Martes 7 de noviembre 2000


Calderón Sol es uno de los testigos del caso
Inicia audiencia de CEL-Coastal

Los árbitros internacionales y los testigos comenzaron ayer, en Ginebra, la discusión del fallo definitivo en torno al contrato de reserva de potencia que suscribieron ambos generadores en 1993

Evelin Galdámez
El Diario de Hoy

Si la Comisión Hidroeléctrica del río Lempa (CEL) acepta los términos de la suspensión del contrato y el monto que deberá pagar a la multinacional Coastal, el fallo estaría listo esta semana.

De lo contrario, los abogados de cada una de las compañías, un estadounidense por parte de Coastal, y un germano-inglés, por CEL, tendrían que recurrir al discernimiento de un tercer árbitro neutral. Si ésto sucede, la resolución del caso se prolongaría por tiempo indefinido.

Esta es la tercera vez que los árbitros se reúnen y se espera que sea la última, según fuentes allegadas al sector.

El contrato de reserva de potencia y de suministro de energía que Coastal y CEL firmaron en 1993 y que estaría en vigencia durante 20 años, podría llegar a su término si esta última acepta cancelarle a aquélla $135 millones por concepto de incumplimiento del mismo.

Desde el sábado, Guillermo Sol Bang y Salvador Novellino, presidente y coordinador administrativo y financiero de CEL, respectivamente, y Steve Sutton, gerente general de Coastal, partieron rumbo a Ginebra, Suiza, donde se desarrolla la audiencia.

A ellos les acompaña una corte no menos importante: doce testigos, nueve de ellos de CEL y el resto de Coastal.

Según las fuentes, quienes prefirieron el anonimato, entre los testigos de la autónoma se encuentran el ex presidente Armando Calderón Sol y el superintendente de Electricidad y Telecomunicaciones, Ernesto Lima.

Se impuso

El litigio internacional, que comenzó en mayo del año pasado, fue iniciado unilateralmente por parte de CEL e impuesto a Coastal, la cual hasta la fecha, según se supo extraoficialmente, aún no acepta el arbitraje internacional.

Los voceros aseguraron que la autónoma no le propuso ni le consultó iniciar el arbitraje internacional a la transnacional, sino que se limitó a informarle por escrito que lo había iniciado, por lo que ésta no tuvo otra opción que contratar a su respectivo árbitro.

Debido a que en el país no existe la figura del arbitraje como medio de resolución de conflictos y siguiendo la lógica de la experiencia internacional, los representantes de ambas generadoras definieron en una de las cláusulas del contrato, que en caso de inconvenientes en la ejecución del mismo, se recurriría a un tribunal de Ginebra, que es donde se han resuelto los litigios más importantes a nivel mundial.

En el arbitraje internacional existen dos tipos de árbitros: los arbitradores o amigables componedores y los de derecho. En el caso que nos ocupa, eligieron a éstos últimos.

Éstos tienen que ser abogados y especialistas en contratos internacionales o en la especialidad que lo demande el caso.

Solo se puede recurrir a un arbitraje internacional, si éste se ha prestablecido en alguna de las cláusulas del contrato.

Los especialistas en derecho recomiendan que cualquier país que posea negocios con empresas multinacionales, implemente su propia legislación y el buró de árbitros correspondiente.

¿Gastos?

Además de la contratación de árbitros, las partes involucradas en el litigio también tienen que disponer de un bufete de abogados que respalde cada uno de los alegatos.

Fuentes que prefirieron el anonimato, afirmaron que el bufete de abogados que contrató CEL para el soporte legal de la disolución de los contratos, es uno de los más caros del continente.

Extraoficialmente se supo además, que el árbitro de la autónoma, cuyo nombre nunca se ha revelado, nació en Alemania, se nacionalizó en Argentina y radica en Inglaterra.

Dos preguntas surgen entonces, de acuerdo con los voceros: ¿De dónde se saca el dinero para pagar tan honerosos costos? y ¿Está el gobierno en condiciones económicas como para hacer tal desembolso?

A lo anterior hay que sumar el costo de la estadía en Ginebra de los nueve testigos y los dos funcionarios de CEL.

Negocios e impasses
No exclusividad

El contrato suscrito entre la Comisión Hidroeléctrica del río Lempa (CEL) y Coastal no contiene ninguna cláusula de generación exclusiva de ésta para aquélla, según expertos del sector eléctrico.

Ésto pone en entredicho las declaraciones de funcionarios de CEL, quienes en varias ocasiones han manifestado que en el contrato se estableció que toda la energía que generara la planta Nejapa Power Company (NPC), era para suministro exclusivo de la autónoma.

De acuerdo con los voceros, Coastal no ha vendido energía a otros clientes ni la ha subastado en el Mercado Regulador del Sistema (MRS), porque tan pronto comenzó a generar, surgió el impasse con la institución gubernamental.

Agregaron que Coastal bien hubiera podido firmar otros contratos, pero que prefirió antes de hacerlo, solventar de una vez por todas, sus diferencias con CEL.

El mercado

Si el fallo del arbitraje acaba con el contrato, NPC tiene planeado vender libremente en el mercado mayorista y aumentar su capacidad de generación.

Es decir, habría un nuevo competidor en el área de generación, lo cual incentivaría la baja de precios y la eficiencia del sector.

Pero si sucede lo contrario, si se prolonga el cumplimiento del contrato, Coastal tendría que continuar teniendo a disposición de CEL la plata térmica de Nejapa, así como abastecer su demanda de energía.

Hasta la fecha, CEL opera como el generador dominante, al poseer más del 75% de energía que se vende en el MRS.

Las fuentes esperan que el fallo de los árbitros sea a favor de la finalización del contrato, lo cual representaría un beneficio para las distribuidoras y en definitiva, para los consumidores finales.


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