Mensajes
de operadores no deben pasar de 25 segundos
Regulan cobro del
correo de voz
Las compañías de
telefonía celular no podrán cobrar
por las llamadas no terminadas. Si se activa un
correo de voz y quien llama no lo utiliza, no
tiene por qué pagar el servicio.
Operadores apelan la resolución del
organismo regulador
- Evelin
Galdámez
- El Diario
de Hoy
Doce
mil reclamos fueron suficientes para que hace
seis meses la Superintendencia General de
Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET),
decidiera suspender el pago de la
utilización del correo de voz, cuando el
usuario no decida voluntariamente hacer uso de
él.
Tras varias consultas y solicitudes de
información a los operadores de
telefonía móvil que operan en el
país, el organismo regulador
concluyó que éstos inician el
proceso de tasación de la llamada antes
de que el abonado que llama decida dejar un
mensaje en el sistema de correo de voz.
Según la resolución T-0003-2001
de la instancia reguladora, "los operadores del
servicio público de telefonía que
brindan servicios móviles y fijos, deben
implantar en sus centrales telefónicas,
un tono que indique al abonado que inició
la llamada, el momento en el que debe comenzar a
hablar, si es que desea grabar un mensaje para
el abonado de destino; dicho tono deberá
ser activado después de que el sistema,
mediante una locución que no exceda de 25
segundos, se lo haya indicado".
Con tal dictamen, la Siget pretende disminuir
los costos a los usuarios de la
telefonía, de tal manera que éstos
no paguen por llamadas que nunca se completan ni
por servicios que no decidieron utilizar, como
el correo de voz.
Dicha medida obligará a los operadores
de telefonía a no recargar el cobro del
acceso sin previo aviso al correo de voz, al
menos durante 25 segundos, luego de los cuales
una locución le ofrecerá al
abonado el servicio de mensajería.
Según promedios especificados en las
facturas del servicio telefónico, cada
vez que un usuario tiene accesa
involuntariamente a un correo de voz, tiene que
cancelar ¢1.50.
Apelaron
La decisión de la Siget no fue bien
acogida por Telecom Personal, Telefónica
de El Salvador y Telemóvil de El
Salvador.
Las tres compañías apelaron
individualmente al organismo regulador, el cual
aún no acepta ni rechaza la
moción. El período para que la
Siget tome una decisión al respecto,
vence el viernes 2 de febrero.
Si la junta de directores de la Siget,
encargada de analizar y resolver las
apelaciones, determina aceptar las apelaciones,
tendrá 60 días hábiles para
modificar la resolución inicial; pero si
las rechaza, la resolución
entraría en vigencia a partir del 1 de
febrero.
De acuerdo con el dictamen, la Siget lo que
ha hecho, al regular los cobros del servicio de
correo de voz, es implementar las disposiciones
de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT), especialmente las
concernientes a garantizar que los usuarios
paguen únicamente las llamadas
completadas o efectivas.
"Con el propósito de evitar
inconvenientes tanto a los usuarios de redes
fijas y móviles, como a los operadores
proveedores de estos servicios, originados por
cobros de llamadas que han sido dirigidas hacia
sistemas de correo de voz, es procedente
establecer la forma en que dicho servicio debe
tasarse y las condiciones técnicas que
deben implantar los operadores en sus centrales,
de conformidad a especificaciones utilizadas
frecuentemente en otros países, las
cuales forman parte de normas recomendadas por
la UIT", reza el numeral X de la mencionada
resolución.
Por el momento y mientras la Siget no decida
revocar la resolución, que es lo que han
solicitado los operadores de telefonía
móvil, desde el próximo jueves,
éstos tendrán que aplicar un tono
de invitación a dejar mensaje y no
podrán seguir cobrando las llamadas que
un abonado realice a otro que posea el servicio
de correo de voz, cuando las mismas no sean
completadas, es decir, cuando el usuario decida
no dejar un mensaje.
Opiniones en contra
Argumentos de Telefónica
El gerente de interconexión y aspectos
regulatorios de Telefónica de El
Salvador, Edgar Rodas, defendió la
implementación del correo de voz y
manifestó su oposición a la
resolución emitida por la
Superintendencia General de Electricidad y
Telecomunicaciones (Siget).
"La resolución no respeta las
recomendaciones de la Unión Internacional
de las Telecomunicaciones (OIT), ya que el
correo de voz es un equivalente de llamada
completada".
"El correo de voz hace la misma
función que la contestadora que usamos en
el teléfono fijo de la casa, ya que ambos
aparatos hacen las veces de una persona que
contesta".
"La apelación no la presentamos en
conjunto con los otros operadores de celulares.
Fue una decisión que se tomó
individualmente, aunque hubo intercambio de
opiniones para constatar que a todos nos
hubieran notificado sobre la
resolución".
"Recibimos la carta de resolución el
martes 9 de este mes y presentamos la
apelación el viernes 12".
La
Siget pide cuentas
La
Superintendencia solicitó
información acerca de los montos que
ingresan a las compañías por
concepto de llamadas a teléfonos
celulares. Las empresas de telefonía
móvil no respondieron