Tribunal exonera en caso ametralladoras M60

Un mayor, un subsargento y un soldado eran procesados

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Al menos 15 militares han sido procesados o condenados por sustraer armamento y explosivos.

Por David Marroquín sucesos@eldiariodehoy.com

2014-10-22 8:00:00

Pese a que un soldado acusó, en su declaración de imputado, a un mayor del Ejército de haber sustraído cuatro ametralladoras M-60, del almacén de guerra del Regimiento de Caballería, el testimonio no representó ninguna prueba en contra del referido oficial porque la justicia militar no permite los señalamientos de un imputado en contra de otro acusado.

En ese sentido, el Juzgado de Primera Instancia Militar dejó en libertad al mayor del Ejército, Juan Carlos Rivera Melara, al subsargento José González González y al soldado Óscar Oswaldo Batres Martínez, quienes eran procesados por haber robado las cuatro ametralladoras del almacén del Regimiento de Caballería en San Juan Opico, La Libertad.

Batres Martínez, en su declaración ampliada de imputado, relató que el mayor Rivera Melara llegó la mañana del 14 de junio a la referida guarnición militar y le pidió que abriera el almacén de guerra del referido cuartel.

El acusado asegura en su declaración que el Mayor iba acompañado de tres personas civiles y uno de ellos le apuntó con una pistola a la altura del cuello, para obligarlo a abrir el almacén, mientras le decía que no fuera a decir nada porque su vida peligraba.

Aseguró que el mayor Rivera junto con los tres civiles sacaron las cuatro ametralladoras y las subieron a un vehículo particular.

El tribunal señala en su fallo que, en este caso, un imputado hace un señalamiento en contra de otro imputado, sin embargo, lo hace como un medio de defensa y no de prueba legal.

“Las alegaciones efectuadas por el imputado Batres Martínez no pueden ser sopesadas como, sí lo serían, si se le hubiese recibido una declaración en calidad de testigo de cargo”.

Además, no existe la prueba necesaria que robustezca la acusación planteada por Batres Martínez en contra del mayor Rivera Melara.

En ese sentido, el juzgador destaca que “ni el Juez Militar de Instrucción respectivo ni la representación fiscal, abordaron, luego de la declaración de Batres Martínez, las incriminaciones realizadas por este, desde el contexto de un medio de prueba, puesto que no ostenta la calidad de testigo dentro del juicio”.

Además, el juzgador señala que no “puede dotar de fe probatoria a un elemento testimonial que no constituye una prueba de acuerdo a ley”.

Fuentes judiciales explicaron que tanto el juez de Instrucción Militar como los fiscales tuvieron que haber librado de cargos a Batres para que después se convirtiera en testigo en contra del Mayor. El Código de Justicia Militar señala que la declaración de un acusado en contra de otro imputado no representa prueba legal, según fuentes judiciales.

En el fallo, el referido juzgado señala que no se pudo establecer, de ninguna manera, que los tres imputados hayan sido los responsables del hurto de las ametralladoras series 198369, 208082, 208088 y 208140, asignadas a los batallones antitanques de Caballería.

El referido tribunal giró las órdenes de libertad de los tres militares, quienes guardan prisión en la Brigada de Seguridad Militar.