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Emblemáticos
Fallos que cambiaron al país

Recuento. La Corte Suprema ha dictado resoluciones cruciales para la vida de los salvadoreños.
Algunos han sido en favor de nuevas leyes, otras en contra, pero lo cierto es que se trata del poder
más determinante


Publicada 7 de agosto de 2006 , El Diario de Hoy

Magistrados Victoria de Avilés, Agustín García, Néstor Castaneda, Mauricio Clará, Mauricio Velasco, Ulices Guzmán y Marcel Posada. Foto: EDH

Francisco Mejí a
El Diario de Hoy
nacional@elsalvador.com

El rumbo de la historia jurídica de El Salvador ha sido trazado, en los últimos diez años, por los fallos que ha dictado la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Algunos casos emblemáticos que causaron controversias entre la sociedad han sido deprimidos por la Corte, quien no sólo tutela los derechos y litigios de la población, sino que se ha convertido en el árbitro de las decisiones de los poderes Legislativo y Ejecutivo.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Agustín García Calderón, preside la Sala, misma que considera “columna vertebral del Estado de Derecho”.

Batalla legal por el TLC
El Tratado de Libre Comercio entre el país con Estados Unidos llegó hasta la Corte
- El 16 de noviembre de 2005 los magistrados rechazaron una demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del tratado.
- En marzo de 2006 el jefe de la fracción legislativa del FMLN, Salvador Sánchez Cerén, presentó un recurso de amparo ante la Corte.
-El argumento de los efemelenistas era que con el tratado se violaba la soberanía nacional por las disposiciones que tendría que adoptar el país.
- Sostenían que así como había sido negociado el tratado se modificaban los límites del territorio nacional, explicaba que solo se reconocían 12 millas náuticas mar adentro cuando la Constitución establece 200.

La Corte ha podido, en esa medida, confirmar la constitucionalidad de medidas tan cruciales como la dolarización, pero también rechazar leyes como la que respaldaba la lucha contra las maras.

Haciendo un recuento, en agosto de 2001 la Sala de lo Constitucional falló en contra del recurso de inconstitucionalidad presentado por diputados del FMLN, a raíz de la instalación de una base aérea anexa al Aeropuerto El Salvador en Comalapa, denominada centro de monitoreo contra el narcotráfico en la región.

El partido de izquierda argumentaban que se violentaba la soberanía del Estado ya que el Gobierno suscribió un acuerdo con Estados Unidos para el funcionamiento del centro que es operado por especialistas estadounidenses.

No obstante, la Corte rechazó ese argumento ya que en ningún momento el Estado salvadoreño le había otorgado jurisdicción al gobierno de Estados Unidos, y por el contrario, lo que se daba era un apoyo a las labores para combatir la narcoactividad empleando, incluso, aeronaves que no son consideradas de guerra.

Tres meses después, en noviembre de 2001, una sentencia de los magistrados de la CSJ, capta la atención del país al dar un revés a grupos que no estaban de acuerdo con la Ley de Integración Monetaria, que propició la “dolarización”.

El dólar tenía 10 meses de ser la moneda con la que los salvadoreños realizaban todo tipo
de transacción.

Nuevamente diputados de la bancada del FMLN alzaron la voz y se quejaron porque la ley “no había sido lo suficientemente discutida” en la comisión respectiva tampoco en el pleno antes de ser aprobada.

En su momento, los legisladores de oposición explicaban acerca de los trastornos que significaría contar con una economía bimonetaria en el país, además que el Estado perdería el poder de emisión de especies monetarias.

Justificaban, asimismo, que se perdería el ritmo de actividad económica y la estabilidad de los precios y que se violaba el espíritu del inciso 1 del Artículo 111 de la Constitución, pues supuestamente el Estado perdería la potestad de orientar la política monetaria.

