OIT avala ley de la función pública

La califica de positiva y considera que es una normativa compleja que regula aspectos sustantivos sin omitir otros de índole jurisdiccional

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Con este proyecto de ley se busca la profesionalización de los empleados de la administración pública.

Por Edmee Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2014-04-16 7:00:00

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) dio el visto bueno al anteproyecto de Ley de la Función Pública, normativa que establecerá las bases para el desarrollo de la carrera administrativa y la relación entre los servidores públicos con la administración pública.

El organismo evaluó el documento que le fue presentado en noviembre del año pasado por la Subsecretaría de Gobernabilidad y Modernización del Estado, para que le remitiera sus comentarios y opinión técnica sobre esta propuesta de ley que aún no llega a la Asamblea Legislativa para su estudio.

“El espíritu del anteproyecto, valga como una primera y general valoración, es positivo, y la regulación que propone, moderna e innovadora. Es una ley compleja, sin duda, en cuanto regula aspectos sustantivos y no pocos adjetivos o procedimentales, sin omitir otros de índole jurisdiccional. Es del todo plausible, debe recalcarse de entrada, que el modelo que se quiere institucionalizar se oriente en un sentido integrador, acomodado en favor de la carrera administrativa”, de acuerdo con el informe.

La OIT destaca que el modelo que se promueve resalta la idea de que la carrera administrativa se desarrollará por medio de un sistema que evaluará el desempeño de los empleados con objetividad, imparcialidad y ética en las actuaciones, del mérito y aptitud en el ingreso y las promociones y ascensos profesionales, a la vez unificando las funciones para cada cargo en el sector público.

También resalta la transparencia y publicidad en los procedimientos y la estabilidad laboral de los servidores pertenecientes a la carrera administrativa.

Otro aspecto positivo que describe el organismo es que la propuesta se desarrollaría como el régimen general de la función pública.

Sobre el tema sindical, la OIT aplaude el tratamiento detallado y consistente sobre los derechos de libertad sindical y de la negociación colectiva. La propuesta gubernamental ha planteado reforzar en tres áreas concretas: la protección de la libertad sindical, la negociación colectiva y los mecanismos de solución de conflictos colectivos jurídicos y económicos.

El artículo 146 del anteproyecto, relativo al derecho de asociación sindical, señala que está en consonancia con lo dispuesto en el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, de 1948, y que ha sido ratificado por El Salvador, así como con el artículo 148 que habla sobre la protección contra actos de discriminación antisindical, que está igualmente en concordancia con el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, de 1949, y que también ha sido ratificado por el país.

“En términos generales, el texto (del anteproyecto) se ajusta al texto de los convenios y recomendaciones de la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva, valoración general que en todo caso no se contradice con algunas sugerencias puntuales de enmienda que se harán en su oportunidad.

Cabe destacar que si bien este anteproyecto de ley cuenta con el aporte de 11 Confederaciones y federaciones sindicales no ha sido aceptado por todos los sindicatos que la integran.

Estos sectores no están de acuerdo con diferentes puntos, entre ellos, por la derogatoria de la Ley del Servicio Civil al entrar en vigencia dicha ley, además que dicen que se violaría la Constitución de la República así como convenios internacionales suscritos por el país ante la OIT, situación que ha sido descartada en el presente informe.

En el tema de higiene y seguridad también hacen comentarios positivos.

La OIT destaca la vinculación del régimen de la función pública con las prescripciones concernientes a higiene y seguridad establecidas por la Ley General de Prevención de Riesgos en los lugares de trabajo, reglamentos y demás normas especiales, para la seguridad y protección de los trabajadores y de los lugares de trabajo.

Así también que han cuidado en detalle el tratamiento del principio de no discriminación y de igualdad de trato, poniendo como ejemplo el artículo 61 literal ‘g’ que establece la prohibición de solicitar pruebas de embarazo y VIH como requisitos para ingresar a la administración pública, o durante la relación laboral. Igualmente con los casos de funcionarios con responsabilidades familiares y particularmente respecto al tratamiento en el tema de las licencias de maternidad y paternidad.

La temática sobre el procedimiento disciplinario fue el último contenido abordado por la OIT.

Afirman que esto deja ver una concepción equilibrada sobre los límites del poder sancionatorio de la administración.

Tras una evaluación positiva, el organismo envió una corta lista de observaciones específicas del proyecto de ley. Una de las sugerencias es considerar agregar la ascendencia nacional como motivo de discriminación. Esto hace referencia no a la nacionalidad de la persona, sino al lugar de nacimiento en el extranjero o a la ascendencia u origen extranjero.

También sugieren, en el tema del acoso sexual, que se considere como todo comportamiento no deseado que tenga connotación sexual, sea que se exprese física o verbalmente y que tenga por objeto o efecto atentar contra la integridad del funcionario o su dignidad.

Asimismo, que se constituya como acoso moral toda conducta “vejatoria que se manifiesta particularmente por comportamientos, palabras, intimidaciones, actos, gestos o escritos unilaterales reiterados” que tengan como objeto atentar contra la personalidad, dignidad o integridad física de un funcionario por su raza, sexo, color, origen étnico, estado civil, entre otros, durante la ejecución de su trabajo o de poner en peligro su empleo.

José Morales Carbonell, subsecretario de Gobernabilidad y Modernización del Estado, expresó que fue en diciembre de 2012 que la subsecretaría se comprometió en remitir a la OIT el documento resultante del proceso de consulta, para conocer la congruencia de dicha propuesta con las normas internacionales del trabajo.