Asamblea avala reformas a la Ley de Aviación Civil

La obligación de informar nuevas tarifas a la AAC y la Superintendencia de Competencia son algunos cambios

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Los diputados aprobaron por unanimidad modificar ley de Aviación Civil. Fotos EDH / Jorge reyes

Por Eugenia Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2013-10-10 7:00:00

Los diputados aprobaron ayer con 81 votos 9 modificaciones a la Ley Orgánica de Aviación Civil, entre ellas, la obligatoriedad de las aerolíneas de informar a la Autoridad de Aviación Civil (AAC) y a la Superintendencia de Competencia sobre los cambios en el costo de sus tarifas comerciales.

Esto, a través de una reforma al artículo 22 sobre las “tarifas y fletes de transporte aéreo”, el cual reza en su segundo considerando de la siguiente manera:

“Los operadores de transporte aéreo, deberán registrar sus tarifas y fletes en la AAC y, en ellas deberán describir clara y explícitamente las restricciones a que están sujetas y el tiempo, en que las mismas permanecerán vigentes; así como las respectivas condiciones ofrecidas…”.

Según los diputados Carlos Reyes, de ARENA; Rigoberto Soto, disidente tricolor; y Guillermo Olivo, del FMLN, el cambio realizado no implica una regulación tácita del costo que cobran las aerolíneas.

Pero en el texto modificado en el artículo 22 en el considerando 3 se lee: “Por razones de interés nacional o de necesidad pública del Estado, la AAC, podrá fijar, transitoriamente tarifas mínimas y máximas para el transporte aéreo nacional e internacional, y para ello, deberán solicitar opinión a la Superintendencia de Competencia, responsable de promover, proteger y garantizar la competencia, la cual será vinculante, pero en todo caso, la Superintendencia de Competencia estará obligada a emitir la opinión solicitada”.

Soto, Reyes y Olivo aseguran que pese a lo anterior, no habrá necesidad de una regulación obligatoria, ya que serán las mismas aerolíneas las que reducirán o subirán el costo de sus tarifas, de acuerdo a la competencia que exista en el mercado, ya que para eso reformaron también el artículo 3 de la ley para incorporar el concepto de “cielos abiertos”.

Según Soto, esto permitirá que otras aerolíneas puedan venir al país a comercializar su servicio.

Además, según Reyes, dicho cambio busca que las aerolíneas con las que el país firme convenio contengan el principio de “reciprocidad real y efectiva”, es decir, el mismo trato y beneficios que El Salvador brindará a las aerolíneas que vengan al país a través de la “política de cielos abiertos”, por lo que otros Estados también deberán cumplir con el pacto, de acuerdo a convenios y tratados suscritos por El Salvador con otros países, dijo.

También se reformó el epígrafe del artículo 80 sobre los vuelos conocidos como “charter” que son vuelos especiales. Soto explicó que servirá para que otras aerolíneas que no viajan a El Salvador lo puedan hacer en temporadas altas y de acuerdo a la demanda.

Otro de los artículos reformados es el 86. En este se impone a las aerolíneas la cancelación de una fianza de acuerdo al monto de la inversión. Según Olivo es una garantía en caso que la empresa quiebre para solventar deudas pendientes como boletos.

Olivo anunció que una empresa guatemalteca gestiona vuelos a El Salvador por $90.