Desde 1944 Asamblea obliga que Corte de Cuentas sea apolítica

Un decreto emitido y publicado en el Diario Oficial el 15 de mayo de ese año establece el propósito de la apoliticidad del ente controlador

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Desde 1944 Asamblea obliga que Corte de Cuentas sea apolítica

Por nacional@eldiariodehoy.com

2013-05-09 7:00:00

Desde 1944, la Asamblea Legislativa ha establecido que la Corte de Cuentas de la República (CCR) debe estar integrada por “funcionarios apolíticos” y condicionados sólo a los asuntos puramente legales.

El decreto 37 del 15 de mayo de 1944, contenido en el Diario Oficial 111 del 19 de mayo de ese año, deja sentado el propósito de apoliticidad e independencia desde la incipiente contraloría pública.

“… la Corte de Cuentas es una institución absolutamente ajena a toda cuestión de índole política”, dice el texto legislativo.

“Su carácter eminentemente técnico, su calidad de juzgadora de la actuación de funcionarios manejadores de fondos, y sobre todo el hecho de que constitucionalmente sea una institución independiente del Poder Ejecutivo, encargada precisamente de controlar la gestión financiera, exigen como garantía de imparcialidad que tal Organismo permanezca libre de toda influencia política”, enfatiza el decreto al definir el carácter de la Corte de Cuentas.

La Asamblea Legislativa agregó en el texto que “en consecuencia, debe estimarse a los funcionarios que la integran, como funcionarios apolíticos y su permanencia en sus puestos no debe estar condicionada en modo alguno por otros motivos que no sean los puramente legales”.

Este decreto cobra especial realce en momentos en que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha anulado dos elecciones de magistrados de la Corte de Cuentas considerando que algunos de los elegidos no cumplían con requisitos de idoneidad, entre ellos la apoliticidad e independencia, por estar vinculados directa o indirectamente a partidos políticos.

La primer sentencia de inconstitucionalidad la emitió la Sala el pasado 23 de enero, en respuesta a un recurso de inconstitucionalidad presentado en 2011.

La segunda fue realizada el 21 de marzo pasado, la cual, ha dejado acéfala la Corte de Cuentas desde esa fecha.

La Asamblea de hecho, está por hacer una nueva elección de magistrados, pero aún no está claro si escogerá a los mismos postulantes, Gregorio Sánchez Trejo y Javier Bernal, junto a un tercero, o recurrirá a otras listas o ternas.

La proclama de la Asamblea de 1944 se produjo pocos días después de la caída de la dictadura de 13 años del general Maximiliano Hernández Martínez tras una huelga de brazos caídos.

De hecho, el decreto fue sancionado por el presidente Andrés I. Menéndez, quien sucedió a Martínez, mientras que como presidente de la Asamblea fungía Francisco A. Reyes.

El decreto también está firmado por Abdón Martínez h., primer secretario; Miguel A. Soriano, secretario interino, y por H. Escobar Serrano, Ministro de Hacienda.

La Sala de lo Constitucional actual ha retomado el espíritu de independencia de la fundación de la Corte de Cuentas, que en las últimas décadas ha estado a cargo de funcionarios vinculados a partidos políticos, con el argumento de que “la Constitución no lo prohíbe expresamente”.