Jueves 25 de enero 2001


Mensajes de operadores no deben pasar de 25 segundos
Regulan cobro del correo de voz

Las compañías de telefonía celular no podrán cobrar por las llamadas no terminadas. Si se activa un correo de voz y quien llama no lo utiliza, no tiene por qué pagar el servicio. Operadores apelan la resolución del organismo regulador

Evelin Galdámez
El Diario de Hoy

Doce mil reclamos fueron suficientes para que hace seis meses la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), decidiera suspender el pago de la utilización del correo de voz, cuando el usuario no decida voluntariamente hacer uso de él.

Tras varias consultas y solicitudes de información a los operadores de telefonía móvil que operan en el país, el organismo regulador concluyó que éstos inician el proceso de tasación de la llamada antes de que el abonado que llama decida dejar un mensaje en el sistema de correo de voz.

Según la resolución T-0003-2001 de la instancia reguladora, "los operadores del servicio público de telefonía que brindan servicios móviles y fijos, deben implantar en sus centrales telefónicas, un tono que indique al abonado que inició la llamada, el momento en el que debe comenzar a hablar, si es que desea grabar un mensaje para el abonado de destino; dicho tono deberá ser activado después de que el sistema, mediante una locución que no exceda de 25 segundos, se lo haya indicado".

Con tal dictamen, la Siget pretende disminuir los costos a los usuarios de la telefonía, de tal manera que éstos no paguen por llamadas que nunca se completan ni por servicios que no decidieron utilizar, como el correo de voz.

Dicha medida obligará a los operadores de telefonía a no recargar el cobro del acceso sin previo aviso al correo de voz, al menos durante 25 segundos, luego de los cuales una locución le ofrecerá al abonado el servicio de mensajería.

Según promedios especificados en las facturas del servicio telefónico, cada vez que un usuario tiene accesa involuntariamente a un correo de voz, tiene que cancelar ¢1.50.

Apelaron

La decisión de la Siget no fue bien acogida por Telecom Personal, Telefónica de El Salvador y Telemóvil de El Salvador.

Las tres compañías apelaron individualmente al organismo regulador, el cual aún no acepta ni rechaza la moción. El período para que la Siget tome una decisión al respecto, vence el viernes 2 de febrero.

Si la junta de directores de la Siget, encargada de analizar y resolver las apelaciones, determina aceptar las apelaciones, tendrá 60 días hábiles para modificar la resolución inicial; pero si las rechaza, la resolución entraría en vigencia a partir del 1 de febrero.

De acuerdo con el dictamen, la Siget lo que ha hecho, al regular los cobros del servicio de correo de voz, es implementar las disposiciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), especialmente las concernientes a garantizar que los usuarios paguen únicamente las llamadas completadas o efectivas.

"Con el propósito de evitar inconvenientes tanto a los usuarios de redes fijas y móviles, como a los operadores proveedores de estos servicios, originados por cobros de llamadas que han sido dirigidas hacia sistemas de correo de voz, es procedente establecer la forma en que dicho servicio debe tasarse y las condiciones técnicas que deben implantar los operadores en sus centrales, de conformidad a especificaciones utilizadas frecuentemente en otros países, las cuales forman parte de normas recomendadas por la UIT", reza el numeral X de la mencionada resolución.

Por el momento y mientras la Siget no decida revocar la resolución, que es lo que han solicitado los operadores de telefonía móvil, desde el próximo jueves, éstos tendrán que aplicar un tono de invitación a dejar mensaje y no podrán seguir cobrando las llamadas que un abonado realice a otro que posea el servicio de correo de voz, cuando las mismas no sean completadas, es decir, cuando el usuario decida no dejar un mensaje.

Opiniones en contra

Argumentos de Telefónica

El gerente de interconexión y aspectos regulatorios de Telefónica de El Salvador, Edgar Rodas, defendió la implementación del correo de voz y manifestó su oposición a la resolución emitida por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget).

"La resolución no respeta las recomendaciones de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (OIT), ya que el correo de voz es un equivalente de llamada completada".

"El correo de voz hace la misma función que la contestadora que usamos en el teléfono fijo de la casa, ya que ambos aparatos hacen las veces de una persona que contesta".

"La apelación no la presentamos en conjunto con los otros operadores de celulares. Fue una decisión que se tomó individualmente, aunque hubo intercambio de opiniones para constatar que a todos nos hubieran notificado sobre la resolución".

"Recibimos la carta de resolución el martes 9 de este mes y presentamos la apelación el viernes 12".


La Siget pide cuentas

La Superintendencia solicitó información acerca de los montos que ingresan a las compañías por concepto de llamadas a teléfonos celulares. Las empresas de telefonía móvil no respondieron


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