Transparencia Internacional y comisionado de IAIP dicen que se incumple ley

El comisionado Jaime Campos y Roberto Burgos, de Alac-El Salvador, no ven argumento válido para restringir la información.

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La ley le da al Instituto de Acceso a la Información Pública la facultad para dirimir casos como el de la CCR. Foto EDH /Archivo

Por Mirella Cáceres politica@eldiariodehoy.com

2013-08-24 9:00:00

Para Roberto Burgos, coordinador de Transparencia Internacional-El Salvador, a la Corte de Cuentas se le aplica la Ley de Acceso a la Información Pública como a cualquier otra institución del Estado y lo único que puede hacer es declarar información reservada y publicarla, pero sujeta a la apelación de algún ciudadano que no esté de acuerdo.

“Vemos con preocupación que esa institución persiste y restringir el acceso a la información… siguen manteniendo un criterio restrictivo de la ley. Si la ley estableciera que no es aplicable alguna de estas disposiciones a la Corte de Cuentas tendría que decirlo así”, valora Burgos.

“Improcedente”

El también abogado dice que en lo único que la ley exceptúa a la Corte de Cuentas es de publicar informes de procesos que están en fase deliberativa o señalamientos que aún no se le han comprobado a un funcionario, pero eso no cuenta con los informes definitivos de esos procesos, de auditorías periódicas o exámenes especiales.

“Esta resolución es totalmente improcedente, es ilegal y la ley no le da asidero para hacer esto”, dice Burgos sobre la restricción firmada por la oficial de información.

Burgos recuerda que no es nueva que la Corte de Cuentas “venga adoleciendo de falta de transparencia en el uso de sus recursos y de las funciones que constitucionalmente se le han asignado”.

Para el comisionado del Instituto de Acceso a la Información (IAIP), Jaime Campos, no publicar lo que establece claramente el artículo 10 y el artículo 16 de la LAIP cae en una violación a la ley.

El artículo 16 dice que, además de la información enumerada en el artículo 10, la Corte de Cuentas debe publicar los informes finales de auditoria, recuerda Campos.

El comisionado añade que entre los casos de apelaciones que analizan en el IAIP figura una en contra de la CCR que presentó una ciudadana por no recibir información.

Campos recuerda que cualquier ciudadano que no se sienta conforme con este tipo de decisiones puede recurrir al Instituto de Información.