Incluyen a políticos en Ley Anti- Lavado, no a parientes

En la discusión en el pleno, los diputados aprobaron incluir a las empresas de sistema de economía mixta en esa regulación

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Diputados de distintas fracciones políticas conversan en el Salón Azul ayer para llegar a un consenso en varias reformas a la Ley Anti-Lavado. Fotos EDH / jorge reyes

Por Eugenia Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2014-07-16 9:00:00

Después de varios intentos fallidos por aprobar cambios a la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos, los diputados por fin se pusieron de acuerdo ayer en incluir a las Personas Expuestas Políticamente (PEP); sin embargo, pasaron por alto agregar a sus familiares como sujetos de fiscalización en la normativa.

La no inclusión de los PEP, que según la clasificación del Grupo de Acción Financiera (Gafic) son todos los funcionarios de alto nivel como presidentes y vicepresidentes, y jefes de Estado, así como exfuncionarios que hayan desempeñado esos altos cargos, ha frenado por meses la firma del Fomilenio II.

La Embajadora de los EE. UU., Mari Carmen Aponte, ha insistido que ese es uno de los requisitos que el Gobierno estadounidense pide al país para desembolsar $277 millones que servirán para desarrollar la costa salvadoreña.

Para incorporar a los PEP en la ley, los diputados reformaron el artículo 9-B , en el que especificaron que por “persona expuesta políticamente habrá de entenderse todo aquel sujeto que esté comprendido en los artículos 236 y 239 de la Constitución de la República y los literales a), b) y c) del artículo 2 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción.

A raíz de esto, en días anteriores los legisladores acordaron sacar de la ley a los jueces y fiscales de los “sujetos obligados”, argumentando que al vincular los artículos de la Constitución mencionados, se dan por incluidos.

El artículo 236 de la Carta Magna expresa que: “El Presidente y Vicepresidente de la República, los diputados, los designados a la Presidencia, los ministros y viceministros de Estado, el presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de las Cámaras de Segunda Instancia, el presidente y magistrados de la Corte de Cuentas de la República, el Fiscal General de la República” entre otros, responderán ante la Asamblea Legislativa por los delitos oficiales y comunes que cometan.

Y el artículo 239 de la Constitución reza que: “Los jueces de Primera Instancia, los gobernadores departamentales, los jueces de Paz y los demás funcionarios que determine la ley, serán juzgados por los delitos oficiales que cometan, por los tribunales comunes, previa declaratoria de que hay lugar a formación de causa, hecha por la Corte Suprema de Justicia”.

Pero a pesar de que la Asamblea Legislativa parece haber dado un gran paso ayer, con la aprobación de estas reformas con 72 votos de todos las fracciones legislativas, los cuestionamientos en torno a las modificaciones avaladas surgieron ayer mismo.

Los diputados Ernesto Angulo, de ARENA, y Antonio Almendáriz, del PCN, lamentaron que en el artículo 9-B de la normativa no se haga referencia en que también se considerarán PEP a los sujetos comprendidos en el artículo 52 de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción.

En este apartado se menciona que cada Estado parte adoptará las medidas necesarias para exigir a las instituciones financieras que pongan énfasis en depósitos de sumas elevadas a cuentas de funcionarios o de personas que hayan “desempeñado funciones públicas prominentes”, así como de sus “familiares o estrechos colaboradores”.

Ante esto, Angulo dijo que existe la posibilidad de que el Gafic no se dé por satisfecho con las reformas aprobadas ayer y que también EE. UU. pueda observar que no se ha cumplido lo que piden para entregar el Fomilenio II.

Al respecto, el último informe emitido por el Gafic para El Salvador en noviembre del año pasado, dice que se entenderá por “persona expuesta políticamente” a quienes se desempeñan o han ejercido un cargo de alta jerarquía en el territorio nacional o en un país extranjero, “incluyendo a sus parientes más cercanos, a personas estrechamente asociadas”.

Pero para el diputado Guillermo Gallegos, de Gana, se cumple con las recomendaciones del Gafic, de incluir a los PEP al vincular en la ley que los sujetos regulados también serán los que detalla la Constitución en los artículos 236 y 239.

Aún cuando los diputados aprobaron varias reformas ayer consideraron que en el camino podrían existir más cambios, si es que también el presidente Salvador Sánchez Cerén envía el proyecto de ley con observaciones a la Asamblea.

Discusión en el pleno

Si bien las modificaciones fueron votadas por unanimidad, hubo algunos roces por modificar ayer mismo en el pleno tres artículos: el de sacar de la normativa a los medios de comunicación; el de incluir a las sociedades de economía mixta; y la de eliminar una frase del artículo 2 de normar a cualquier persona natural o jurídica aún “cuando esta última no se encuentre constituida legalmente”.

De estas propuestas, sólo una logró el acuerdo de los legisladores, y fue la de incluir en el artículo 2 de la ley en el numeral 21 a las empresas que se constituyen con capitales de sistema mixto.

Para lograrlo hubo necesidad de hacer un receso en el pleno, ya que en una primera votación no se había logrado los votos suficientes.

La fracción de ARENA reclamó que el FMLN dejaba fuera a empresas como Alba Petróleos, pero que sí quiere regular a los medios de comunicación. ARENA pidió sacarlos de la normativa, pero la moción no fue apoyada por el FMLN.

“O todos en la cama o todos en el suelo”, fue uno de los refranes que se oyeron en el Salón Azul de parte de Franzis Zablah, de Gana, y de Carmen de Escalón, de ARENA.

Alméndariz, del PCN, explicó que no se habían sacado de la ley porque consultaron a la Fiscalía General de la República (FGR) y que en esta entidad les informaron que sí debían mantenerse en la ley.

Sin embargo, Angulo, de ARENA, reclamó que él se oponía a que continúen en la normativa como sujetos obligados. “¿Por qué voy a pensar como el Fiscal?”, criticó el tricolor, pero al final la propuesta de ARENA no tuvo eco.

Además de los medios de comunicación entre los sujetos obligados, se incluye a las microfinancieras, cajas de crédito e intermediarias financieras no bancarias; importadores o exportadores de productos de insumos agropecuarios y de vehículos nuevos y usados; sociedades emisoras de tarjetas de crédito, coemisores y grupos relacionados; casinos y casas de juego; agencias de viajes, empresas de transporte aéreo, terrestre y marítimo, entre otras entidades.

Estos deberán contratar a un Oficial de Cumplimiento que informe a la Fiscalía General de la República sobre sus transacciones mayores a los $10 mil realizadas en un mes.