En la demanda se solicitaba declarar inconstitucional la ley y que tras ser admitido el reclamo por la Corte, se suspendiera la entrada en vigencia y aplicación de la misma. La demanda fue admitida, pero no se suspendió el decreto.

Luego de un extenso análisis de la ley, la Sala de lo Constitucional declaró en su sentencia que no existía tal violación a la Carta Magna, con lo cual la dolarización continuaría su curso.
Mareros

En abril de 2004 la CSJ falló que era inconstitucional la Ley Antimaras, que sustentaba el plan que el entonces Presidente Francisco Flores lanzó en julio de 2003 para combatir a las pandillas.

Algunos jueces se negaban a aplicar las disposiciones que dictaba la nueva ley, a pesar de los constantes llamados del Presidente.

No obstante a pesar de la resolución dictada por la Corte, el fallo no tuvo mayor
trascendencia ya que la Ley Antimaras había sido diseñada para ejecutarse en un periodo de seis meses.

La decisión del máximo tribunal se conoció una semana antes que expirara el tiempo para el cual había sido aprobada. Aún así, constituyó un precedente para leyes similares.

El 17 de diciembre de 2004, la Corte se pronunció en favor de dos amparos presentados por representantes de el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y el Partido de Conciliación Nacional (PCN) que estaban condenados a desaparecer por no obtener suficientes votos en las elecciones.

La Sala de lo Constitucional consideró el Tribunal Supremo Electoral no fundamentó su decisión, lo cual evitó la muerte de esas organizaciones políticas.

 

Resoluciones de la Corte son acatadas a nivel nacional

El magistrado de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, Néstor Castaneda, sostiene que nadie puede negarse a acatar las decisiones de esa instancia.

Explicó que hasta hace poco los jueces podían por sí mismos no aplicar una ley si consideraban que era inconstitucional, pero sólo en casos específicos.

Las decisiones de la Corte, sin embargo, son generales y obligatorias.
Incluso una nueva disposición legal manda que cuando un juez no quiera aplicar una ley, la Corte tenga la última palabra.

Es así como muchas de las resoluciones de la Sala han marcado agenda nacional. Uno de los casos que cambió la vida política de la nación fue el desaparecimiento de la Plancha Nacional en la Asamblea Legislativa.

“Decían que era ilegal porque tenía que ser un representativo de cada municipio, todos los partidos participaban en la Plancha y no en los departamentos, pero con la resolución de la Sala se ordenó esa parte electoral y los diputados de los partidos tuvieron que aceptar que ya no podían ir en Plancha y los obligó a que cada grupo de diputados representara uno de los catorce departamentos de El Salvador”, explicó el magistrado.

Esta Sala falló el 17 de diciembre de 2004 que el tres por ciento para la vida de los partidos era inconstitucional porque de aplicarse a un partido en elecciones de diputados y alcaldes y después se le aplica a un partido en elecciones presidenciales no es proporcional con respecto a la población de votantes.

En el primer caso puede representar 100 mil votos, pero el tres por ciento en la presidencial puede ser 200 mil votos. “Entonces no hay igualdad, el tribunal le está quitando vida a un partido por 100 mil votos y a otro por 200 mil, entonces violaba el principio de igualdad. Esa es la trascendencia de la Sala”, añadió.

Mediador
El tribunal juega un papel de arbitraje cuando se producen controversias entre el Legislativo y el Ejecutivo.

La Corte tiene la última palabra en las controversias entre el Ejecutivo y Legislativo e incluso preeminencia sobre decisiones del Tribunal Supremo Electoral.

No son menos importantes las decisiones de las demás salas, como la de lo Penal, que recientemente reprendió a algunos jueces por carear a los testigos con los acusados de delitos. La excusa de los funcionarios fue que tenían que garantizar los derechos de los imputados.

“La Sala de lo Constitucional es la defensora de la Constitución de la República. Las resoluciones se acatan a nivel nacional”
Néstor Castaneda
Magistrado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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