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Penalizan introducción de celulares en cárceles
Reformas.
La mayoría de las fracciones políticas dio con sus votos
para sancionar hasta con seis años de cárcel al que lleve
objetos ilegales a los penales. Se crearon otras penas.
Publicada 8 de septiembre de 2006 , El Diario
de Hoy
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| Desde adentro. Las requisas dentro de las penitenciarías
evidencian los presos tienen acceso a armas artesanales y celulares
desde donde ordenan crímenes. |
| Notas
relacionadas |
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Wilfredo Salamanca
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com
Por unanimidad, la Asamblea Legislativa aprobó ayer tipificar
como delito la introducción de objetos prohibidos en centros penitenciarios,
que será sancionado con prisión de tres a seis años.
Además, aumentó la pena por la activación de celulares
robados.
La creación del Artículo 338-B en el Código Penal
también sanciona hasta con ocho años de cárcel a
los funcionarios o empleados públicos que permitan o faciliten
el ingreso de objetos como celulares, tarjetas prepagadas, electrodomésticos
o sustancias no autorizadas en los presidios.
Aunque se unieron a la votación, los diputados del FMLN y el CD
fueron los únicos que cuestionaron el acuerdo, por considerar insuficientes
las medidas.
“El endurecimiento de las penas no es la solución. Hay que
enfrentar la sofisticación de la delincuencia, y discutir en serio
la tenencia de armas y consumo de bebidas alcohólicas”, expresó
el legislador farabundista Benito Lara.
La decisión del Congreso se vuelve necesaria a raíz del
hallazgo de cuatro celulares que reos mantenían en sus intestinos,
en el penal de Zacatecoluca, La Paz.
Más sanciones
Los diputados también determinaron como agravante especial de los
delitos de coacción y amenazas las acciones cometidas con arma
de cualquier tipo, contra dos o más personas, de forma anónima
y si el prejuicio recae sobre una víctima o testigo protegido por
las autoridades.
Para estos actos delictivos, los políticos definieron prisión
de tres a seis años, por lo que se convierte en un delito no excarcelable.
En la misma votación también se elevó la sanción
por la activación ilegal de teléfonos celulares u otros
aparatos de comunicación robados o provenientes de acciones ilícitas.
Para este hecho, el castigo es de cuatro a ocho años tras las rejas.
Otras modificaciones a la legislación penal incluyen la definición
de lesión, cuando la víctima incurra en incapacidad de cinco
a 20 días por lo daños recibidos.
Sin embargo, se trata de un ilícito excarcelable porque la sanción
establecida es de uno a tres años.
El presidente de la Comisión de Legislación del Congreso,
el arenero Guillermo Ávila Qüehl, adelantó que la próxima
semana comenzará la revisión del paquete de reformas al
Código Procesal Penal.

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