicial, en 2012, Francisco Díaz Rodríguez, Abrahan Mena y Óscar Dámaso Alberto Castillo Rivas, miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, presentaron una demanda de amparo en contra de la Sala de lo Contencioso Administrativo, por haber declarado ilegal una decisión emitida en 2008 por la Superintendencia, en la que se ordenó a la sociedad MOL, S.A. de C.V., “abstenerse de seguir cometiendo prácticas anticompetitivas” y le impuso una multa de más de un millón de dólares.

Pero la Sala de lo Contencioso anuló la resolución de la Superintendencia y evitó el pago de la multa.

Alegatos

Los magistrados de lo Contencioso adujeron que la decisión de la Superintendencia estaba sustentada en “actuaciones irregulares”, entre ellas un registro judicial a la empresa en el que, alegaron, no se encontró la información que se buscaba.

No obstante, la Sala de lo Constitucional determinó que el Superintendente sí identificó los documentos que se buscarían.

Por su parte, la sociedad MOL, S.A. de C.V. alegó que el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia no está legitimado activamente para promover el amparo.

Revierte decisión

En el fallo de la Sala Constitucional se ordena que las cosas vuelvan al estado que se encontraban antes de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

“La Sala de lo Contencioso Administrativo deberá emitir nuevamente la resolución definitiva en el proceso, para lo cual tendrá que acoplarse a los parámetros de constitucionalidad señalados en esta sentencia”, dice.

Además, el Tribunal Constitucional dejó abierto el camino para que la Superintendencia demande y obtenga una indemnización de la Sala de lo Contencioso.

“La parte actora (la Superintendencia) tiene expedita la promoción de un proceso por los daños materiales y/o morales resultantes de la vulneración de derechos constitucionales declarada en esta sentencia, directamente contra las personas (magistrados) que cometieron la transgresión constitucional”, remarcó.