Juicio a supuestos narcos a tribunal común y no a Antimafia

Tras declararse dos juzgados de Sentencia incompetentes, la Corte Suprema de Justicia ordenó que sea un tribunal común quien vea el caso.

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Entre los procesados está el empresario y exconcejal de Metapán, Jesús Sanabria, según la Fiscalía y Policía. Foto EDH / Archivo

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2013-12-21 7:00:00

La CSJ ordenó que el juicio contra ocho sujetos procesados supuestamente por ser parte de una estructura de narcotráfico que opera en el occidente del país, deberá de realizarse en un tribunal común y no en uno de crimen organizado como se encontraba en un inicio.

Una resolución notificada ayer establece que el proceso contra Eugenio David C. B., Alberto Barrios M., Ricardo Hermógenes U., Edgardo Aquiles L. M., Carlos Alfonso V., A., Amaldis Alcindo R. V., y Hugo Alexander M. (guatemalteco) y Jesús Sanabria Z., (exconcejal de la alcaldía de Metapán) deberán ser enjuiciados en el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Ana.

El documento afirma que en julio pasado el Juzgado Antimafia de Sentencia de Santa Ana, el cual era presidido por una jueza suplente, se declaró incompetente porque argumentó que el caso era de “delincuencia común, pues no se establecía que los sujetos pertenecieran a una estructura criminal”.

Además no había prueba documental que determinara que los imputadas confirmaran una estructura. Tampoco se aseguraba cuáles eran los roles de cada uno de ellos dentro de la estructura, según la juzgadora.

Sin embargo, la Fiscalía ha mantenido que los detenidos son parte del tráfico de drogas de la referida zona. Son procesados por tráfico ilícito (cinco kilos de cocaína). La investigación se realizó con agentes encubiertos de la Policía y a la hora de las detenciones hubo intercambio de disparos.

Cuando el caso llegó al tribunal común, el juez dijo que sí era de crimen organizado y se negó a realizarlo.

Al declararse ambos incompetentes, la CSJ revisó el proceso y ordenó que sea este último tribunal que lo realice.

La CSJ en su resolución establece que el referido juez no tomó en consideración la resolución de la Sala de lo Constitucional de diciembre pasado la cual establece qué casos deben de ser procesados en tribunales comunes y de crimen organizados.