En busca de respuestas

El Centro de Asistencia Legal y Anti Corrupción (ALAC) pidió información sobre la construcción del nuevo Maternidad

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En busca de respuestas

Por nacional@eldiariodehoy.com

2014-02-24 8:00:00

El 17 de febrero, la ingeniero Carmen Cecilia Reyes de Morán, directora de Desarrollo de Infraestructura Sanitaria del Minsal envió respuesta a varias de las solicitudes de información hechas por Roberto Burgos, de ALAC.

Respecto a la solicitud de copias de Memoria de Diseño del Hospital de Maternidad, se dio acceso a dos archivos PDF, uno correspondiente a la memoria de diseño del Edificio “A” y otro correspondiente a la memoria de diseño del edificio “B”.

Ante la solicitud de copias de la bitácora de la Obra del Hospital de Maternidad que corresponden al periodo de abril a noviembre de 2013, la ingeniero respondió: “Las bitácoras se encuentran en el sitio de la obra, resguardadas por la Supervisión Externa, a la fecha se cuenta con 42 tomos, sin embargo debido a que a la fecha no se ha finalizado el periodo contractual dichos documentos no han sido entregados a esta Dirección: dichos documentos serán entregados oficialmente luego de la recepción final de la obra.

Sobre la solicitud de copia de la correspondencia entre la empresa constructora y el despacho del Ministerio de Salud durante el periodo comprendido desde abril a noviembre de 2013, la ingeniero respondió: “En esta dirección no contamos con los archivos solicitados”.

Sobre este punto, el Oficial de Información del Minsal, Carlos Alfredo Castillo, añade en el acta de entrega de información: “La citada Directora señala que no obra en su poder dicho intercambio de correspondencia y siendo que lo requerido es el cruce de notas entre la empresa constructora y el despacho de la titular, nota el suscrito que ello comprende una serie de observaciones o reclamos efectuados por la empresa constructora, mismos que deberá ser diligenciados ya sea en sede administrativa o Judicial según corresponda, ello encaja en lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Acceso a la Información Pública literales “e”, “g” y “h” que define el mandato de ley como información reservada aquella que “forme parte del proceso deliberativo, en tanto no sea adoptada la decisión definitiva”.

El funcionario prosigue: “De igual manera tiene tal calidad la que comprometiere estrategias y funciones estatales en procedimientos judiciales o administrativos o la que pueda generar una ventaja indebida a una persona en perjuicio de un tercero, es decir la información requerida en el numeral cuarto reúne la calidad de Información Reservada por cuanto encaja en lo relacionado al artículo en comento y así deberá ser declarada”.