Superintendencia del Sistema Financiero auditará a Dicom para que cumpla fallo de la CSJ

La entidad denunció que Dicom ha interpuesto una demanda en la Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema para obviar una orden de la SFF para que se legalizara

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Superintendencia del Sistema Financiero auditará a Dicom para que cumpla fallo de la CSJ

Por Jaime García

2014-10-24 10:10:00

La Superintendencia del Sistema Financiero (SFF) informó hoy que realizará auditorías y otros procesos de supervisión a la empresa Directorio de Información Comercial (Dicom), luego que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le ordenara no revelar información financiera de los usuarios sin su consentimiento.

“Esta Superintendencia dará estricto cumplimiento a la Sentencia de la Sala de lo Constitucional”, informó la SFF en un comunicado divulgado en la edición impresa de este periódico.

Dicom es una división de Equifax, una empresa que mantiene registro de información de la actividad de las personas y/o compañías en el sistema financiero y comercial de El Salvador, desde 1996 que inició sus operaciones.

La Superintendencia indicó que Equifax de Centroamérica ,S.A. de C.V. interpuso una demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia con el propósito de frenar observaciones que le hiciera por no haber cumplido con el trámite de solicitud de autorización y registro, relacionadas con las disposiciones legales y normativas contempladas en la Ley de Regulación de los Servicios de Información del historial de crédito de las personas.

Incluso, agrega que las mismas observaciones fueron señaladas por la Sala de lo Constitucional en su fallo contra Dicom. “Dicha entidad no ha sido autorizada ni inscrita en los Registros de esta Superintendencia como agencia de información de datos”, recalca la SFF.

Una demanda interpuesta ante la Sala de lo Constitucional por el abogado Boris Rubén Solórzano, representante de la Asociación Salvadoreña para la Protección de Datos e Internet (INDATA), denunció que las actividades de Dicom consisten en recopilar y comercializar información personal y crediticia, generando perfiles de miles de salvadoreños mediante la creación de bancos informáticos de fácil acceso, manejo y transferencia, con el objeto de comercializarlos.

También señaló que dichas actuaciones vulneran el derecho a la autodeterminación informativa de las personas que sin su consentimiento expreso e inequívoco se encuentran incorporadas en los bancos de datos que la citada sociedad maneja, además de que impide el acceso a dicha información y no justifica la fuente de la cual obtiene la información.

En el fallo, la Sala de lo Constitucional ordenó a Dicom depurar su base de datos y eliminar la información que haya sido recopilada y almacenada sin el consentimiento expreso de sus titulares, para lo cual dicha sociedad deberá contar con la documentación que acredite la existencia del citado consentimiento o requerirla a los agentes económicos pertinentes.

También abstenerse de utilizar, transferir y comercializar a cualquier título y destino, la información de las personas que conste en su base de datos, a menos que en cada caso individual cuente con el consentimiento expreso de sus titulares.