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| Sede judicial. Los delitos considerados menores
serán resueltos en los juzgados de paz. Foto
EDH |
Francisco Mejía
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
La figura de los jueces de paz no desaparece en el anteproyecto de Código
Procesal Penal y Código Penal, sino que les dará el papel
fundamental de resolver delitos menores y ayudar así a descongestionar
el sistema judicial.
La viceministra de Gobernación, Silvia Aguilar, quien ha trabajado
en los documentos, explicó que actualmente tanto delitos graves
como menores pasan por todas las etapas del proceso penal, cuando no pueden
tener el mismo tratamiento.
No obstante, agregó, en los tribunales de paz se podrían
realizar procedimientos abreviados cuando el hechor admita la culpabilidad.
Para los delitos graves se pueden dejar a los tribunales de instrucción
y sentencia, afirmó.
“Si valoramos, es más la cantidad de delitos menos graves
a los graves, pero ¿qué pasa? Saturamos las instituciones
con muchos casos y hay unos que no se diligencian, otros que no se presentan
y el ciudadano se siente muy inconforme”, añadió la
funcionaria.
Aguilar explicó que los involucrados en la creación del
proyecto trabajan sobre la premisa de buscar acercar la justicia a las
comunidades. “Si hay una experiencia ganada es en los juzgados de
paz, para resolver conflictos”.
Mientras tanto, el magistrado Mauricio Clará respalda la iniciativa
de dar a los jueces de paz la potestad de juzgar sólo delitos menores,
aunque se manifiesta inconforme con la revisión que se ha hecho
de la legislación procesal penal y cree que se debe hacer un cambio
profundo.
El proceso penal tiene dos fases: una de instrucción y otra de
juicio, debate o controversia. “Si ya tenemos un juez de instrucción,
con la mentalidad de que participará en el fortalecimiento de la
prueba, de la imputación o de la defensa, no es que se menosprecie
el trabajo de los jueces de paz, pero esa parte ya no les compete a ellos”,
explicó.
La instrucción de los procesos grandes debe quedar en manos de
los jueces de primera instancia. “El concepto de instruir implica
que el juez se involucre en el trabajo y no sólo esté a
la expectativa, como un juez de lo civil que no actúa si no se
lo piden”, afirmó.
Recordó que a veces ha sido “contraproducente” que
algunos jueces de paz hayan resuelto sobre casos graves, con resoluciones
cuestionadas que han causado escándalo social.
La legislación procesal, penal que entró en vigencia en
1998, era de transición y como tal, para la viceministra Aguilar,
ha llegado el momento de diseñar un nuevo proceso que responda
a la realidad salvadoreña bajo el marco constitucional. “Será
una legislación salvadoreña hecha por salvadoreños
y a un menor costo”, afirmó.
Dice Clará: “Primera revisión no basta”
Mauricio Clará, magistrado de la Sala de lo Constitucional y uno
de los críticos del proceso penal actual, declaró que el
primer borrador de las nuevas leyes penales, patrocinado por la Unidad
Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE), “no basta”
porque tiene sólo cambios de forma y no de fondo.
“El esfuerzo y el reconocimiento que se hace de algunas fallas de
la actual legislación procesal penal es aceptable, pero el trabajo
está a medias”, observó.
Clará, quien desde antes que se promulgara en 1998 advirtió
sobre el garantismo de la normativa, expuso que ahora el riesgo es hacer
“cambios cosméticos” y dejar los vacíos y fallas
procesales, con lo cual los códigos actuales siguirían vigentes.
El magistrado es partidario de un “rediseño completo”
de la legislación procesal penal, porque, a su juicio, con el proyecto
planteado “hay pequeñas mejoras, pero la cuestión
fundamental de un cambio integral ha quedado obviada”.
El funcionario insistió en que el actual proceso penal ha sido
“una especie de comedia”, porque desconoce el artículo
2 de la Constitución, que dispone que el Estado está obligado
a proteger el derecho a la vida, la integridad física, la libertad,
la seguridad, el trabajo y la propiedad. Si no se hacen cambios de fondo
en el proceso penal, sino simples enmiendas, no se cumplirá este
precepto constitucional, dijo.
A su juicio, el proceso penal actual sobrepone los derechos de los imputados
a los de las víctimas. Esto significa un desbalance entre los derechos
de los imputados y los de las víctimas potenciales, que son todos
los ciudadanos y constituyen el interés público, que debe
prevalecer sobre el particular de los primeros.

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