Sala da ultimátum a Sigfrido Reyes para que acate órdenes

Asamblea no ha cumplido con sentencias en casos de amparos

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El presidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes, no ha respondido a las peticiones de la Sala. Foto EDH / Jorge Reyes.

Por ??scar Iraheta Rafael Mendoza sucesos@eldiariodehoy.com

2013-07-18 7:00:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio ayer un plazo de cinco días hábiles al presidente de la Asamblea Legislativa, Sigfrido Reyes, para que acate las órdenes judiciales que realizó, semanas atrás, el máximo órgano de justicia sobre tres procesos de amparos.

“Ordénese al Presidente de la Asamblea Legislativa y a la Gerente de Recursos Humanos de dicho Órgano de Estado: cumplan la medida precautoria y rindan informe, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente auto, en el que detallen la manera en la cual han cumplido con la medida cautelar ordenada en este proceso”, sentencia la Sala de lo Constitucional en uno de los casos.

De no acatar las órdenes judiciales de parte de Reyes, los magistrados han ordenado a la Secretaría de la Sala que le certifique a la Fiscalía General de la República la desobediencia de la Asamblea para los efectos legales pertinentes.

En los fallos, la Sala dice que podría ser constituido de un hecho delictivo, por eso se amparan en el artículo 265 del Código Procesal Penal, el cual dice que: “Tendrán obligación de denunciar o avisar la comisión de los delitos de acción pública: Los funcionarios, empleados públicos, agentes de autoridad o autoridades públicas que los conozcan en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ella”.

El Artículo 322 del Código Penal establece que “El funcionario empleado público, agente de autoridad o autoridad pública que se negare abiertamente a dar el debido cumplimiento a sentencia, decisiones u órdenes de un superior, dictadas dentro del ámbito de su competencia y revestidas de las formalidades legales, será sancionado con prisión de seis meses a un año e inhabilitación especial para el ejercicio del empleo o cargo por igual tiempo”.

Las órdenes judiciales que deberá cumplir la Asamblea Legislativa son dos casos de trabajadores de ese Órgano y uno de acceso a la información, según los documentos.

Amparos laborales y de acceso a la información

En el primer caso la Sala ordena el reinstalo a la señora Reyna Rosimar Santamaría Molina, a quien no se le renovó el contrato de trabajo que tenía como secretaria III en la Asamblea.

Los magistrados admitieron el amparo presentado por la profesional y mientras se estudia la petición decidieron el reinstalo de inmediato.

El segundo caso también de carácter laboral en favor del asistente de comunicaciones, Luis Alberto Ortega Ortega, quien también fue despedido meses atrás por las autoridades de la Asamblea.

Los magistrados ordenaron a Reyes, el pasado 3 de julio, que cumpliera con la medida cautelar (orden de reinstalo).

Además, le ordenaron que debía garantizar que las autoridades administrativas, en especial el área de recursos humanos y de pagaduría del congreso cumplieran con el pago de los salarios retenidos en favor de Ortega.

En la referida fecha, la Sala “requirió a la autoridad demandada (Asamblea) que informara dentro de 24 horas si era cierta o no la actuación que se le atribuía, ello a efecto de garantizar sus oportunidades de audiencia y defensa”.

Sin embargo, la Sala resuelve que “el presidente de la Asamblea Legislativa hasta la fecha no se observa que no ha comunicado información alguna, por lo que es necesario ordenarle que rinda, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente auto, un informe en el que detalle la manera en la cual ha cumplido con la medida cautelar ordenada en este proceso”, señala la Sala de lo Constitucional.

En el tercer caso, los magistrados de la Sala Constitucional pidieron a la Asamblea que explicará por qué se le negó el acceso a la información pública y de petición a un ciudadano.

El demandante pedía a la Junta Directiva de la Asamblea que se le informara el mecanismo de adquisición de obras de arte, objetos navideños y bebidas embriagantes que se entregaron en diciembre pasado en la Asamblea.

El magistrado de la Sala, Rodolfo González, expresó que el no cumplimiento de las órdenes de parte de la Asamblea es un mensaje negativo, ya que la parte demandada no tiene que estar cuestionando los fallos de un tribunal.

“Se deben de acatar los fallos de los tribunales de este país, sobre todo cuando se trata del máximo tribunal de justicia como es la Sala. De no acatarse, no tendría sentido la administración de justicia”, explicó González.