Fallo de CSJ avala orden de que Canal 11 vuelva al 37

Sala Constitucional aclara que no inhibe a Junta de Directores resolver apelaciones

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Los magistrados de la Sala de lo Constitucional Sidney Blanco, Florentín Meléndez, ??scar Armando Pineda, Belarmino Jaime y Rodolfo González firmaron la resolución de ayer. Foto EDH

Por ??scar Iraheta Twitter:@oscar_iraheta

2014-09-22 8:12:00

El canal 11, que fue reasignado en un proceso cuestionado, deberá volver a su frecuencia original en el 37 después de que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema ordenara que se cumplan las disposiciones de la Junta de Directores de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget).

El Tribunal Constitucional aclaró ayer que las restricciones que impuso hace unos meses no anulan las atribuciones de la Junta de Directores de la Siget, que ordenó que el canal 11 volviera a su frecuencia original luego de que el exsuperintendente Ástor Escalante autorizó una reasignación en un proceso que ha sido cuestionado por las principales televisoras del país y organizaciones de la sociedad civil que lo han considerado irregular.

La Sala dejó establecido que las restricciones o medidas cautelares que impuso por un proceso de inconstitucionalidad que tiene en estudio “no inhiben” la atribución de la Junta de Directores para “conocer en apelación de las resoluciones del Superintendente respectivo, resolverlas y ordenar que se cumplan”, entre ellas la de que el canal 11 vuelva al 37.

“La medida cautelar emitida en el proceso de inconstitucionalidad no implica un menoscabo a la atribución que la Junta de Directores posee”, subrayaron los magistrados constitucionalistas en el fallo.

Principalmente determinan que las restricciones que la Sala impuso no interfieren con las facultades de la Junta de Directores, pues lo que lo que ésta ha resuelto se refiere a la reasignación de frecuencias y no implica un procedimiento de concesión y adjudicación como producto de subastas.

El Tribunal Constitucional también dejó en claro que la Junta de Directores se encuentra habilitada para tramitar las apelaciones que se presenten en relación con resoluciones que la actual titular de la Siget adopte y que se refieran a procedimientos no suspendidos en el proceso.

Lo que la Sala restringió fue precisamente los efectos de las disposiciones de la Ley de Telecomunicaciones que regulan el procedimiento para el trámite de solicitudes y otorgamiento de concesiones para la explotación del espectro radioeléctrico.

La Sala respondió así a la petición de aclaración que le presentó la Junta de Directores de la Siget en el caso de la reasignación de los canales 11 y 37, así como a la que le presentó la actual Superintendenta, Blanca Coto, quien pidió que se estableciera si la resolución emitida por la Junta de Directores, en la que revocan la reasignación de los mencionados canales, vulnera la restricción dictada por la Sala de lo Constitucional.

No incluye telefonía móvil

La Sala estableció que la medida cautelar o restricción que impuso no incluye las frecuencias de telefonía móvil a que se ha referido la Superintendenta de la Siget, en específico a las solicitudes de concesión de espectro de uso regulado que se tramitan.

La resolución de aclaración fue firmada por los magistrados Óscar Armando Pineda, Belarmino Jaime, Florentín Meléndez, Sidney Blanco y Rodolfo González.

Un procedimiento cuestionado

El pasado 26 de agosto la Junta de Directores de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, dejó sin efecto la orden del exsuperintendente Ástor Escalante de asignar el canal 37 al 11 de televisión, en abril pasado.

La referida resolución de la Junta de Directores echó al traste la orden emitida por Escalante de la reasignación de canales de televisión.

El exsuperintendente Ástor Escalante emitió la resolución 10 días después ser juramentado en el cargo por el entonces presidente Mauricio Funes, el 1 de abril pasado. La asignación del canal fue firmada el 10 de abril, según los documentos presentados por los demandantes.

Tras revocar la reasignación del canal 11, la Junta de Directores remitió el expediente de este caso a la actual Superintendenta, Blanca Coto, para que ejecutara la vuelta al canal 37.

Sin embargo, hasta ayer Coto no había acatado la orden de la Junta de Directores, porque argumentó que un fallo de la Sala de lo Constitucional le impedía hacer movimientos en el caso y que por eso pidió al Tribunal una aclaración.

El 3 de septiembre pasado, Coto aseguró que no podía volver el canal 11 al 37, pues la Sala de lo Constitucional había ordenado a la Siget abtenerse de realizar la transferencia o fragmentación del derecho de explotación derivado de las concesiones otorgadas.

La funcionaria recurrió a la Sala, que ayer le dio luz verde.

Se violaron requisitos formales y de fondo

Por su parte, los demandantes alegaron ante la Junta de Directores de la Siget que el cambio de frecuencia era ilegal, porque violaba los principios de transparencia y publicidad, durante dos etapas del procedimiento administrativo.

Advirtieron en su demanda que no se publicó o notificó a todas las sociedades afectadas originalmente y no se cumplió con el mandato de Ley de publicar la resolución No. T-0315-2014; pues la publicación realizada no es fiel y conforme con el texto de la decisión administrativa, tal y como informó este matutino meses atrás.

La Junta de Directores de la Siget concluyó en su fallo que la reasignación del canal 11 de televisión a una universidad privada se realizó “vulnerando requisitos formales y de fondo”.

Afirmó que la referida orden debe quedar sin efecto, “esencialmente, porque atenta los principio de igualdad, transparencia, publicidad, concurrencia, seguridad jurídica, así como lo dispuesto en los artículos 126 y 61 de la Ley de Telecomunicaciones”.

“En consecuencia, la decisión impugnada desaparece del mundo jurídico y las cosas vuelven al estado en que se encontraban antes de la emisión de dicha resolución, es decir que los efectos de la decisión ilegalmente adoptada se retrotraen al momento en que la misma fue adoptada”, según la resolución emitida por la Junta de Directores de la Siget.

Denuncian “amaños”

Mientras tanto, la Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde) dijo que la venta de la frecuencia del cana 37 al canal 11 y la forma en que se hizo en el gobierno anterior “suena a amaño” y se evidencia mal manejo de recursos públicos.

“Suena a amaño esto porque venderte algo barato para hacer después el truco rápido y quedarte con lo más caro suena a un amaño. Entonces la pregunta es: ¿quiénes son los socios o los promotores de esta empresa que tuvo esa posibilidad de ese amaño?”, dijo Roberto Rubio, director ejecutivo de Funde, en una entrevista en TCS.

En opinión de Rubio, no se vale usar el Estado o amigos dentro del Estado para obtener cosas incorrectamente. Por eso hay que sacarle la punta al lápiz para saber quiénes están detrás o los cómplices de este acuerdo hecho de forma “un poco oscura y rara”.

“El sentido común me dice a mí que esa operación claramente intencional de dar un canal de menor valor y después cambiarlo a uno de mayor valor, y que conste que el Estado pierde dinero en esa operación porque pudo haberlo vendido más caro. En primer lugar, allí hay un mal manejo de recursos”, afirmó Rubio.

Luego lanzó varias preguntas: “¿Hay participación de algún alto funcionario del gobierno anterior, o algún funcionario de la Asamblea Legislativa que está interesado en esto?, ¿Están ganando algo con esta empresa o qué intereses tienen? o ¿qué se está defendiendo en la Siget?”.