Acuerdan pagar 15 días de salario por año si renuncia

b La medida es para empleados del sector privado y evalúan que entre en vigencia a partir de 2015

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A los diputados les falta acordar el pago por renuncia a empleados del gobierno. Foto EDH

Por Eugenia Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2013-11-27 7:00:00

El consenso al que llegaron ayer los diputados de la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa es que si un empleado decide retirarse voluntariamente de su lugar de trabajo la empresa le pague 15 días de salario por año laborado.

La medida aplicaría únicamente para los trabajadores del sector privado y para tener derecho a esa prestación el empleado deberá tener como mínimo dos años de laborar para una misma empresa.

Además, los legisladores acordaron que la compensación económica que recibiría un trabajador que renuncie de su puesto de trabajo no deberá exceder de dos salarios mínimos correspondientes al sector para el que ha laborado.

“Son como $460 (por año) en base a ese cálculo y se calculará por los años trabajados. Como FMLN no estuvimos de acuerdo con 15 días nuestra propuesta era 20 días”, aseveró el diputado efemelenista, Dennis Córdova, sin embargo, al final accedieron, argumentó, para que la ley salga lo más pronto posible.

Quedarán excluidas de esta obligación las empresas que indemnizan a sus empleados al finalizar cada año laborado.

En la Comisión aún quedan pendientes de evaluar otros puntos como incluir dentro del pago compensatorio las prestaciones sociales a las que tenía derecho el trabajador, tales como Seguro Social y AFP, entre otras, según explicó Córdova.

Así como la entrada en vigor de la ley, ya que la mayoría de diputados analizaron ayer la posibilidad de que se haga efectiva a partir de 2015.

Asimismo, el trabajador tendrá 90 días contados después de su renuncia para reclamar su prestación económica, ya que después de ese tiempo la empresa no tendrá responsabilidad de cancelarla, si el extrabajador no retira su compensación.

Córdova añadió que también se dejó establecido en la normativa que no podrán renunciar más del 10 % de los empleados que una empresa tiene en su planilla.

El legislador del FMLN ejemplificó que si una compañía tiene 100 empleados, sólo podrán retirarse 10 de ellos de manera inmediata.

Dijo que esto es con el fin de evitar que ocurra una renuncia masiva de empleados del sector privado que podría perjudicar en especial a los micro y pequeños empresarios con menor capacidad financiera que las empresas grandes.

En la ley también se establece que si un patrono tiene dificultades financieras para pagarle al trabajador su prestación completa, el Ministerio de Trabajo intervendrá como mediador para fijar un plazo de pago en cuotas que el patrono deberá cancelar en un periodo máximo de un año.

“Será el ministerio de Trabajo (el que intervenga) a través de la Dirección Nacional de Trabajo para que esta ley se cumpla”, aseveró Córdova.

Asimismo, si una empresa no cuenta con una planilla de trabajadores cotizando en el Seguro Social, será el ministerio de Trabajo el responsable de que al trabajador se le cumpla con su prestación laboral por renuncia voluntaria.

Entre los diputados hubo discusión en torno a la sanción que se le impondría a una empresa por incumplir con la ley, ya que se eliminó el artículo que fijaba una multa para aquellas firmas que no cancelen la compensación.

Sin embargo, el diputado de ARENA, David Reyes, justificó que lo anterior ya está contemplado en el artículo 2 de la normativa, ya que si una empresa no asume su compromiso de pagarle al empleado su prestación laboral, el patrono será el más afectado, dijo.

Reyes explicó que si una empresa desacata la ley, tendrá que pagarle a su trabajador como si se tratara de un despido y no una renuncia voluntaria, es decir, que deberá pagarle el 100% que le corresponde de su salario por año laborado.