Viernes 15 de diciembre


El lunes vence el plazo para apelación
Modernización, el impasse aduanero

El temor de perder el monopolio del negocio y la misión de acelerar la integración aduanera, son las causas del desacuerdo entre los agentes aduanales y los gobiernos del CA-4. El Cauca III sigue suspendido

Evelin Galdámez
El Diario de Hoy

Unos azuzan el pleito y otros tienen listas las armas para defenderse. Pero, mientras la Corte Centroamericana de Justicia no notifique oficialmente al país sobre la suspensión del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, no hay manera de que el Gobierno pueda ganar la batalla.

Pero no sólo eso. En el impasse están involucrados también los países vecinos -Guatemala, Honduras y Nicaragua- que, al igual que El Salvador, están dispuestos a defender la vigencia del Cauca III.

Tres son las versiones acerca de lo ocurrido el 8 de noviembre, cuando la mencionada Corte, con sede en Nicaragua, suspendió la aplicación del Cauca III, conforme lo solicitó la Asociación de Agentes Aduanales Autorizados (Asodaa), de El Salvador. Dicho instrumento había entrado en vigencia el 27 de septiembre del año en curso.

La primera es la del Ministerio de Economía. Según el viceministro Eduardo Ayala Grimaldi, la suspensión se debe a una mezquina petición de Asodaa, la cual se dejó persuadir por la Confederación de Agentes de Aduanas de la Cuenca del Caribe (Conaacc), que teme perder el monopolio que hasta la fecha ha tenido en la región.

"Aunque ellos quieran que el país detenga el proceso de modernización e integración de las aduanas, no lo podrán hacer, pues nosotros demostraremos que los peros de Asodaa no tienen fundamento legal", indicó.

Agregó que la decisión de la Corte también estuvo influenciada por el Parlamento Centroamericano, el cual se opuso desde el principio a la aplicación del Cauca III y le pidió a dicho organismo que interviniera en su aplicación.

Además, aseguró que el Ministerio de Economía tiene lista la apelación que hará a la Corte y que sólo está esperando que ésta haga la notificación correspondiente al Ministerio de Relaciones Exteriores.

Aunque el plazo de los 40 días que otorga la Corte para apelar, vence el próximo lunes, éste no aplica mientras el país no haya sido notificado de manera oficial, afirmó Ayala.

Justificaciones

También el Parlacen tiene algo que decir al respecto. De acuerdo con el diputado de este organismo, Rodolfo Daugherty, el Cauca III tiene varias fallas de origen, específicamente procedimientos inconstitucionales.

Uno de ellos, dijo, es que para que entre en vigencia dicho instrumento, debe ser ratificado por los Congresos de todos los países firmantes del mismo, y no simplemente contar con la aprobación del Consejo de Ministros de Integración Económica (Comieco), como ha ocurrido.

"Nosotros lo único que pretendemos es el respeto del Estado de Derecho, el cual debe cumplirse en todos los países firmantes de los protocolos de Tegucigalpa y Guatemala", aseveró.

Daugherty indicó que la resolución de la Corte no pretende más que frenar el accionar del Comieco, pues es urgente que este organismo camine por el sendero de la legitimidad.

Al respecto, Ayala Grimaldi aseguró que dicha argumentación no es válida porque en el Cauca II se establece que las reformas que se hicieran al mismo, no necesitaban de la ratificación de los Congresos de cada nación, sino simplemente la del Comieco.

Sobre los señalamientos, el presidente de la mencionada Confederación, la cual tiene su sede en Costa Rica, Oscar Ramos Valverde, dijo que los agentes aduanales se oponen al Cauca III porque atenta contra la iniciativa integracionista de Centroamérica.

Agregó que la unión aduanera demanda procedimientos iguales y no la implementación de innovaciones tecnológicas que dividan el trabajo, tal como lo propone el Código.

¿Qué es el Cauca III?

El Cauca III es un instrumento legal que permitirá una estandarización de los despachos aduaneros de la región, de tal modo que las aduanas de todos los países se conviertan en instituciones modernas y eficientes.

Una de las propuestas concretas de la normativa es la exigencia de tecnología para echar a andar el sistema de Teledespacho.

Éste no sólo agilizaría los trámites y disminuiría los costos para los importadores y exportadores, sino que también disminuiría el contacto entre los usuarios y los agentes aduaneros, bajando con ello el nivel de corrupción en los recintos fiscales.

Determinaciones del Cauca III

Los aspectos relevantes del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III son cuatro.

El primero es la autodeterminación, como regla general, de las obligaciones tributarias, lo cual agilizará los despachos aduaneros, ya que los importadores y exportadores podrán hacer, desde la oficina, las declaraciones de mercancías y todos los trámites respectivos.

Por ello, la Dirección General de Renta de Aduanas (DGRA) implementó, desde marzo del 99, el Teledespacho, que sería obligatorio para el 2001.

Con esta medida también disminuye el contacto entre los usuarios de las aduanas y los responsables de las ventanillas de las mismas, reduciendo así el riesgo de corrupción y preferencias de trato.

La segunda es la aceptación de la declaración del "acto de aforo", es decir, del registro de la declaración de mercancías, sin que el funcionario tenga que hacer procedimientos de registro o verificación de lo declarado. Esto evita el actuar discrecional del empleado de aduanas.

El tercero es el uso de los medios informáticos como mecanismo de agilización de los despachos aduaneros. El Cauca III permite el uso de la tecnología para las declaraciones de mercancías, lo cual mejora el control aduanero y genera mayor transparencia en el funcionamiento de la DGRA.

Además, limita la intervención y la valoración de los funcionarios aduaneros en el proceso de despacho de mercancías.

Y por último, define las facultades de fiscalización a posteriori de las declaraciones de mercancías.


[Nacional] [Negocios] [Deportes] [Editorial] [Escenarios] [El País] [Chat]
[
Obituario] [Escríbanos] [Ediciones anteriores] [Otros Sitios] [Hablemos] [VIDA] [Guanaquín] [Vértice]
[
RUZ'00] [Portada] [Planeta Alternativo]

Copyright 1995 - 2000. El Diario de Hoy
Derechos Reservados. Prohibida su reproducción total o
parcial sin autorización escrita de su titular.
www.elsalvador.com