CSJ reitera a VMT que devuelva permisos a R29

Sala de lo Contencioso declaró "improcedente" la petición del VMT de no suspender la sanción contra Acopatt

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En total son 72 buses de la ruta 29, de Acopatt, a los que les suspendieron permisos de línea y los contratos.

Por Marielos Ramírez nacional@elsalvador.com

2013-11-08 8:00:00

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó, por segunda ocasión, al Viceministerio de Transporte que cumpla la medida cautelar decretada, la cual consiste en que se incluya en el sistema de caja única (registro interno de los buses y microbuses que están vigentes) los permisos de línea de 34 buses de la Asociación Cooperativa de Pilotos Automovilistas y Trabajadores del Transporte (Acopatt), de las rutas 29C, 29E y 29F .

Son tres resoluciones, una por cada ruta, y fueron notificadas el 4 de noviembre.

En cada documento se le da al VMT un plazo de 15 días hábiles para que rinda un nuevo informe “con las justificaciones en las que fundamenta la legalidad del acto administrativo impugnado”.

La pelea legal entre la asociación y el VMT se remonta a inicios del año, cuando a las unidades les fueron quitados los permisos para trabajar y las placas, por supuestamente subir el costo del pasaje sin autorización. Como consecuencia también perdieron el derecho a recibir el subsidio al pasaje.

Este hecho ocasionó que Acopatt interpusiera seis amparos el 8 de mayo de 2013 al VMT ante la CSJ para que se revocara la medida del VMT de suspender los permisos de línea.

El 12 de junio de 2013, la Sala admitió tres de las seis demandas interpuestas por Acopatt. En las notificaciones número 172-2013; 173-2013 y la 174-2013, la Sala emitió una medida sustitutiva que suspendía provisionalmente la sanción que el VMT hizo a la gremial.

Esa medida cautelar fue emitida por primera vez por la CSJ el 12 de junio, resultado de la cual 34 buses de Acopatt reanudarían el servicio de transporte público en la zona de Soyapango e Ilopango.

En esa ocasión, la CSJ también daba un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación para que el VMT diera sus alegatos.

El 1 de noviembre, consultado mientras inspeccionaba el avance de la construcción del paso a desnivel Arturo Castellanos, el viceministro de Transporte, Nelson García, dijo que no acataría el fallo, tampoco ingresaría los datos de las unidades del sistema de caja única, hasta que la Sala de lo Contencioso le contestara una observación que hizo al respecto. Sin embargo, esas observaciones fueron enviadas a la Sala por el VMT fuera de tiempo, según consta en la notificación 173-2013 con fecha 24 de julio.

En el documento enviado con fecha 14 de junio de 2013, el VMT solicita que “declaréis sin lugar la suspensión provisional del acto administrativo impugnado”.

Y expone que “la resolución de la cual está recurriendo la parte actora (Acopatt) a la fecha ya ha sido ejecutada, habiéndose en consecuencia cancelado a la fecha las líneas de transporte y el contrato de concesión relacionadas con dichas líneas”. Esta información está registrada en la solicitud con registro número 0175.

El 4 de noviembre, la Sala de lo contencioso notifica tres nuevas resoluciones de los mismos casos en respuesta a la solicitud del VMT.

En resumen, la Sala resuelve: “Declárase improcedente la petición del demandado de dejar sin efecto la medida cautelar decretada”. Y en el literal “e” de la notificación dice: “Confírmese la suspensión de la ejecución de los efectos del acto administrativo impugnado”.

El representante legal de Acopatt, Juan Pablo Álvarez, opina que las notificaciones reiteran al viceministro de Transporte que debe acatar la resolución y dejar los contratos de concesión en los mismos términos y condiciones previas a la suspensión.

Álvarez dijo que esperan que el viceministro García cumpla en esta ocasión con la medida cautelar que ha emitido la Sala.

Álvarez añadió que debido al “incumplimiento” por parte del VMT de suspender la sanción no pueden cobrar el subsidio que asciende a $48 mil, tampoco pueden refrendar las tarjetas de circulación debido a que no aparecen en el sistema.

Si García incumpliera esta nueva resolución, Álvarez argumentó que se ampararán en la Ley de Procedimientos Constitucionales para solicitar la destitución del funcionario. Añadió que la Ley de Procedimiento de lo Contencioso Administrativo también señala que pueden notificar al Fiscal General de la República para que lo “obligue” a cumplir la medida cautelar.

Según Álvarez, el mismo panorama están viviendo otras gremiales a las que le fueron suspendidos los permisos de línea. Una de ellas es la cooperativa Acacyos de R. L, cuyo representante legal es Genaro Ramírez.

El VMT también les revocó los permisos a 23 unidades de la ruta 46C y a seis de la ruta 46B microbús.

El 20 de agosto le fue admitida la demanda, en donde también se suspende provisionalmente la sanción de Transporte.

Álvarez declaró que consideran que no es “prudente que un funcionario de primer nivel esté haciendo ese tipo de maniobras (no acatar fallo de la Sala). Desconocemos los motivos”.