Sala abre proceso por elección de Padilla en presidencia de la CSJ

Tribunal Constitucional admite dos demandas

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Los magistrados Sidney Blanco, Florentín Meléndez, Salomón Padilla, Belarmino Jaime y Rodolfo González integran la Sala de lo Constitucional. Foto EDH /archivo

Por ??scar Iraheta Twiter:@oscar_iraheta

2013-07-24 8:00:00

La Sala de lo Constitucional abrió un proceso formal para determinar si la elección de Salomón Padilla como presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) viola la Constitución en vista de que, según los demandantes, él mismo ha admitido tener vínculos con el partido de gobierno FMLN y esto compromete la independencia que debe tener como juez.

“La demanda se admitirá para enjuiciar la constitucionalidad del art. 2 del DL n° 101/2012, porque la elección del magistrado José Salomón Padilla podría vulnerar el principio de independencia judicial con respecto a los partidos políticos, pues el funcionario elegido tiene, según el demandante, afiliación partidaria (aspecto que contraviene los arts. 85 inc. 1° y 176 Cn.)”, dice la resolución.

Aunque el Tribunal Constitucional no ordenó medidas cautelares, como congelar el nombramiento, no descartó tomarlas en cualquier momento del proceso.

“La Sala aclara que no adopta medida cautelar, pero ella puede ser ordenada en cualquier momento durante el transcurso de este proceso, antes de la sentencia de fondo, si se apreciara que ésta viera frustrada su incidencia en la realidad”, dice el comunicado emitido ayer al mediodía por la Corte.

La Sala se pronunció así al admitir dos demandas interpuestas por los ciudadanos Óscar Oswaldo Campos y José Roberto Rugamas, ya que “con dicha elección se habría producido la contravención al 176 de la Constitución, derivada de la filiación político partidaria de dicho funcionario”.

De la misma manera, le dio a la Asamblea Legislativa un plazo de 10 días hábiles (es decir, no incluyendo sábados y domingos) para que rinda un informe que justifique la constitucionalidad de la elección.

La resolución fue firmada por los magistrados Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Sonia Barillas de Segovia, que sustituye a Padilla, quien es presidente de ese Tribunal, pero no puede juzgar este caso porque fue objetado (recusado) por los demandantes.

Los demandantes exponen que el decreto por el que se eligió a Padilla vulnera el principio de independencia judicial con respecto a los partidos políticos, en cuanto que dicho funcionario tiene afiliación partidaria porque, según los demandantes, el magistrado Padilla expresó en varios medios de comunicación que pertenece al partido FMLN.

En ese sentido, señalan que la Constitución proclama la independencia judicial y plantea un diseño institucional por medio del cual busca un “aislamiento” del Poder Judicial de todo tipo de influencias indebidas por parte del poder político.

Además, establecen que la elección de funcionarios que hace la Asamblea Legislativa no debe obedecer a criterios de conveniencia política o a un simple reparto de cuotas partidarias, ya que eso produce un desmedro a la independencia, específicamente de los magistrados de la Sala de lo Constitucional.

En la resolución, la Sala considera que los demandantes han cumplido con los requisitos y argumentos necesarios para realizar el examen de constitucionalidad sobre el decreto legislativo impugnado y, en consecuencia.

Por lo anterior, expone, es procedente admitir el inicio del proceso a fin de verificar si el nombramiento efectuado contradice lo establecido en la Constitución.