El valor de la
compensación deberá aparecer en la
factura de diciembre
Este mes concluirá
devolución del costo de
energía
Las distribuidoras tienen que devolver lo
que cobraron de más. Es una
indemnización a los usuarios cuando se
les ha interrumpido el suministro de
energía
Evelin
Galdámez
El Diario de
Hoy
Este
mes se vence el plazo para que las
distribuidoras y comercializadoras compensen a
sus usuarios el valor de la energía no
servida durante el segundo trimestre del
año
Tras una segunda auditoría de parte de
la Superintendencia General de Electricidad y
Telecomunicaciones (SIGET), se encontró
que las distribuidoras no han retribuido
¢881,061.41, por energía no servida,
a los usuarios.
Así, en los recibos de la
energía eléctrica, deberá
aparecer detallado el valor en colones que al
usuario se le abona en su cuenta, como reintegro
por el servicio que le ha sido cobrado mas no
efectivamente suministrado.
Dicho valor se deduce automáticamente
de la cuenta total del usuario. Si, por ejemplo,
la cuenta de alguien es de ¢100 y le
corresponde una devolución de ¢20,
el recibo no sólo le deberá
indicar claramente tales cuentas, sino que le
señalará como valor a pagar la
suma de ¢80.
Este déficit del servicio, que las
distribuidoras y/o comercializadoras debieron ya
haber compensado, corresponde al segundo
trimestre del año.
"Las distribuidoras deben reintegrar este mes
el equivalente a la energía no servida",
enfatizó el Superintendente, Ernesto
Lima.
El funcionario dijo que las distribuidoras
deben, sin previo aviso, compensar de inmediato
la energía que no sirven, pues así
lo establece la ley.
Según la Ley General de Electricidad,
la devolución es una especie de
indemnización a la cual tienen derecho
todos los usuarios finales, cuando por causas
que no sean fortuitas o de fuerza mayor, se les
interrumpe el suministro de energía.
De acuerdo con los reportes de la SIGET, la
única distribuidora que ha concluido el
reintegro de lo no suministrado es la
Compañía de Alumbrado
Eléctrico de San Salvador (CAESS).
Para verificar la entrega de los reintegros,
la Gerencia de Electricidad de la SIGET, realiza
auditorías periódicamente.
Controles
Lima reconoció que hasta la fecha, la
devolución del suministro no servido, se
hace mediante cálculos aproximados, lo
cual no garantiza que los usuarios reciban la
correcta devolución.
Por ello, la SIGET ha establecido fechas
límites para que las distribuidoras
implementen sistemas de control del servicio de
energía.
En el área urbana tienen hasta el 30
de junio del próximo año y en la
rural, hasta el 31 de diciembre del 2000.
En octubre, la Superintendencia dio a conocer
los resultados de la primera auditoría,
la cual evaluaba la energía no servida en
el período de octubre de 1998 a marzo de
1999.
De acuerdo con la SIGET, esta
compensación concluyó en
noviembre.
Las tarifas
Tal como lo anunció ayer El Diario de
Hoy, a partir del uno de enero la
facturación por el servicio de
energía bajará en un promedio de
3.55% para los tres sectores demandantes.
Así lo afirmó el
superintendente Lima, quien agregó que la
baja está asegurada para el primer
trimestre, pues posterior a ese período,
según lo establece la ley, las
distribuidoras deben ajustar las tarifas.
Con ese ajuste, las tarifas podrían
subir, mantenerse o bajar, de acuerdo con el
comportamiento de los precios del mercado
mayorista de energía.
La regulación también tiene que
ver con la existencia del recurso
hídrico, pues si éste escasea, la
demanda se suple con generación
térmica, la cual es más cara
(costo que se cobra a los usuarios finales).
Por esa razón, el funcionario hizo un
llamamiento al ahorro del recurso
energético.
El costo de la energía para el
próximo año bajará porque
durante el presente, bajó el promedio del
costo de generación en 7%.