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Conversando sobre política
Acerca de jueces, fiscales y policías

Las recientes resoluciones de la Sala de los Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, son un indicativo de una verdadera colaboración entre órganos de Estado.

Publicada 21 de junio de 2006, El Diario de Hoy

Luis Mario Rodríguez R.*
El Diario de Hoy

editorial@ elsalvador.com

Estoy absolutamente convencido de que el combate a la delincuencia no se gana buscando culpables; resulta que los únicos culpables, si es que queremos identificarlos, son los propios delincuentes que amedrentan a los ciudadanos con sus actos fuera de la ley, aprovechando las acusaciones mutuas que fiscales, jueces y policías, se hacen entre sí.


Ya lo he dicho en esta columna: si algo nos permitió reducir el secuestro a índices prácticamente nulos, fue la inteligencia de los fiscales al conducir de manera eficiente la investigación del delito; el coraje y heroísmo de los policías al acatar la directriz del fiscal, que en varias ocasiones se orientaba a operativos de choque en los que se tenían que enfrentar secuestradores y agentes, cara a cara, procurando lo segundos proteger la vida de la víctima, y un último factor, la pronta, correcta, responsable y sobre todo, valiente aplicación de la ley por parte de jueces y magistrados, quienes en el cumplimiento de su deber y arriesgando su seguridad personal y la de los suyos, decretaban la detención provisional de los secuestradores, tramitaban una eficiente instrucción, elevaban a plenario, en juicios verdaderamente públicos, pues la prensa desarrolló una función contralora de primer orden, culminando la mayoría de los procesos con condenas que aún muchos siguen purgando.

Es de justicia también reconocer el papel de la empresa privada, patrocinando abogados para reforzar la acusación particular y el de las víctimas, que sin pensarlo dos veces, acudían al proceso penal para declarar en contra de sus victimarios.

Es cierto que se debe combatir y con todo el rigor de la ley a los funcionarios corruptos, negligentes e incompetentes. Pero eso es la excepción y a esa regla se le debe aplicar rápidamente una solución, destituyéndolos si es necesario y procesándolos si su conducta ha sobrepasado los límites del ordenamiento jurídico.

En otros casos, más que corrupción, lo que puede existir es el desánimo, el desincentivo, la falta de recursos que les permitan operar eficientemente, o lo que es peor, las limitantes legales que constituyendo el desarrollo de preceptos constitucionales, les impiden aplicar la ley de la manera que la sociedad lo necesita, sobre todo cuando se trata de combatir al crimen organizado.

Pero la buena noticia es que es más fácil corregir a un desmotivado y modificar la ley para adecuarla a la realidad social, que enderezar a un corrupto que ha caído en manos de las mafias y que colabora dolosamente para que la investigación del delito y la administración de la justicia no funcionen.

Es a lo primero a donde debemos orientar nuestros esfuerzos: a motivar al policía, al fiscal y al juez para que desempeñen eficientemente su labor; ha protegerlos porque su tarea no es fácil y a brindarles las herramientas legales que como en el caso de los secuestros, les permitan investigar, capturar y procesar, es cierto, sin violentar el debido proceso, pero teniendo en cuenta los sagrados derechos de las víctimas.

Las recientes resoluciones de la Sala de los Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, son un indicativo de una verdadera colaboración entre órganos de Estado. Declarar constitucional la potestad que tiene el Fiscal General para requerir ya sea un sobreseimiento o un criterio de oportunidad, aunque el juez haya solicitado lo contrario; el confirmar que los testigos y las víctimas pueden proteger su identidad frente a los delincuentes, que están siendo procesados cuando rindan su declaración en el tribunal correspondiente, sin que ello signifique una violación a las garantías establecidas en el artículo 11 de la Constitución; así como confirmar que no se viola ningún precepto constitucional con la existencia de un presidio de máxima seguridad en el que las medidas de internamiento son más rigurosas que en un centro penal ordinario, no deberían ser vistos como afrentas del máximo tribunal de justicia hacia la independencia de los jueces, sino por el contrario, constituyen una orientación legal que permitirá a éstos y a los magistrados de Cámara, conocer el criterio de la Sala y fallar con la seguridad que no se está infringiendo disposición constitucional alguna.

Es sorprendente que enarbolando la protección a los derechos humanos, algunos continúen sosteniendo que el debido proceso está sobre los derechos de las víctimas; no se trata de regresar a un proceso inquisitivo donde prácticamente estábamos condenados antes de iniciar el proceso, pero sí de adecuar nuestra legislación a una realidad a todas luces preocupante. La discusión sobre el excesivo garantismo de nuestra actual legislación penal está suficientemente desarrollada; toca hoy modificar lo urgente y para el mediano plazo reestructurar nuestro proceso penal, adecuándolo a una realidad donde la violación y la represión a los derechos fundamentales por parte del Estado es prácticamente nula.

Siempre lo he sostenido: el problema delincuencial y del crimen organizado no debe estar sólo sobre las espaldas del Ejecutivo; la fiscalía, los jueces, la empresa privada y los ciudadanos son también parte importante de esta cruzada. Dejemos de ser cómplices de los malhechores y transformémonos en protagonistas de la solución del problema.

*Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia de la República.

 

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