Acuerdan resolver por sorteo empate Concejos Plurales

Diputados acordaron incluir rostros en papeleta de diputados del Parlacen, entre otras reformas al Código Electoral.

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La Comisión de Reformas Electorales acordó incluir fotos en papeletas del Parlacen. foto edh / CORTES??A ASAMBLEA LEGISLATIVA

Por Eugenia Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2014-07-01 7:00:00

Los diputados de la Comisión de Reformas Electorales de la Asamblea Legislativa acordaron ayer varias reformas y correcciones al Código Electoral, para facilitar la integración de los concejos plurales, y la asignación de los centros de votación, así como también, plasmaron en la ley la inclusión de los rostros en la papeleta de votación para los diputados del Parlamento Centroamericano (Parlacen).

En total, según explicó la diputada del FMLN, Jackeline Rivera, fueron cuatro reformas las que se incluyeron en el Código Electoral a los artículos 12, 19, 94 y 98.

Uno de los más importantes es la definición de que cuando haya empate en la elección de alcaldes, este se resuelva por medio de sorteo que deberá ser realizado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), según indicó la legisladora de ARENA, Mariella Peña Pinto.

Otro de los cambios efectuados ayer a la normativa electoral está el hecho de que cuando participen dos candidatos a alcaldes que sean familiares, aún cuando compitan con distinta bandera partidaria, solo uno podrá integrar el concejo plural, y será el que mayor votación obtenga en los comicios, detalló Rivera.

“Si hay dos familiares que quedan electos, uno propuesto por un partido y otro por otro partido, que al final el que quede es el que tiene más votos”, aseveró.

Asimismo, se acordó la cantidad de regidores que deberá obtener en cada evento electoral cada municipio en relación al número de habitantes.

“Lo dejamos establecido que por cinco mil habitantes que tenga (un municipio) tiene alcalde, síndico, dos regidores propietarios y cuatro suplentes y que después de cinco mil habitantes se le asignará un regidor por cada 10 mil habitantes”, afirmó.

Esto a raíz de que la redacción anterior de este apartado se prestaba a confusiones y se le restaban dos regidores que por derecho le correspondían, dijo Rivera.

Otro de los acuerdos fue el de suprimir facultades que les otorgaba el Código Electoral a las Juntas Electorales Municipales (JEM) y a las Juntas Electorales Departamentales (JED) de proponer centros de votación hasta 50 días antes de las elecciones.

“Hoy que es voto residencial la definición de los centros de votación se hacen antes de ser nombrados los organismos electorales, eso da certidumbre de que no sean cambiados”, argumentó.

Peña Pinto dijo que también propusieron que se prohiba la pinta y pega, ya que esta última no la contempla la ley.