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Orientando
Reforma reciente al sistema previsional

El nuevo esquema ofrece pensiones mucho más estables en el tiempo y las convierte en vitalicias, de tal manera que aquellas personas longevas no estarán expuestas al deterioro de sus rentas jubilatorias.

Publicada 9 de noviembre de 2006, El Diario de Hoy

Francisco Sorto Rivas*
El Diario de Hoy

editorial@ elsalvador.com

Recientemente se reformaron algunas disposiciones que regulan el sistema previsional salvadoreño, preservando la esencia de los derechos de sus afiliados, pero racionalizando el financiamiento de las pensiones de aquellos trabajadores que tenían la libertad de optar entre el sistema antiguo y el nuevo, en función de la edad que registraban cuando comenzó a operar el esquema actual, es decir, en abril de 1998.

Aquellas personas que a esa fecha tenían más de 36 años de edad, pero eran menores de 55 años los hombres y 50 años las mujeres, podían solicitar que se les preservaran las reglas del régimen antiguo cuando fueran a pensionarse, es decir, las del sistema de reparto, llamado así por el mecanismo de financiamiento usado para sufragar las obligaciones previsionales con sus miembros jubilados.

Debido a que algunas de las personas de dicha franja, optaron por pasarse al sistema vigente, a pesar de estaban próximas a pensionarse y por ende, les convenía retirarse con el esquema anterior, porque los montos de sus pensiones serían superiores en el antiguo régimen y canceladas con cargo al presupuesto público.

El Gobierno decidió ayudarles, en 2003, promulgando una ley para equiparar sus pensiones al sistema cerrado en 1998, para neutralizar las consecuencias negativas derivadas de su desafortunada decisión de cambiarse al régimen actual, a pesar de estar cercana su jubilación; para hacer realidad esto, se diseñó un mecanismo de financiamiento mediante el cual se les reconocía un certificado de traspaso adicional, equivalente al valor necesario para financiarles una renta igual a la ofrecida por el sistema viejo, respetando las expectativas de vida del jubilado.

No obstante lo anterior, con esta medida y dado que dichas expectativas corresponden a promedios del conjunto poblacional y que unas personas viven más que otras, el riesgo de longevidad recaía sobre el pensionado, de tal manera que al sobrepasar dichas expectativas promedio, los montos de sus pensiones disminuirían con el tiempo, por un lado; mientras que en otras ocasiones, cuando el retirado muriera antes de lo esperado, el Estado habría provisto de recursos excesivos su cuenta individual, quedando el remanente del saldo a disposición de sus herederos. Eso desnaturalizaba el propósito original de la reforma, que pretendía garantizar la equiparación de las pensiones de vejez de los referidos trabajadores y no entregarles recursos públicos para legarlos a sus sucesores.

En ese sentido la reforma reciente, consistente en pagar mensualmente y de forma vitalicia las pensiones de estos retirados después de que se les agote el saldo de su cuenta, además de preservar el espíritu inicial de la ley de equiparación de pensiones, de 2003, viene a racionalizar su cumplimiento y a corregir algunos inconvenientes para las personas longevas y que presionaban, por otro lado, a las finanzas públicas, al hacerlas incurrir en obligaciones con propósitos distintos a los estrictamente previsionales. Esto último sería el financiamiento estatal de herencias para los herederos de los pensionados que fallecían antes de lo esperado, según las tablas de mortalidad de la población salvadoreña.

Bajo la nueva modalidad de pagos mensuales, se le reconoce efectivamente el derecho a los jubilados a la equiparación de pensiones, ya que como cualquier sistema previsional, entrega beneficios al presentarse ciertas condiciones materiales; en este caso, el hecho de encontrarse vivo el rentista.

Es más, el nuevo esquema ofrece pensiones mucho más estables en el tiempo y las convierte en vitalicias, de tal manera que aquellas personas longevas no estarán expuestas al deterioro de sus rentas jubilatorias con el transcurso del tiempo.

Igualmente, sus beneficiarios recibirán las pensiones que les correspondan, de tal manera que la reforma en sí, introduce mejoras genuinas al sistema de seguridad social salvadoreño.

En este mismo orden de ideas, la reforma reciente permite administrar de manera más adecuada los costos de la transición entre el sistema de pensiones antiguo y el vigente, mejorando de paso la rentabilidad obtenida por las inversiones realizadas con los recursos de los trabajadores en Certificados de Inversión Previsional, cuya tasa es mayor a la pagada antes por los Certificados de Traspaso.

*Economista.

 

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