Sábado 26 de junio


Publicidad de AFPs se desregularía

Tras la puesta en marcha del nuevo sistema previsional, la Superintendencia de Pensiones ha propuesto varias modificaciones a la Ley SAP, entre ellas liberar el control de la publicidad

José Mauricio Segura

El Diario de Hoy

De aprobarse una propuesta de reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP), la publicidad que utilizan las Administradoras de Fondos de Pensiones ya no sería autorizada previamente por la Superintendencia de Pensiones.

La moción fue presentada por la Superintendencia de Pensiones a la Asamblea Legislativa, durante la administración presidencial pasada, en vista de que la Ley presentaba varios errores, muchos de ellos de forma e impresión.

La intendente del SAP, Ruth de Solórzano, comentó que en muchas ocasiones, los errores de forma tienen repercusiones de forma, por lo que era necesaria la modificación propuesta.

"Una letra puede ser vital al momento de interpretar la Ley, al momento de otorgar una prestación", afirma la funcionaria.

Otro porcentaje de las reformas obedece a la unificación de sistemas, pues tanto el público como el privado debían garantizar similares prestaciones y/o beneficios a los cotizantes.

"No es lo mismo tener una ley sin estar operando, que cuando se operativiza todo... Se fueron encontrando ciertos vacíos que era necesario normar", afirma.

Dentro de las principales propuestas, se encuentra la modificación al artículo 43, en lo referente a la promoción.

La legislación actual reza que: "la Superintendencia de Pensiones autorizará previamente las actividades de promoción de las Instituciones Administradoras, y podrá obligarlas a modificar o a suspender su promoción cuando ésta no se ajuste a lo autorizado, de conformidad con el Reglamento de Promoción que se emita...".

La propuesta de reforma reza: "La Superintendencia de Pensiones supervisará constantemente y podrá obligarlas a modificar, rectificar públicamente o a suspender su promoción cuando ésta no se ajuste al Reglamento de Promoción que se emita..."

Con la medida, se espera que las Administradoras de Fondos de Pensiones puedan publicitarse efectivamente, siempre y cuando no contraríen ninguna disposición legal.

Cobro

Actualmente, las AFP's están obligadas a seguir las acciones tendientes al cobro administrativo de las cotizaciones adecuadas y sus intereses moratorios, directa o indirectamente. Con la reforma, podría hacerse de oficio. Además, se contempla que el reglamento respectivo señale los parámetros para el cálculo de los intereses moratorios.

Otra propuesta refleja la manera de cotización por parte de las personas incapacitadas, pues no se había contemplado a las mujeres que recibían subsidio por maternidad.

Las reformas también especificarían los tipos de invalidez, en vista que la Superintendencia propone varios tipos de invalidez, considerando el grado de imposibilidad física o mental que el inválido pueda tener.


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