Sábado 11 de diciembre


El valor de la compensación deberá aparecer en la factura de diciembre
Este mes concluirá devolución del costo de energía

Las distribuidoras tienen que devolver lo que cobraron de más. Es una indemnización a los usuarios cuando se les ha interrumpido el suministro de energía

Evelin Galdámez

El Diario de Hoy

Este mes se vence el plazo para que las distribuidoras y comercializadoras compensen a sus usuarios el valor de la energía no servida durante el segundo trimestre del año

Tras una segunda auditoría de parte de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), se encontró que las distribuidoras no han retribuido ¢881,061.41, por energía no servida, a los usuarios.

Así, en los recibos de la energía eléctrica, deberá aparecer detallado el valor en colones que al usuario se le abona en su cuenta, como reintegro por el servicio que le ha sido cobrado mas no efectivamente suministrado.

Dicho valor se deduce automáticamente de la cuenta total del usuario. Si, por ejemplo, la cuenta de alguien es de ¢100 y le corresponde una devolución de ¢20, el recibo no sólo le deberá indicar claramente tales cuentas, sino que le señalará como valor a pagar la suma de ¢80.

Este déficit del servicio, que las distribuidoras y/o comercializadoras debieron ya haber compensado, corresponde al segundo trimestre del año.

"Las distribuidoras deben reintegrar este mes el equivalente a la energía no servida", enfatizó el Superintendente, Ernesto Lima.

El funcionario dijo que las distribuidoras deben, sin previo aviso, compensar de inmediato la energía que no sirven, pues así lo establece la ley.

Según la Ley General de Electricidad, la devolución es una especie de indemnización a la cual tienen derecho todos los usuarios finales, cuando por causas que no sean fortuitas o de fuerza mayor, se les interrumpe el suministro de energía.

De acuerdo con los reportes de la SIGET, la única distribuidora que ha concluido el reintegro de lo no suministrado es la Compañía de Alumbrado Eléctrico de San Salvador (CAESS).

Para verificar la entrega de los reintegros, la Gerencia de Electricidad de la SIGET, realiza auditorías periódicamente.

Controles

Lima reconoció que hasta la fecha, la devolución del suministro no servido, se hace mediante cálculos aproximados, lo cual no garantiza que los usuarios reciban la correcta devolución.

Por ello, la SIGET ha establecido fechas límites para que las distribuidoras implementen sistemas de control del servicio de energía.

En el área urbana tienen hasta el 30 de junio del próximo año y en la rural, hasta el 31 de diciembre del 2000.

En octubre, la Superintendencia dio a conocer los resultados de la primera auditoría, la cual evaluaba la energía no servida en el período de octubre de 1998 a marzo de 1999.

De acuerdo con la SIGET, esta compensación concluyó en noviembre.

Las tarifas

Tal como lo anunció ayer El Diario de Hoy, a partir del uno de enero la facturación por el servicio de energía bajará en un promedio de 3.55% para los tres sectores demandantes.

Así lo afirmó el superintendente Lima, quien agregó que la baja está asegurada para el primer trimestre, pues posterior a ese período, según lo establece la ley, las distribuidoras deben ajustar las tarifas.

Con ese ajuste, las tarifas podrían subir, mantenerse o bajar, de acuerdo con el comportamiento de los precios del mercado mayorista de energía.

La regulación también tiene que ver con la existencia del recurso hídrico, pues si éste escasea, la demanda se suple con generación térmica, la cual es más cara (costo que se cobra a los usuarios finales).

Por esa razón, el funcionario hizo un llamamiento al ahorro del recurso energético.

El costo de la energía para el próximo año bajará porque durante el presente, bajó el promedio del costo de generación en 7%.


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