Calderón
Sol es uno de los testigos del caso
Inicia audiencia de
CEL-Coastal
Los árbitros internacionales y los
testigos comenzaron ayer, en Ginebra, la
discusión del fallo definitivo en torno
al contrato de reserva de potencia que
suscribieron ambos generadores en 1993
- Evelin
Galdámez
- El Diario
de Hoy
Si
la Comisión Hidroeléctrica del
río Lempa (CEL) acepta los
términos de la suspensión del
contrato y el monto que deberá pagar a la
multinacional Coastal, el fallo estaría
listo esta semana.
De lo contrario, los abogados de cada una de
las compañías, un estadounidense
por parte de Coastal, y un
germano-inglés, por CEL, tendrían
que recurrir al discernimiento de un tercer
árbitro neutral. Si ésto sucede,
la resolución del caso se
prolongaría por tiempo indefinido.
Esta es la tercera vez que los
árbitros se reúnen y se espera que
sea la última, según fuentes
allegadas al sector.
El contrato de reserva de potencia y de
suministro de energía que Coastal y CEL
firmaron en 1993 y que estaría en
vigencia durante 20 años, podría
llegar a su término si esta última
acepta cancelarle a aquélla $135 millones
por concepto de incumplimiento del mismo.
Desde el sábado, Guillermo Sol Bang y
Salvador Novellino, presidente y coordinador
administrativo y financiero de CEL,
respectivamente, y Steve Sutton, gerente general
de Coastal, partieron rumbo a Ginebra, Suiza,
donde se desarrolla la audiencia.
A ellos les acompaña una corte no
menos importante: doce testigos, nueve de ellos
de CEL y el resto de Coastal.
Según las fuentes, quienes prefirieron
el anonimato, entre los testigos de la
autónoma se encuentran el ex presidente
Armando Calderón Sol y el superintendente
de Electricidad y Telecomunicaciones, Ernesto
Lima.
Se impuso
El litigio internacional, que comenzó
en mayo del año pasado, fue iniciado
unilateralmente por parte de CEL e impuesto a
Coastal, la cual hasta la fecha, según se
supo extraoficialmente, aún no acepta el
arbitraje internacional.
Los voceros aseguraron que la autónoma
no le propuso ni le consultó iniciar el
arbitraje internacional a la transnacional, sino
que se limitó a informarle por escrito
que lo había iniciado, por lo que
ésta no tuvo otra opción que
contratar a su respectivo árbitro.
Debido a que en el país no existe la
figura del arbitraje como medio de
resolución de conflictos y siguiendo la
lógica de la experiencia internacional,
los representantes de ambas generadoras
definieron en una de las cláusulas del
contrato, que en caso de inconvenientes en la
ejecución del mismo, se recurriría
a un tribunal de Ginebra, que es donde se han
resuelto los litigios más importantes a
nivel mundial.
En el arbitraje internacional existen dos
tipos de árbitros: los arbitradores o
amigables componedores y los de derecho. En el
caso que nos ocupa, eligieron a éstos
últimos.
Éstos tienen que ser abogados y
especialistas en contratos internacionales o en
la especialidad que lo demande el caso.
Solo se puede recurrir a un arbitraje
internacional, si éste se ha
prestablecido en alguna de las cláusulas
del contrato.
Los especialistas en derecho recomiendan que
cualquier país que posea negocios con
empresas multinacionales, implemente su propia
legislación y el buró de
árbitros correspondiente.
¿Gastos?
Además de la contratación de
árbitros, las partes involucradas en el
litigio también tienen que disponer de un
bufete de abogados que respalde cada uno de los
alegatos.
Fuentes que prefirieron el anonimato,
afirmaron que el bufete de abogados que
contrató CEL para el soporte legal de la
disolución de los contratos, es uno de
los más caros del continente.
Extraoficialmente se supo además, que
el árbitro de la autónoma, cuyo
nombre nunca se ha revelado, nació en
Alemania, se nacionalizó en Argentina y
radica en Inglaterra.
Dos preguntas surgen entonces, de acuerdo con
los voceros: ¿De dónde se saca el
dinero para pagar tan honerosos costos? y
¿Está el gobierno en condiciones
económicas como para hacer tal
desembolso?
A lo anterior hay que sumar el costo de la
estadía en Ginebra de los nueve testigos
y los dos funcionarios de CEL.
Negocios e impasses
No exclusividad
El contrato suscrito entre la Comisión
Hidroeléctrica del río Lempa (CEL)
y Coastal no contiene ninguna cláusula de
generación exclusiva de ésta para
aquélla, según expertos del sector
eléctrico.
Ésto pone en entredicho las
declaraciones de funcionarios de CEL, quienes en
varias ocasiones han manifestado que en el
contrato se estableció que toda la
energía que generara la planta Nejapa
Power Company (NPC), era para suministro
exclusivo de la autónoma.
De acuerdo con los voceros, Coastal no ha
vendido energía a otros clientes ni la ha
subastado en el Mercado Regulador del Sistema
(MRS), porque tan pronto comenzó a
generar, surgió el impasse con la
institución gubernamental.
Agregaron que Coastal bien hubiera podido
firmar otros contratos, pero que prefirió
antes de hacerlo, solventar de una vez por
todas, sus diferencias con CEL.
El mercado
Si el fallo del arbitraje acaba con el
contrato, NPC tiene planeado vender libremente
en el mercado mayorista y aumentar su capacidad
de generación.
Es decir, habría un nuevo competidor
en el área de generación, lo cual
incentivaría la baja de precios y la
eficiencia del sector.
Pero si sucede lo contrario, si se prolonga
el cumplimiento del contrato, Coastal
tendría que continuar teniendo a
disposición de CEL la plata
térmica de Nejapa, así como
abastecer su demanda de energía.
Hasta la fecha, CEL opera como el generador
dominante, al poseer más del 75% de
energía que se vende en el MRS.
Las fuentes esperan que el fallo de los
árbitros sea a favor de la
finalización del contrato, lo cual
representaría un beneficio para las
distribuidoras y en definitiva, para los
consumidores finales.