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ARENA pide más penas por retención de cuotas

La fracción presentó una propuesta para ampliar el concepto de empleador a patrono, pagador institucional o quien elabora las planillas. Proponen que se eleve la pena a 5 años por retener de forma indebida las cuotas del ISSS, AFP y las destinadas para las cuotas alimenticias o al Estado.


Publicada 16 de octubre de 2006 , El Diario de Hoy

Rosa María Pastrán
nacional@elsalvador.com

La fracción tricolor propone que haya más severidad en las penas que se imponen a los patronos que se apoderan de forma ilegal de los descuentos que realizan a sus trabajadores.

La propuesta fue presentada en forma de pieza de correspondencia a la Asamblea Legislativa. El grupo parlamentario arenero pidió que se reforme el artículo 245 del Código Penal.

Actualmente este artículo señala a aquellos empleadores que se apropien de los fondos de las Administradoras de Pensiones (AFP) y del Seguro Social que retienen en concepto de cotizaciones a los trabajadores. La pena por este delito va de 2 a 4 años.

La modificación amplía el concepto al "patrono, pagador institucional, encargado de la elaboración de las planillas o cualquier persona responsable de la retención".

Además incluiría no sólo a las cotizaciones del ISSS y las AFP, sino también a las cuotas de préstamos destinadas a instituciones bancarias, de crédito o a favor del Estado.

La pena sería elevada a un máximo de 5 años por este delito, el cual según el diputado Roberto d´Aubuisson se equipará al de estafa.

Esta pena podrá elevarse a una tercera parte más de la pena máxima, es decir, 8 años cuando el empleador se adueñe de cuotas alimenticias. "Vamos a cerrar este círculo", concluyó el legislador tricolor.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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