Abogado de Enel: No hay mérito legal para anular contrato

Francisco Bertrand Galindo, apoderado legal de Enel, sostiene que plazos para que se aceptara la demanda ya concluyeron

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La explotación de la energía geotérmica ha propiciado un litigio en los tribunales nacionales, y un arbitraje a nivel internacional que se resolvió a favor de la italiana Enel. foto edh / archivo

Por José Zometa politica@eldiariodehoy.com

2013-12-07 7:00:00

Para el apoderado legal de la empresa italiana, Enel Green Power, Francisco Bertrand Galindo, la admisión de la demanda por parte de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no tiene “mérito legal”, por lo que la anulación del contrato con CEL para la explotación de la energía geotérmica, que pide el demandante, tampoco es aplicable.

“Yo en lo personal no conozco todo el escrito del abogado Fermán, pero conozco una parte. Para mí no hay mérito legal para que fallen en contra del contrato”, manifestó de entrada Bertrand Galindo tras conocer de la admisión de la demanda interpuesta por el ciudadano, Francisco José Fermán.

Concretamente, el abogado de Enel, se refiere a que ya concluyeron los plazos que otorga la ley para que la Sala de lo Contencioso admita dicho recurso.

“Ya pasaron todos los plazos para que la Sala pueda aceptar algunos de estos recursos, ella tiene un plazo para aceptar procedimientos. El tema de la lesividad ya pasó los cuatro años”, apuntó Bertrand Galindo.

A criterio del jurista, solamente hay un plazo que no ha prescrito, el cual puede alegar el demandante, pero que a su juicio no aplica en este caso.

“La única forma que pudiera estar aceptando el argumento del doctor Fermán es lo que le llaman una nulidad de pleno derecho, pero ese tipo de nulidades no es el caso aquí porque una nulidad de pleno derecho para que se dé es que haya habido casi un hecho inexistente, como decirle, por ejemplo, que el ministro de Defensa nombre al presidente de CEL, eso sería una nulidad de pleno derecho porque no le corresponde a él” explicó el apoderado legal de Enel.

Agregó que en el presente caso “no estamos hablando de eso, aquí estamos hablando que el contrato se firma en base a una ley existente; o sea que no se puede hablar de una nulidad de pleno derecho”, recalcó el abogado.

La Sala de lo Contencioso, aparte de admitir la demanda de Fermán, que presentó en mayo anterior pidiendo la nulidad del contrato suscrito en 2002, ordena congelar el traspaso de las acciones a Enel.

“Suspéndase provisionalmente la ejecución de los efectos de los actos administrativos impugnados, en el sentido que la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) se abstenga de continuar realizando el traspaso de las acciones, y bienes muebles o inmuebles, a nombre de Enel Green Power, mientras dure el trámite del presente proceso”, dice la parte resolutiva de la Sala de lo Contencioso Administrativo, de fecha 7 de diciembre.

Para el demandante es un paso importante, para según él, detener ese contrato lesivo para el Estado salvadoreño, para lo cual, a su juicio, no se siguieron los pasos legales pertinentes.

“Lo hago en calidad de ciudadano por las anomalías que se dieron en el traslado de bienes públicos nacionales a una empresa privada, sin valúo y sin aprobación del Congreso Nacional”, manifestó Francisco Fermán, al salir de la Corte Suprema de Justicia, con la notificación de la Sala en mano.

Para el demandante, el Estado está en la obligación de preservar el control de los pocos recursos energéticos con los que cuenta.

“Hay que hacer una revisión total de toda legislación que sea atinente a lo hidráulico, a lo eléctrico, porque son la columna vertebral de la economía nacional. Esos bienes son de los salvadoreños, son bienes nuestros, no pueden estar en manos de extranjeros, el Estado y Gobierno debe mantener el control de esos bienes estratégicos. El vapor es el petróleo blanco de El Salvador, no puede cederse en esa manera como se ha hecho”, estimó Fermán.

La italiana Enel Green Power ganó en el año 2001 una licitación pública internacional para convertirse en socio estratégico de Inversiones Energéticas (Ine) –empresa creada por CEL– para la exploración, evaluación y construcción de pozos geotérmicos para producir electricidad.

De la unión de esas dos compañías nació, en junio de 2002, un acuerdo de accionistas que les permitía a los italianos invertir en la III unidad de Berlín, Usulután, primero; y en otros proyectos que después los llevaría a ser los accionistas mayoritarios de LaGeo.

En el 2008 Enel intentó realizar inversiones por un monto de $127.4 millones, lo que aumentaría sus acciones en LaGeo hasta el 53.25 por ciento, pero el entonces titular de CEL, Nicolás Salume se opuso.

Tras un arbitraje internacional, la Cámara Internacional de Comercio (ICC por sus siglas en inglés), con sede en París, Francia, resolvió en 2011 a favor de la empresa italiana y dijo que Enel tenía el primer derecho a suscribir todas las acciones; es decir, convertirse en el socio mayoritario.

Enfoque electoral

Para el abogado de Enel, en este caso la parte demandada es CEL, aunque como empresa socia Enel deberá también presentar sus argumentos para defender la legalidad del contrato. “Yo en lo personal no veo que haya una resolución final de nulidad. Yo creo que esto sigue siendo parte de lo que hemos hablado del enfoque político que se le está dando ahora con la campaña, pero creo que la Sala es lo suficiente seria y va a resolver lo que realmente corresponde a derecho”, manifestó Bertrand Galindo.

Por ese caso, la Asamblea Legislativa abrió una comisión especial que citó a diversos ex funcionarios, entre ellos, Guillermo Sol Bang, extitular de CEL; a Francisco Flores, expresidente de la República y a Miguel Lacayo, exministro de Economía, quienes comparecieron ante los diputados y explicaron sobre los instrumentos legales utilizados para la firma del contrato entre CEL y Enel.

A excepción del expresidente Flores, varios de esos exfuncionarios fueron acusados por la Fiscalía General de la República ante los tribunales comunes, bajo cargos de peculado y falsedad documental agravada.

Sin embargo, el Juzgado Séptimo de Paz, estableció que la acusación fiscal podría estar “en crisis”, por la debilidad de sus argumentos y resolvió enviar el caso a un tribunal superior, pero mantiene en libertad a los procesados, pues consideró que con su presencia en la audiencia los acusados han demostrado que lejos de evadir la justicia, están dispuestos a colaborar para esclarecer el caso.

El partido ARENA y varios sectores han cuestionado este procedimiento contra los exfuncionarios, porque estiman que se trata de una “persecución política”, en contra de miembros de ese instituto político en plena campaña electoral.