Corte rechaza demanda contra Munguía Payés

descripción de la imagen
SANTA ANA. Algunos centros hospitalarios iniciaron como consultorios o clínicas que supieron afrontar la demanda y apostar con inversión en edificios y equipo. Foto edh / cRISTIAN Díaz

Por David Marroquín nacional@eldiariodehoy.com

2013-08-30 6:55:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó ayer un recurso de inconstitucionalidad presentado contra el nombramiento del general David Munguía Payés como ministro de Defensa.

El demandante pedía que se declare inconstitucional el nombramiento de Munguía Payés porque, según él, fue designado al frente del Ministerio de Defensa sin haber presentado el finiquito (solvencia) de la Corte de Cuentas del manejo de fondos públicos.

Pero el fallo advierte que la demanda carece de fundamento, porque se basa en presunciones de que el funcionario no había cumplido con el requisito de presentar la solvencia para asumir el cargo, tras haber estado al frente del Ministerio de Justicia y Seguridad.

“Los argumentos no fueron establecidos a partir del contenido del acuerdo impugnado (nombramiento)”, expresan los magistrados.

Munguía Payés asumió la conducción del Ministerio de la Defensa Nacional el 12 de julio pasado, luego de que el general Atilio Benítez le presentara su renuncia como ministro de Defensa al presidente Mauricio Funes.

El demandante supuso que Munguía no pudo obtener el referido finiquito porque en la fecha en la que fue nombrado por segunda vez al frente de la Fuerza Armada, la Corte de Cuentas estaba acéfala.

El demandante, por tanto, alegó que la designación de Munguía Payés violentaba los artículos 127, ordinario 2 y 161 de la Constitución.

En esos dos artículos se establece que no podrán ser ministros ni viceministros los que hayan administrado o manejado fondos públicos mientras no obtengan el finiquito de sus cuentas.

Por otra parte, la Sala de lo Constitucional también rechazó tramitar una demanda de inconstitucionalidad contra el acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.

Advirtió que los argumentos presentados por el demandante no se refieren al motivo de inconstitucionalidad que pidió en el recurso.