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Reparos a declaratoria de urgencia en ISSS

Fuera de la ley. Un informe borrador del examen de la Corte de Cuentas cuestiona la compra por más de un millón y medio de dólares realizada por contratación directa y bajo el paraguas de una emergencia, que avaló el Consejo Directivo en noviembre de 2005, durante la administración de Mariano Pinto. El ISSS aprovechó la coyuntura, objetada en Consejo de Ministros, para adquirir insumos sin un proceso de compra previo en todo ese año


Publicada 18 de septiembre de 2006 , El Diario de Hoy

Servicio. Un asegurado recoge los medicamentos en una dependencia del ISSS.Foto EDH
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El Diario de Hoy
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El Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) gastó más de un millón y medio de dólares en materiales, la mayoría de ellos de tipo quirúrgico, en la pasada declaratoria de urgencia, lo cual a los ojos de la Corte de Cuentas no está justificado, según se desprende de un borrador de un examen especial de esa institución.

En concreto, en el informe aparece la adquisición de 68 códigos de insumos quirúrgicos y 11 de medicamentos, incluidos en la discutida declaratoria, aprobada en noviembre de 2005 bajo la administración del ex director Mariano Pinto, sin que hubiese existido un proceso de compra previo en todo ese año.

“En los contratos adjudicados se verificó que la UACI incluyó compras de instrumental médico... que tenía un año, cinco y siete años de no tener en existencias en los almacenes del ISSS... pudiendo haberse adquirido oportunamente”, reza el documento en el hallazgo tres. En aquel entonces, al frente de esa área de adquisiciones se encontraba Yanira Calderón, separada de su cargo en la nueva administración del director Nelson Nolasco Perla.

El ente contralor da a entender algo muy simple. Se compró una gran cantidad de productos bajo el paraguas de una urgencia, por contratación directa, y no se explica por qué el Seguro Social no movió un dedo para realizar las compras por la vía que establece la ley, es decir, la licitación pública o por invitación, por ejemplo, de acuerdo con el monto de la compra.

La contratación directa reduce las trabas y los tiempos para la adquisición de un insumo. José Jacinto Reyes Baltodano, jefe de la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC) del Ministerio de Hacienda, responde, vía electrónica, sobre el riesgo que lleva este modelo de compra. “Que la reducción de plazos mínimos provoque actuaciones por apremio. Se entiende que en condiciones normales y manejándose los procesos de forma eficiente, los plazos mínimos establecidos en la LACAP (ley de adquisiciones de la administración pública) aseguran la oportunidad de la adquisición; pero no son suficientes para atender situaciones de urgencia”.

Es, en definitiva, un proceso más ágil, menos burocrático, con el peligro añadido de que se empañe la transparencia en las compras que se garantiza, por ejemplo, en una licitación pública.

El informe borrador pone sobre la mesa “algunos vicios” detectados meses atrás en una reunión de Consejo de Ministros que conoció la mencionada declaratoria. “(...) el plazo determinado (seis meses) sustituye el proceso ordinario y normal de compra lo que denota un serio problema de administración y falta de planeación”, se indica en el informe, rubricado por Luis Mario Rodríguez, secretario para asuntos legislativos y jurídicos de la Presidencia.

En ese documento se anticipan, además, algunas dudas que luego retoma la Corte de Cuentas sobre la legalidad y justificación para esa declaración de urgencia que daba vía libre al Seguro Social para gastar hasta $18,984,849 (Pinto aseguró poco después de su renuncia que no se utilizaron más de $4 millones).

“Los calificativos de urgencia, precisamente, se dan de cara a eventos no previsibles que escapan al control razonable (...) no es factible hablar de urgencia cuando un servicio, un gasto o un requerimiento como el abastecimiento de medicamentos es recurrente anualmente como sucede en el Seguro Social”.

Al respecto, la Corte insiste en que los argumentos del ISSS, utilizados para justificar la declaratoria, no están considerados en el artículo 73 de la LACAP, el cual regula este aspecto.

El 14 de noviembre, según consta en el acta 3079, el Consejo Directivo autorizó a la UACI a realizar esta millonaria compra. En aquel entonces, las razones que se esgrimieron, las cuales no satisfacen al ente contralor, fueron que la falta de medicinas obedecía a incumplimientos de los empresarios a las licitaciones, rechazos de insumos por falta de calidad y concursos públicos declarados desiertos, entre otras. Esta masiva compra iba a poner fin a esos problemas crónicos en el Seguro Social.

Además, el examen especial se escuda en el artículo 16 de la LACAP, el cual establece que las instituciones deberán tener su programación anual de compras, de acuerdo con un plan y un presupuesto. Dicho de otra forma, si se conocen las necesidades y se adquiere de acuerdo con ellas, la compra de emergencia queda relegada a imprevistos que alteren cualquier plan.

Claro está, el método de contratación directa resulta más fácil, más rápido, pero puede ser menos transparente. Como dice el artículo 71 de la LACAP, “la institución contrata directamente con una persona natura o jurídica sin seguir el procedimiento establecido en esta ley...”.

