Cinco claves para entender la Ley Seca

Entérate en qué consiste esta ley y cuáles son sus consecuencias de no cumplirla

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Por Lisseth Guillén

2018-03-02 5:30:00

El Salvador celebrará este domingo 04 de marzo las elecciones de alcaldes y diputados, es por esto que la Policía Nacional Civil (PNC) hizo nuevamente un llamado a los ciudadanos, sobre todo a los comerciantes, a no vender bebidas alcohólicas para respetar la Ley Seca.

A partir de las 00.00 horas del sábado 03 de marzo entrará en vigencia la normativa y finalizará la madrugada del martes. De no cumplir con lo establecido, se pondrán multas de más de 140 dólares.

La normativa, según el Código Electoral (en su artículo 284), comprende que antes, durante y después de las votaciones, nadie puede vender ni consumir bebidas alcohólicas. Con esto se busca garantizar que la persona puede emitir el sufragio de manera consciente y evitar riñas entre simpatizantes de diferentes partidos políticos.

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Además, contempla que la Policía será la responsable de verificar si el comercio está cumpliendo con la disposición.

Para evitar inconvenientes, te compartimos cinco puntos para entender la Ley Seca.

1. Ningún establecimiento puede vender bebidas alcohólicas ni distribuirlas en dicho período. Además, ese tipo de productos deben ser cubiertos o retirados de las salas de venta.

2. Una persona ebria no podrá votar. Si es sorprendido por las autoridades lo sacarán del centro de votación y le asignarán la multa a pagar.

3. Consumir, vender o distribuir bebidas embriagantes no produce arresto sino multa, pero si el infractor conduce auto sería procesado por conducción temeraria. De estar comercializando, también podría ser acreedor a la sanción municipal pertinente.

4. De tratarse de algún festejo en casa, las autoridades pueden intervenir y decomisarán las bebidas abiertas pues, en este caso, es el consumo lo que sería sancionado.

5. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) hará público un comunicado recordando esta disposición y las consecuencias a que se exponen aquellas personas naturales o jurídicas que la transgredan.

De acuerdo con los artículos 284 y 253 del Código Electoral, las multan están comprendidas entre $114.28 hasta $1,142.85 y se aplican dependiendo de la gravedad de la infracción a criterio de la situación.