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Penalizan introducción de celulares en cárceles

Reformas. La mayoría de las fracciones políticas dio con sus votos para sancionar hasta con seis años de cárcel al que lleve objetos ilegales a los penales. Se crearon otras penas.


Publicada 8 de septiembre de 2006 , El Diario de Hoy

Desde adentro. Las requisas dentro de las penitenciarías evidencian los presos tienen acceso a armas artesanales y celulares desde donde ordenan crímenes.
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Wilfredo Salamanca
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com

Por unanimidad, la Asamblea Legislativa aprobó ayer tipificar como delito la introducción de objetos prohibidos en centros penitenciarios, que será sancionado con prisión de tres a seis años. Además, aumentó la pena por la activación de celulares robados.

La creación del Artículo 338-B en el Código Penal también sanciona hasta con ocho años de cárcel a los funcionarios o empleados públicos que permitan o faciliten el ingreso de objetos como celulares, tarjetas prepagadas, electrodomésticos o sustancias no autorizadas en los presidios.

Aunque se unieron a la votación, los diputados del FMLN y el CD fueron los únicos que cuestionaron el acuerdo, por considerar insuficientes las medidas.

“El endurecimiento de las penas no es la solución. Hay que enfrentar la sofisticación de la delincuencia, y discutir en serio la tenencia de armas y consumo de bebidas alcohólicas”, expresó el legislador farabundista Benito Lara.

La decisión del Congreso se vuelve necesaria a raíz del hallazgo de cuatro celulares que reos mantenían en sus intestinos, en el penal de Zacatecoluca, La Paz.
 
Más sanciones

Los diputados también determinaron como agravante especial de los delitos de coacción y amenazas las acciones cometidas con arma de cualquier tipo, contra dos o más personas, de forma anónima y si el prejuicio recae sobre una víctima o testigo protegido por las autoridades.

Para estos actos delictivos, los políticos definieron prisión de tres a seis años, por lo que se convierte en un delito no excarcelable.

En la misma votación también se elevó la sanción por la activación ilegal de teléfonos celulares u otros aparatos de comunicación robados o provenientes de acciones ilícitas. Para este hecho, el castigo es de cuatro a ocho años tras las rejas.

Otras modificaciones a la legislación penal incluyen la definición de lesión, cuando la víctima incurra en incapacidad de cinco a 20 días por lo daños recibidos.

Sin embargo, se trata de un ilícito excarcelable porque la sanción establecida es de uno a tres años.

El presidente de la Comisión de Legislación del Congreso, el arenero Guillermo Ávila Qüehl, adelantó que la próxima semana comenzará la revisión del paquete de reformas al Código Procesal Penal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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