“Jueces no deben hacer valoraciones sin significado legal”

El Juez 11º de Paz afirma que están llamados a ser precisos en sus valoraciones. El Fiscal General tiene "algo" de razón en sus comentarios.

descripción de la imagen
Para el juez 11o. de Paz, Aníbal Osorio, son válidas las diferentes opiniones en torno al caso CEL-Enel. Foto EDH / J. López

Por Jaime López sucesos@eldiariodehoy.com

2013-11-29 7:00:00

Para el juez Décimo Primero de Paz de San Salvador, Aníbal Osorio, la jueza Séptimo de Paz resolvió en el proceso conocido como Cel-Enel, cumpliendo los principios de independencia e imparcialidad y no bajo presión de ningún sector; llámese Fiscal General, Presidente de la República u otras personas.

“Por ello mi respaldo a su actuación”, subrayó Osorio.

La posición del Fiscal General, Luis Martínez, en cuanto a la aseveración de la jueza Séptimo de Paz en el caso Cel- Enel, es digna y merecedora de toda consideración, “porque podría tener un poco de razón”.

“Los tribunales deben decir las cosas como son, no hacer valoraciones que no tengan ningún significado procesal, de hecho la palabra crisis no es propia de la técnica jurídica – procesal”.

Sin embargo, el juez en su ejercicio puede hacer todas las valoraciones que considere y escribirlas en su resolución. Y las partes (defensores y acusadores) tienen todo el derecho de cuestionarlas y “por eso ninguno está cometiendo pecado”, destacó Osorio.

En todo caso es el tribunal superior, Juzgado de Instrucción o una Cámara, que tendía que dar el significado jurídico de las apreciaciones.

“Lo que dice el Fiscal General tiene tanto significado como lo que dijo la honorable jueza como también lo es la opinión que dio el Presidente de la República”.

Al final de todo esto, es que el caso ha pasado a la segunda fase y ese es el verdadero significado.

Todo lo demás son opiniones o apreciaciones son válidas. Las apreciaciones del señor Fiscal General demuestran el interés, de que se cumpla la justicia penal como es su tarea”.

“Si opina un Presidente o el primer ciudadano, el más interesado como todos en que las cosas se aclaren, se aplique la justicia correctamente”, dijo.

Sobre lo que el presidente Funes, dijo que la jueza no estaba en capacidad de determinar o examinar el trabajo que ha hecho la Fiscalía, Osorio puntualizó que el Ministerio Público se encarga de investigar, recoger evidencias, ordenarla, prepararla y respaldarla con un alegato convincente y persuasivo; y presentarlo a un tribunal.

Entre tanto, parte del trabajo de los jueces es revisar que el fiscal haya hecho la investigación correcta, respetuosa de los derechos de audiencia, que le haya permitido a las partes (defensores e imputados) controvertir los hechos, esa es la calificación que le hace el juez al fiscal.

“La capacidad en términos legales consiste que el juez conoce lo que el fiscal le presenta. Si el fiscal le presenta un caso sin prueba, el juez no puede resolver sin prueba”, explicó.

Por su parte la jueza Segundo de Paz, quien prefirió no identificarse, puntualizó que las calificaciones de los delitos son temporales; ni la Fiscalía ni los jueces tienen la última palabra en estos casos.

“Para eso, el proceso tiene tres etapas y es en la última o Sentencia, que se determinará si los hechos quedan calificados como los presentó el Ministerio Público o si hay una recalificación”, afirmó la jueza.

Pero inicialmente, la jueza después del análisis de los hechos dijo que hay crisis en la Fiscalía para calificar los hechos, ella está en su derecho de decirlo porque la Ley lo faculta.

Hay independencia para que los jueces puedan hacer los análisis de los delitos penales y demás leyes que tienen que ver con un caso para resolver.