Proponen
reformas
Una mayor cobertura de
fiscalización
Rafael
Rodríguez Loucel*
e-mail: rloucel@utec.edu.sv
Las
circunstancias cambian y lo que ayer fue una
"herejía" o propuestas desafortunadas,
hoy vuelve a resurgir y se les considera como
sugerencia atinada y oportuna. Aprendemos,
después de amargas experiencias, que
existen opciones de cambio y que podemos ser
distintos sin temor a serlo, cuando anteponemos
los intereses colectivos a los particulares.
La Superintendencia del Sistema Financiero,
con el objetivo de ampliar y optimizar el
desarrollo de sus funciones, establecer un
proceso ágil y expedito para aplicar las
sanciones legales a las entidades y personas
infractoras de los preceptos aplicados y a fin
de facilitar la coordinación entre las
entidades fiscalizadoras, está
proponiendo reformas a La Ley Orgánica de
esa institución,
Entre las reformas propuestas sobresale la
mayor cobertura de fiscalización, la cual
se extiende a las agencias y sucursales de
entidades financieras extranjeras que operen en
El Salvador, a las oficinas y entidades
subsidiarias de los bancos en el extranjero y a
las sociedades en las que los bancos y
sociedades de seguros salvadoreñas tienen
inversiones accionarias permanentes, permitidas
por la ley, y finalmente a las instituciones
oficiales de crédito autorizadas para
prestar recursos a terceras personas.
La ampliación de la cobertura de
fiscalización abarca, entre otros, el
Instituto de Garantía de
Depósitos, la Federación de Cajas
de Crédito y los Bancos de los
Trabajadores, las casas de cambio de moneda
extranjera, los intermediarios de seguros, las
sociedades emisoras o administradoras de
tarjetas de crédito y los conglomerados
financieros, los conglomerados o grupos de hecho
financieros. A propósito de estos
últimos, la Superintendencia
tendría la facultad de requerir la
información que considere conveniente a
las sociedades que integren un grupo empresarial
o mantengan relaciones empresariales con uno de
los sujetos supervisados, por razones que se
explican en el texto de la propuesta, la cual
contempla también la figura de grupo
empresarial y las relaciones entre las
mismas.
El proyecto en referencia contempla otras
reformas relacionadas con la
fiscalización del presupuesto de la
Superintendencia, métodos de
fiscalización, facultades de
requerimientos de información y
confidencialidad de la misma, montos de las
sanciones por infracciones, la figura del
auditor externo, la creación del
Comité Interinstitucional del Sistema
Financiero y definición de las instancias
y tratamiento jurídico por los delitos
oficiales de los miembros del Consejo, el
Superintendente, los responsables de las
auditorías cuando actúen en
representación de este último.
Como puede apreciarse, las modificaciones a
la Ley Orgánica de la Superintendencia
propuestas por las autoridades de turno son de
suma importancia para una supervisión
más eficaz de esa institución, por
cuanto, entre otros aspectos,
facilitarían una cobertura mayor de
fiscalización y una coordinación
institucional que permitiría un
intercambio de información eficiente y
oportuna de todas las instituciones directa e
indirectamente vinculadas al y dentro del
sistema financiero. Mención especial
merece la intención de fiscalizar los
grupos financieros y grupos empresariales, con
lo cual se podrían detectar las
relaciones financieras de personas o grupos
familiares que, siendo socios de una o
más de una institución de
crédito, lo son también de
sociedades receptoras de recursos en calidad de
préstamos de esas mismas instituciones.
Basta con reafirmar que la insolvencia de un
banco puede surgir de las dificultades
financieras de uno o unos pocos prestatarios.
Léase el libro de Arthur Hailey
"Traficantes de dinero", basado en un hecho
real.
Muchas de las propuestas, como ya se
afirmó en otro editorial de este mismo
medio de comunicación, fueron planteadas
a todas las autoridades respectivas, incluyendo
por supuesto el Organo Legislativo, pero no
tuvieron la receptividad necesaria;
ojalá, por el interés
común, esta vez sí sean aprobadas.
Para concluir, sería interesante que la
Asamblea Legislativa realizara una
investigación de la organización
de otras Superintendencias en el mundo, siendo
muy posible que compruebe que, en la
mayoría, por alguna razón, no
casual por cierto, no existen consejos
directivos. Si la conclusión es de que
este último es necesario en el caso de El
Salvador, debería al menos revisarse su
estructura organizativa para reflexionar sobre
si éste está debidamente
representado. Por otra parte, en vista de que
las decisiones relevantes, como las de
intervención o cierre de un banco o
financiera, son colegiadas, cuando de las mismas
se derive algún tipo de responsabilidad,
esta tendrá que ser compartida y en
ninguna circunstancia recaer exclusivamente en
el Superintendente. Aparentemente este aspecto
se contempla al intercalarse el artículo
55-A, como parte de las reformas propuestas.
*Economista.