Asamblea Nacional de Nicaragua aprueba reforma que abre camino a reelección de Ortega

Para que entre en vigencia la reforma, aprobada por 64 diputados, deberá ser ratificada por la misma Asamblea Nacional a inicios de 2014

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elsalvador.com

Por Reuters

2013-12-10 2:20:00

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó el martes una reforma constitucional que permitirá al presidente Daniel Ortega presentarse nuevamente a la reelección pero la medida, parte de un paquete más amplio de reformas, deberá ser ratificada por los legisladores a inicios del próximo año.

La Asamblea aprobó una propuesta del gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) para dar carácter constitucional a un fallo del 2009 de la Corte Suprema, que fue clave para abrir el camino hace dos años a la reelección de Ortega a la presidencia.

Para poder entrar en vigencia, la reforma, que fue aprobada por 64 asambleístas, los 63 del FSLN y uno del partido liberal, deberá ser ratificada por la misma Asamblea Nacional a inicios del próximo año, a pesar de que no se le hagan cambios, de acuerdo con las regulaciones legislativas.

Bajo el argumento de que una prohibición violaba sus derechos ciudadanos, la Corte Suprema falló a favor de Ortega en el 2009, lo que le permitió presentarse a los comicios del 2011.

Antes del fallo, los presidentes de Nicaragua podían reelegirse sólo una vez pero no para periodos consecutivos. Además de dar su aval a Ortega, el fallo de la Corte dejó abierta la puerta para una reelección indefinida.

Ortega, quien no ha dicho públicamente si desea contender nuevamente por la presidencia, ya había gobernado en la década de 1980 tras el triunfo de la revolución sandinista y ahora podrá participar en los comicios presidenciales a finales del 2016.

La reforma de los sandinistas también incluye otorgar nuevas facultades al presidente, como el poder emitir leyes y decretos sin tener que solicitar la aprobación de la Asamblea Nacional, unicameral, como sucede actualmente.

También se aprobó dar nuevamente a militares la posibilidad de que ocupen cargos públicos -lo que les había sido cancelado en una reforma en 1995- pero de manera temporal y en caso de emergencia de seguridad nacional. El presidente decidirá la temporalidad del cargo.