Publicidad de AFPs
se desregularía
Tras la puesta en marcha
del nuevo sistema previsional, la
Superintendencia de Pensiones ha propuesto
varias modificaciones a la Ley SAP, entre ellas
liberar el control de la
publicidad
José
Mauricio Segura
El Diario de
Hoy
De aprobarse una propuesta de
reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para
Pensiones (SAP), la publicidad que utilizan las
Administradoras de Fondos de Pensiones ya no
sería autorizada previamente por la
Superintendencia de Pensiones.
La moción fue
presentada por la Superintendencia de Pensiones
a la Asamblea Legislativa, durante la
administración presidencial pasada, en
vista de que la Ley presentaba varios errores,
muchos de ellos de forma e
impresión.
La intendente del SAP, Ruth
de Solórzano, comentó que en
muchas ocasiones, los errores de forma tienen
repercusiones de forma, por lo que era necesaria
la modificación propuesta.
"Una letra puede ser vital al
momento de interpretar la Ley, al momento de
otorgar una prestación", afirma la
funcionaria.
Otro porcentaje de las
reformas obedece a la unificación de
sistemas, pues tanto el público como el
privado debían garantizar similares
prestaciones y/o beneficios a los
cotizantes.
"No es lo mismo tener una ley
sin estar operando, que cuando se operativiza
todo... Se fueron encontrando ciertos
vacíos que era necesario normar",
afirma.
Dentro de las principales
propuestas, se encuentra la modificación
al artículo 43, en lo referente a la
promoción.
La legislación actual
reza que: "la Superintendencia de Pensiones
autorizará previamente las actividades de
promoción de las Instituciones
Administradoras, y podrá obligarlas a
modificar o a suspender su promoción
cuando ésta no se ajuste a lo autorizado,
de conformidad con el Reglamento de
Promoción que se emita...".
La propuesta de reforma reza:
"La Superintendencia de Pensiones
supervisará constantemente y podrá
obligarlas a modificar, rectificar
públicamente o a suspender su
promoción cuando ésta no se ajuste
al Reglamento de Promoción que se
emita..."
Con la medida, se espera que
las Administradoras de Fondos de Pensiones
puedan publicitarse efectivamente, siempre y
cuando no contraríen ninguna
disposición legal.
Cobro
Actualmente, las AFP's
están obligadas a seguir las acciones
tendientes al cobro administrativo de las
cotizaciones adecuadas y sus intereses
moratorios, directa o indirectamente. Con la
reforma, podría hacerse de oficio.
Además, se contempla que el reglamento
respectivo señale los parámetros
para el cálculo de los intereses
moratorios.
Otra propuesta refleja la
manera de cotización por parte de las
personas incapacitadas, pues no se había
contemplado a las mujeres que recibían
subsidio por maternidad.
Las reformas también
especificarían los tipos de invalidez, en
vista que la Superintendencia propone varios
tipos de invalidez, considerando el grado de
imposibilidad física o mental que el
inválido pueda tener.