La CIDH lleva ante CorteIDH caso Agapito

Fue condenado a 15 años por el secuestro de un empresario, pero con pruebas deficientes

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La CIDH lleva ante CorteIDH caso Agapito

Por Tomás Guevara nacional@eldiariodehoy.com

2014-04-01 7:45:00

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ente adscrito a la Organización de Estados Americanos (OEA), envió el expediente de investigación sobre el caso del prisionero salvadoreño José Agapito Ruano Torres y su familia contra el Estado de El Salvador a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) para una resolución final.

La CIDH razonó que en el caso No. 12.679: se comprueba la existencia de una secuencia de violaciones a los mandatos de la Convención Americana, los cuales infringió El Salvador en perjuicio del ahora convicto, desde su detención la madrugada del 17 de octubre de 2000.

“La Comisión concluyó que los maltratos físicos y verbales constituyeron tortura. Posteriormente fue procesado y condenado penalmente en violación de las garantías mínimas de debido proceso. Actualmente continúa cumpliendo su condena”, considera la CIDH en la resolución hecha pública este martes.

Ruano Torres apeló su caso a principios de 2012 a la sede de la comisión en Washington, Estados Unidos, aduciendo que fue condenado a 15 años de prisión de forma injusta en 2001 por el Tribunal 2° de Sentencia de San Salvador, bajo cargo de secuestro contra un empresario de autobuses.

Cuestiona también el trabajo desarrollado por la Fiscalía General y la Procuraduría General al no asistir de manera eficiente al demandante y hacer efectiva una condena en el sistema judicial salvadoreño con serias dudas sobre su culpabilidad.

“En particular, José Agapito Ruano Torres fue condenado con serias dudas sobre si él era efectivamente la persona que se alegaba que había cometido el delito. Las únicas dos pruebas en que se basó la condena fueron practicadas con una serie de irregularidades. Por ello, la CIDH concluyó que el Estado violó el derecho a la presunción de inocencia”, cita un comunicado difundo por la institución en Washington.

La CIDH “consideró que la deficiente actuación de la defensoría pública constituyó una violación al derecho de defensa. En consideración de la Comisión, la privación de libertad en cumplimiento de una condena emitida en violación a dichas garantías fue, y continúa siendo, arbitraria”, reza la sentencia.

Las deliberaciones y mandatos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tienen efecto vinculante y de obligatoriedad en su cumplimiento para El Salvador, al haberse adherido el Estado, en 1995, bajo ese régimen de protección de derechos humanos a escala continental.

El expediente del caso fue enviado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 13 de febrero pasado, ante la falta de avances sustanciosos de las recomendaciones hechas por el organismo a las autoridades salvadoreñas, las que debían mostrar diligencias para subsanar el caso.

Implicaciones

La recepción de la demanda de Ruano Torres en la Comisión, en abril de 2012, generó una serie de reacciones y previsiones a juicio de juristas salvadoreños que adelantaron las implicaciones que tendría una sentencia para el sistema judicial el trasladar el expediente a la CorteIDH.

En esa oportunidad el jurista Francisco Bertrand Galindo consideró que una sentencia condenatoria de la comisión contra el Estado podría tener efectos jurídicos, en especial porque en un caso como el demandado no se puede resarcir o devolver la libertad de los años que Ruano lleva en prisión.

Una eventual sentencia condenatoria contra el estado de El Salvador podría obligar a una indemnización de Agapito Ruano Torres por los daños sufridos durante los años de encierro en las cárceles salvadoreñas, vaticinó el jurista en esa oportunidad.