Piden declarar inconstitucional constitución de Alba Petróleos

Según demanda, alcaldías pueden asociarse entre sí, y no con privados para un fin comercial

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Entrega de cheque, en 2008, por parte de Alba Petróleos a entonces alcaldes, miembros de Enepasa. foto EDH / archivo

Por Edmee Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2014-10-25 7:00:00

Un abogado solicitó el pasado viernes, ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que se declare la ilegalidad del contrato de constitución de la sociedad de economía mixta Alba Petróleos.

Según el demandante, el documento firmado entre la asociación intermunicipal Energía para El Salvador (Enepasa) con la sociedad extranjera Petróleos de Venezuela, que se abrevia P.D.V. Caribe S. A., en la cual se asociaron con fines de lucro, es inconstitucional.

Según explica en el documento el abogado Danilo Vega, dicho contrato contraviene la Carta Magna en sus artículos 86, inciso tercero, que habla de que los funcionarios de Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley; y el 207, inciso segundo, en los que establece que las municipalidades podrán asociarse a fin de colaborar en la realización de obras o servicios que sean de interés común para dos o más municipios.

“Dicha disposición (art. 207) no le permite a los municipios o gobiernos locales, asociados en Enepasa, asociarse con entidades distintas a las municipalidades nacionales y mucho menos con fines mercantilistas o estrictamente de lucro, que se contraponen a los fines de carácter público, como la prestación de servicios y la explotación de bienes públicos y municipales”, explica el demandante en la petición.

Vega explica que la asociación que permite la Constitución a las alcaldías es a fin de colaborar en la realización de obras o servicios que sean de interés común para dos o más municipios.

Es de ahí que el demandante señala, primero, la creación de la Asociación Intermunicipal Energía para El Salvador (Enepasa), que fue creada el 10 de enero de 2006, bajo los oficios notariales del ex presidente de la CSJ, José Salomón Padilla.

En dicha entidad estaban integradas las alcaldías de Soyapango, Apopa, San Marcos, Quezaltepeque, El Tránsito, El Divisadero, San Esteban Catarina, San Sebastián Salitrillo, Santa Elena, Ciudad Delgado, Jiquilisco, San Pedro Perulapán, Ayutuxtepeque, Cojutepeque, San Pedro Masahuat, Tecapán, Santo Tomás y Usulután.

En el artículo 4 del acta de constitución de Enepasa establece como objeto general la comercialización de combustible, distribución, transporte e investigación de combustibles y fuentes de energía.

Asimismo, plasmaron como sus objetivos la importación y comercialización de petróleo o derivados de éste, así como la distribución y/o transporte de los mismos dentro y fuera del territorio nacional; la importación, distribución, transporte y comercialización de combustibles alternativos; importación, distribución, transporte y comercialización de fuentes de energía, sean éstas de origen hidráulico, geotérmico, térmico, solar, eólico, atómico, etc.

También la investigación sobre combustibles fósiles; la investigación sobre nuevas fuentes de energía económicas; con los excedentes que se pudieran generar. Las asociadas serán sujetas de transferencias de fondos para ejecutar proyectos de beneficio social; ejecución de compraventa o arrendamiento de bienes inmuebles y ejecución de obras y proyectos destinados a la consecución de los fines de la asociación, entre otros.

En dicha acta, se estableció que en ese momento sería el presidente de Enepasa, el entonces alcalde de Soyapango Carlos Ruiz.

El 5 de abril de 2006, Enepasa y P.D.V. Caribe constituyen la sociedad de economía mixta Alba Petróleos, siempre ante los oficios del expresidente de la CSJ, Salomón Padilla, cuyo cargo fue invalidado.

En la escritura pública se determinó que Enepasa tendría la aportación financiera a la asociación del 40 %, en tanto la sociedad extranjera P.D.V. Caribe haría lo propio con el 60 %.

“Las actividades a las que se dedica la sociedad Alba Petróleos S.E.M. de C.V. son actividades meramente mercantiles, es decir de lucro, ya que comercializan al por menor y al por mayor en el mercado nacional de combustibles, productos derivados del petróleo, medicinas, granos básicos de primera necesidad, realizan actividades dedicadas a los bancos, como préstamos de dinero y además financian actividades políticas a favor del partido político denominado FMLN”, explica el demandante en el documento que tiene el sello de recibido por la CSJ.

Agregó que las actividades de Alba Petróleos son contrapuestas a las actividades que por ley les competen a las municipalidades asociadas a Enepasa y que también son incompatibles con las finalidades de las funciones públicas municipales.

“Los derechos y obligaciones que contempla la Constitución no pueden ser alterados por las leyes que regulan su ejercicio”, alega Vega.