Intentaron liberar a presos peligrosos

Decreto propuesto por el Fmln pretendía beneficiar a reos de más de 65 años de edad

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La reducción del hacinamiento carcelario es una de las metas incumplidas del Asocio para el Crecimiento, según Fusades. Foto EDH/ Archivo.

Por David Marroquín nacional@eldiariodehoy.com

2014-10-18 8:50:00

El diputado por el partido ARENA, Ernesto Angulo, denunció el intento de la fracción legislativa del partido oficial, FMLN, de aprobar un decreto transitorio para dejar en libertad a una gran cantidad de delincuentes de alta peligrosidad que sobrepasan los 65 años, como una forma de desahogar la sobrepoblación carcelaria.

Las pretensiones efemelenistas se conocieron en una plenaria de la Asamblea Legislativa de hace dos semanas, durante la cual, la fracción del FMLN sometió a discusión del pleno, un decreto que contenía disposiciones transitorias de emergencia para el descongestionamiento del sistema penitenciario.

Angulo explicó que el decreto fue rechazado por la mayoría de los partidos políticos al darse cuenta de una “trampa” que llevaba implícito el proyecto, al dejar en libertad a los condenados mayores de 65 años, que hayan cometido delitos graves.

“Un hombre de 65 años no es un anciano. Iban a salir sea cual sea el delito que hayan cometido, lo único que habían quitado eran los delitos para la libertad sexual, pero las extorsiones, los homicidios seguían ahí, los hombres arriba de 65 años iban a salir con cualquier tipo de delitos (cometidos) y con un tercio de la pena (cumplido) y por eso, nos opusimos,”, dijo Angulo, quien sostuvo que los reos beneficiados iban a sobrepasar los 2 mil.

Agregó que un hombre de 65 años, si bien es cierto que “no va a pelear cuerpo a cuerpo con nadie, pero puede salir a violar, a extorsionar, a matar y a robar; un hombre de esa edad todavía está entero”, explicó el parlamentario.

El proyecto tenía como objetivo beneficiar a los mayores de 65 años, condenados por delitos que “no implican penas severas ni conductas de peligrosidad trascendental”.

También aquellas personas que por “su avanzada edad o incapacidad físico-mental, no están en condiciones de representar riesgo social alguno”.

En ese sentido, los reclusos que serían beneficiados, según el decreto, iban a ser aquellos que tuviesen buena conducta, que no representaran un alto grado de agresividad o peligrosidad y que hubiesen cumplido con las responsabilidades civiles derivadas del hecho delictivo.

Sin embargo, en el artículo cuatro del referido proyecto, se establecen las exclusiones de los beneficios del decreto.

Existen contradicciones en ese mismo numeral, cuando señala que no podrán ser aplicables esas exclusiones a los internos mayores de 65 años, aunque hayan cometido delitos graves.

Eso significa delitos relacionados a las drogas, al crimen organizado, al lavado de dinero, actos de terrorismo y las pandillas, asociaciones y agrupaciones de naturaleza criminal.

“El peligro es la sensación de impunidad que sintiera el pueblo, todas las víctimas de esta gente”, dijo Angulo.

Otras de las exclusiones se refiere a los reclusos que cumplen una pena igual o superior a ocho años de prisión, que para el diputado Angulo se trata de delitos graves, y que hayan cumplido un tercio de la pena, pero también iban a favorecer a los mayores de 65 años.

“El truco más grande que hay ahí es cuando dice que no pase de los ocho años de cárcel impuestos por el juez, no es cierto que solo sean delitos leves, porque si un delito puede estar entre 8 y 15 años de prisión, es grave, y si el juez decide poner 8 años, queda libre”, dijo Angulo.

Aclaró que el referido proyecto fue presentado por las autoridades de Justicia y Seguridad Pública del gobierno anterior, pero dijo desconocer cuáles eran las verdaderas intenciones del mismo.

Y lo que llamó la atención del diputado arenero fue que lo sometieron a discusión de forma sorpresiva, sin tener el dictamen favorable de la respectiva comisión.

Sostuvo que el partido ARENA está de acuerdo en dejar en libertad a reclusos que sufran de enfermedades terminales con daños severos e invalidez, siempre y cuando Medicina Legal avale el dictamen médico. El decreto iba a tener vigencia de un año.