Dos soldados libres por un homicidio

Juzgado Séptimo de Instrucción ordena su libertad mientras sigan procesados por el asesinato

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Los dos militares procesados fueron llevados a los tribunales en septiembre. Foto EDH / Archivo

Por ??scar Iraheta Twitter: @oscar_iraheta

2014-01-04 7:00:00

El sistema judicial salvadoreño favoreció hace tres semanas a dos soldados que están acusados de matar a Pedro Antonio Avelar González, propietario de una empresa de seguridad. El Juzgado Séptimo de Instrucción ordenó que los efectivos militares sean procesados en libertad mientras sigue el proceso.

Avelar González, de 47 años, murió en septiembre pasado, después de permanecer una semana en un hospital. Tenía una lesión de bala que le perforó el cráneo. Su amigo, Sal Eduardo Moreira, recibió otro disparo en la columna vertebral. Quedó en silla de ruedas. Las letales heridas fueron provocadas, al parecer, por los dos soldados que fueron beneficiados por el referido juzgado.

Según el proceso, Virgilio P. D. y José Manuel G. R. fueron acusados por disparar contra González y Moreira durante un confuso hecho que ocurrió en el bulevar Arturo Castellanos, el 20 de septiembre.

El juzgado Séptimo de Instrucción benefició a los acusados y les levantó la orden de estar presos a cambio de varias condiciones. Algunas de ellas son: no salir del país, no cambiar de domicilio, presentarse a firmar cada 15 días y no acercarse a las familias de las víctimas. La resolución establece que la Fiscalía estuvo de acuerdo con la decisión del tribunal, no así los abogados de la querella (abogados privados de la familia). Uno de ellos, Julio César Magaña Sánchez, expresó “que no es correcta la decisión porque se trata de un delito grave”.

“Presentamos la apelación a la decisión judicial. La ley establece, en el artículo 331 del Código Procesal Penal, que no puede darse medidas sustitutivas a la detención cuando se trate de delitos graves como el homicidio simple o agravado”, alegó el acusador.

En la resolución, los abogados querellantes argumentan que “se está en presencia de un delito grave, ya que hay una persona muerta”.

Además, asegura que “no hay evidencia para robustecer que los soldados (imputados) actuaron en defensa propia”. También dicen que “ha existido un mal procedimiento de parte de efectivos militares, ya que dispararon 17 veces”.

El referido juzgado razonó que “es de mencionar que si bien es cierto que concurre el criterio objetivo de gravedad del hecho, ya que en una eventual condena la pena a imponer supera los tres años de prisión, por lo que es considerado como delito grave”.

Sin embargo, explica que deben de valorarse otros aspectos, como por ejemplo que “no consta en el proceso que los implicados tengan antecedentes penales o policiales, o que sean reincidentes, asimismo los acusados no han exteriorizado una conducta negativa que genere la sospecha que estando en libertad puedan darse a la fuga”.

Añade que “más bien, se desprende que los imputados, por ser integrantes activos de la Fuerza Armada, en la Brigada Especial de Seguridad Militar, continuarán con sus labores, por lo que la detención no es la única medida cautelar que permite la vinculación de los imputados al proceso penal”.

“Es procedente sustituir la medida cautelar de la detención provisional impuesta por el Juzgado Décimo Tercero de Paz, por otras medidas menos gravosas”, dice la resolución judicial.

En su resolución, el Juzgado afirma que “las órdenes de libertad correspondientes se librarán una vez transcurra el término para interponer recursos de parte de las partes”.

Dispararon 17 veces a las dos víctimas

Según el proceso, los militares dispararon en 17 ocasiones con sus fusiles M-16 contra los dos hombres, después que un grupo de personas les pidió auxilio y acusara a las víctimas de amenazarlas con arma de fuego.

Los soldados alegan que Avelar González y su amigo los amenazaron con sus pistolas después que les ordenaron que se detuvieran. En el interior del vehículo estaban dos armas de fuego calibre 9 mm, una Sig Sauguer y otra Smith & Weson, según la investigación.

Empero, los abogados y familiares de Avelar González y su amigo aseguran que los soldados se excedieron en sus funciones, pues sus parientes nunca dispararon sus armas. Para el juez Francisco Escoto, del 13 de Paz, la acción de los militares no fue normal para intervenir a una persona. Afirmó en la audiencia inicial celebrada después del hecho donde “las lesiones fueron letales y tenían intención de matar”.

Escoto cambió el delito de lesiones y lo calificó como intento de homicidio agravado simple. Los envió a la cárcel.

Discusión y amenazas

De acuerdo con el proceso en el Juzgado 12 de Paz de San Salvador, donde las víctimas son imputados por el delito de amenazas, se ha determinado que el altercado se originó por una discusión entre González y tres personas que fueron identificadas como María Flor R., Julio César A. y Jaime Alberto A.

Según los relatos, González intentó orinar frente a un chalet donde se encontraban las referidas personas después de haber comprado cervezas en la gasolinera.

Tras percatarse de la acción de González, las tres personas expresaron su desagrado y le gritaron “que no lo hiciera”. González siguió con la acción y se originó un intercambio de ofensas verbales durante varios minutos.

La Fiscalía y las primeras investigaciones determinaron que, supuestamente, González amenazó con su arma a las personas.

La mujer que viajaba en el automóvil asegura, en la declaración que dio en la Policía, que González y Moreira no dispararon contra las personas que pedían auxilio, pero sí confirma que González no acató la señal de alto de los soldados y emprendió la marcha del carro.

La versión de las tres personas que pidieron ayuda a los militares es corta. No es muy clara, según documentos a los que tuvo acceso El Diario de Hoy. Aseguran que González les disparó en varias ocasiones.

Sin embargo, sus testimonios no fueron ampliados y expuestos ante el juez. No se presentaron a la audiencia inicial como ofendidos de las supuestas amenazas de Moreira. El notificador judicial estableció que no encontró a ninguna de las tres personas en las direcciones que dieron a la Policía. Además, no contestaron sus teléfono. El juez absolvió definitivamente a Moreira, González y a la sobreviviente porque no encontró evidencias de las amenazas.

Para la querella, las tres personas que originaron el hecho mintieron y engañaron a los soldados para que actuaran exageradamente en contra su cliente.