El Diario de Hoy pidió una entrevista con el director Nolasco Perla. Del área de comunicaciones se informó que iban a presentar las pruebas de descargo y, de momento, el director prefería no hablar.


Emergencia en entredicho
En el examen borrador de la Corte de Cuentas se destacan algunos hallazgos similares a los señalamientos del Consejo de Ministros cuando conoció los pormenores de la declaratoria.

LACAP Art. 73 Calificación urgencia
Con el conocimiento del Consejo de Ministros, el titular de la institución será el competente para emitir la declaración de urgencia debidamente razonada (...) La calificación de urgencia procederá ante una situación por la que se hace necesaria la adquisición o contratación de obras... cuya postergación o diferimiento impusiere un grave riesgos para el interés general. (...)

Regl. Art. 54 Contratación directa
La contratación directa por emergencia proveniente de guerra, calamidad pública o grave perturbación del orden procederá por la declaratoria de ésta, mediante decreto emitido por los órganos correspondientes Los procesos de adquisiciones que se hayan iniciado antes de una declaratoria continuarán rigiéndose por las estipulaciones legales que se iniciaron (...).

LACAP Art. 16 Plan de compras
Todas las instituciones deberán hacer su programación anual de adquisiciones y contrataciones de bienes (...) de acuerdo a su plan de trabajo y presupuesto institucional
Para ello se deberá tener en cuenta, por lo menos (aspectos) como la política anual de adquisiciones de la administración pública... las existencias en inventarios de bienes,...

No está apegada a la ley LACAP
Las razones por las cuales el Consejo Directivo avaló la declaratoria de emergencia no satisfacen a los auditores de la Corte de Cuentas, para quienes no entran dentro de lo que dice el Art. 73.

Una urgencia por no comprar a tiempo
La Corte de Cuentas indica que el ISSS adquirió insumos valiéndose de la emergencia, los cuales no habían entrado en un proceso de compra anterior. ¿Eran urgentes o se hicieron urgentes?

Tipos de compras
La LACAP establece formas de contratación según montos y la urgencia de la institución.

Licitación pública

El procedimiento favorece la competencia gracias a la invitación pública a empresas para que participen en brindar servicios u obras. Se aplica si el monto a contratar supera los 635 salarios mínimos urbanos.

Libre gestión

En este sistema, las entidades adquieren bienes o servicios comunes, que están en almacenes, fábricas y comercios. Es útil siempre y cuando el valor de la compra no supere 80 salarios mínimos urbanos.

Contratación directa

Aparece en el capítulo V, el último, de las formas de contratación; se utiliza para situaciones extraordinarias. Se contrata directamente con una empresa aunque se mantienen requisitos de competencia.

El proceso, paso a paso

La Corte tiene siete direcciones de auditoría; la #4 procesa temas del sector social.

Sindicato alerta
Los auditores analizan la información. En este caso, a raíz de una denuncia en el ente contralor por parte de Simetrisss en febrero.

Pendientes
En la investigación notifica a los funcionarios sobre las observaciones halladas por las notas llamadas Cartas de Gerencia.

Primer examen
Finalizado el examen e incluidas las explicaciones se emite un borrador. Se llama a los titulares e involucrados a una lectura.

Otra oportunidad
Los afectados pueden presentar más pruebas para desvanecer los señalamientos antes de redactar el examen final.

Posible juicio
El resultado de la auditoría es enviado a las partes, y a las Cámaras de Primera Instancia. Ahí se ve si hay alguna responsabilidad.


Nueve folios y $18 millones

n Aquel 14 de noviembre de 2005, la subdirectora de Salud, Marjory Fortín, fue la designada por la administración para presentar ante el Consejo Directivo la millonaria compra que pretendía, de una vez por todas, acabar con el desabastecimiento crónico de insumos. Entre las páginas 57 y 65 del acta 3079 se recogen diálogos y aclaraciones encaminados a convencer y, también, a terminar de fraguar esa idea de emergencia. Los integrantes del Consejo Directivo expresan sus inquietudes y la doctora Fortín responde; todo para que en la decisión final sean más de cinco manos las que se levanten.

En la votación, sólo tres de los diez consejeros votaron en contra: los dos representantes del sector patronal y el miembro del Colegio Médico. Curiosamente, los tres que insistieron, según las actas, en que se estableciese algún tipo de auditoría para garantizar que lo que se iba a comprar era lo que se necesitaba y en la cantidad precisa. Experiencias de derroche en el Seguro Social sobran, pero ese blindaje transparente para los $18 millones, previo a la compra, fue desechado por mayoría.

Incluso, sin querer, el Ing. Julio Ernesto Delgado, miembro de la patronal, se adelantó unos meses a lo que dijo el Consejo de Ministros en marzo. “El Ing. Delgado se refirió a la apreciación que tendrá el Consejo de Ministros, tomando en consideración que se ha convertido en urgencia algo que es parte de la labor diaria de las dependencias involucradas en llevar el control”, cita el acta del Seguro Social.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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