Polémica ante la posibilidad de autoridad hídrica autónoma

Fusades considera que dejar la gestión del agua en manos de una autónoma, y no en las del MARN, sería lo más adecuado

descripción de la imagen
La gestión de los recursos hídricos debe estar en manos del Ejecutivo a través de una autónoma, según Fusades. Varias ONG creen que debe ser regida por el MARN. Foto EDH /evelyn linares

Por

2014-10-29 8:00:00

La posibilidad de que el ente rector de la gestión del agua en El Salvador llegue a ser una autónoma y no el Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en alerta a varias ONG ambientalistas.

El 7 de octubre, cinco de nueve diputados de la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático firmaron un acuerdo mediante el cual el artículo 10 de la propuesta de Ley General de Aguas contemplaría que la autoridad hídrica del país sea una autónoma.

Este punto es visto con buenos ojos desde la Fundación Salvadoreña par el Desarrollo Económico y Social (Fusades), pero con recelo desde la UNES, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), el Centro para la Defensa del Consumidor (CDC), Catholic Relief Services, Cáritas y el Foro Nacional de Salud (FNS).

El hecho de que la autoridad hídrica sea una autónoma, según Fusades, permitirá que la gestión del agua no dependa de los vaivenes de la política partidista, cuente con independencia económica y sea suficientemente ágil.

Así lo explicó el analista Leopoldo Dimas: “Pensamos que lo más conveniente es que esta rectoría de los recursos hídricos debe ser ejercida por una institución oficial autónoma (…) una institución pública del Ejecutivo”.

Añadió que lo creen conveniente debido a “las carencias e ineficiencias del Ministerio de Medio Ambiente en cuanto a las metas dictadas en la Ley de Medio Ambiente de 1998”.

Según las ONG antes mencionadas, una autoridad hídrica autónoma equivale a “privatizar el agua” y a “convertirla en una mercancía”. Dichas organizaciones consideran que el acuerdo firmado en la Comisión de Medio Ambiente pretende “crear un ente regulador controlado por cinco gremiales de la empresa privada y dos instancias públicas en la Ley General de Agua”.

Carlos Flores, responsable de políticas del agua en la UNES, afirmó: “Lo que vimos en la comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático el 7 de octubre es parte de la estrategia que ya venía configurando ARENA y la ANEP en la Comisión en la discusión de la Ley: regresar la discusión de la Ley al principio”.

Las ONG y la fracción legislativa del FMLN han dado por sentado que los primeros 90 artículos de la propuesta de Ley que han sido discutidos previamente en la Comisión ya están aprobados. Pero el resto de fracciones legislativas no piensa lo mismo.

El diputado de ARENA Vicente Menjívar proporcionó una copia del artículo 10, tal y como se incluyó en el acuerdo del 7 de octubre. Este habla de crear un Consejo Nacional del Agua (Conagua) “como una institución oficial autónoma en lo técnico, administrativo financiero y presupuestario”, pero adscrita al Órgano Ejecutivo a través del MARN.

En la propuesta que maneja Menjívar, dicho artículo no establece la composición del Conagua, sino el 13; sobre el que aún no hay acuerdo en la comisión.

Lo que el artículo 13 propone es que la Junta Directiva del Conagua esté compuesta por representantes de los ministerios de Medio Ambiente y Agricultura. Además, por un representante de las universidades y un representante de Comures. A estos se sumarían un director electos por cada una de las gremiales agropecuarias, las gremiales industriales y las gremiales turísticas.

Flores asegura que esa composición no es la que se había acordado meses atrás. Él considera que en el Conagua debería tener presencia “la institucionalidad pública que tiene que ver con la gestión del agua en el país”. De esa forma se refiere a los ministerios de Agricultura, Medio Ambiente, Relaciones Exteriores y a la CEL. En sus palabras, “toda la institucionalidad pública que directa o indirectamente está vinculada a la gestión del agua”.

Flores añade que “lo que se ha configurado en la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático es el principio de la gestión privada del agua en El Salvador”.

Pero Dimas descarta lo anterior. En primer lugar recuerda que desde Fusades se ha enfatizado que los recursos hídricos del país son un bien nacional de uso público. En ese sentido, recordó que el artículo 3 de la Ley de Riego y Avenamiento de 1970, aún vigente, establece que los recursos hídricos son bienes nacionales.

“Por lo tanto se debe asegurar que los derechos de uso de este bien, que es público, (…) sean asignados de forma equitativa, transparente entre todos los usuarios, de tal forma que generen los mayores beneficios”, advirtió.

Respecto al temor de que la gestión del agua se privatice, Dimas reitera: “Los recursos hídricos son un bien nacional de uso público, por lo tanto no son sujetos de privatización”.

La discusión sobre ese punto parece no estar agotada.